
SUCESIONES CABA Y PROV. BS. AS..
Sucesiones en Capital Federal y Provincia de Buenos Aires. Declaratoria de Herederos. Planificación patrimonial sucesoria.
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Partición judicial de herencia. Acuerdos de partición y adjudicación entre herederos. Pactos de indivisión. Atribución preferencial. Oposiciones.
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Contratos inmobiliarios. Boletos de compraventa. Juicios de escrituración. Usucapión. Acción de reivindicación. Fideicomiso inmobiliario.
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Casi todo el mundo conoce un caso o ha escuchado de alguien que “vivió toda la vida en una casa, y la terminó poniendo a su nombre”. Eso se llama prescripción adquisitiva o usucapión; y de eso trata este artículo.
La USUCAPIÓN (del Derecho Romano “usu capere”: tomar por el uso) o prescripción adquisitiva de derechos, es un instituto jurídico que hace referencia al modo de adquirir el derecho de propiedad de un bien por el transcurso del tiempo. Así lo define el art. 1897 de nuestro Código Civil y Comercial: “La prescripción para adquirir es el modo por el cual el poseedor de una cosa adquiere un derecho real sobre ella, mediante la posesión durante el tiempo fijado por ley”. Leer más
La curatela es una institución jurídica del Derecho Civil que tiene por finalidad la protección y representación de personas que, por razones de salud mental, discapacidad, u otras causas excepcionales, no pueden ejercer por sí mismas ciertos actos de la vida civil.
En nuestro país este instituto ha experimentado transformaciones relevantes a partir de la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación en el año 2015, que adoptó un enfoque basado en los derechos humanos, la autonomía progresiva y el respeto a la dignidad de las personas con discapacidad.
La regulación actual de la curatela se encuentra principalmente en el Libro Primero, Título I, Capítulo 2 del Código Civil y Comercial de la Nación, en cuya Sección tercera se desarrolla el régimen de las restricciones a la capacidad. Este régimen reemplazó a la antigua distinción entre “incapacidad absoluta” y “relativa”, proponiendo un enfoque caso por caso en el que la restricción debe ser proporcional, motivada, y revisable. Leer más
Como sabrán si nos leen asiduamente, cuando una persona hereda bienes, para poder disponer de ellos es preciso en primer lugar que realicen el proceso sucesorio correspondiente, que es el proceso judicial de orden público por el cual se identifican a los herederos, se corrobora la existencia de testamentos y eventualmente se instituye a los legatarios o herederos testamentarios, se determina el contenido de la herencia, se cobran los créditos del causante, se cancelan los pasivos y oportunamente se adjudican los bienes.
Dicho proceso sucesorio conduce naturalmente a que se ordene judicialmente la inscripción de la declaratoria de herederos en los Registros de Propiedad correspondientes; o dicho de otra manera, conduce a la inscripción de los bienes a nombre de los herederos y en las proporciones que hubieran recibido. Pero en realidad, una vez declarados los herederos, denunciados los bienes que componen el Leer más
INTRODUCCIÓN
Los contratos son una herramienta esencial en el entramado jurídico y económico de cualquier sociedad. En Argentina, el régimen contractual se encuentra regulado principalmente por el Código Civil y Comercial de la Nación (CCC) que sostiene principios generales que modernizan la interpretación de los acuerdos privados, buscando un equilibrio entre la autonomía de la voluntad de las partes y el interés general.
El presente artículo tiene por objeto analizar el régimen de los contratos en el derecho argentino, sus características generales, los principios rectores, las distintas tipologías contractuales y ciertos aspectos prácticos que deben tenerse en cuenta al momento de redactar, ejecutar y eventualmente resolver un contrato. Leer más