AREAS DE PRÁCTICA

 

En nuestro blog encontrarán infinidad de artículos de nuestra autoría con análisis doctrinarios, jurisprudencia, interpretaciones legales e información gratuita sobre las distintas temáticas referidas a nuestras áreas de trabajo.

 

Cumplimos 20 años con sede en Ramos Mejía. Las referencias y opiniones de nuestros clientes, así como de toda la comunidad que comenta en nuestro blog gratuito, dan muestra de nuestro profesionalismo y compromiso.

 


 

Actualmente, nos enfocamos prioritariamente en las siguientes áreas de trabajo:

 

DERECHO SUCESORIO.

Sucesiones en Capital Federal y Provincia de Buenos Aires. Declaratoria de Herederos. Acuerdos hereditarios. Particiones de herencia. Planificación patrimonial hereditaria.


 

SUCESIONES INTERNACIONALES.

Son aquellas sucesiones que contengan algún componente internacional como herederos residentes en el exterior, causantes con último domicilio en el extranjero pero con bienes inmuebles en Argentina, sucesiones tramitadas en el extranjero que requieran declaratoria de herederos que deba ser dictada en Argentina, para luego ser apostillada en su caso y presentada en procesos tramitados en el extranjero. Estas sucesiones requieren conocimiento de Derecho Internacional Privado y ciertos convenios internacionales, así como las normas de Derecho Internacional de fuente interna.


 

DERECHOS REALES.

Los derechos reales son aquellos que regulan la relación que las personas tienen o pueden llegar a tener con las cosas. La enumeración de derechos reales en Argentina es taxativa y la encontramos en el art. 1887 del Código Civil y Comercial:

  • ARTICULO 1887.- Enumeración. Son derechos reales en este Código:
    a) el dominio;
    b) el condominio;
    c) la propiedad horizontal;
    d) los conjuntos inmobiliarios;
    e) el tiempo compartido;
    f) el cementerio privado;
    g) la superficie;
    h) el usufructo;
    i) el uso;
    j) la habitación;
    k) la servidumbre;
    l) la hipoteca;
    m) la anticresis;
    n) la prenda.

Dentro del ámbito de los derechos reales, se incluya las acciones derivadas en defensa de los mismos, así como las acciones judiciales tendientes a la defensa de la posesión o la tenencia, en tanto relaciones reales.


 

DERECHO INMOBILIARIO.

Vinculado intrínsecamente con el derecho real de dominio, con la posesión y tenencia, en la práctica corresponde su diferenciación en virtud de que esta área involucra derechos y obligaciones personales, contratos tales como boletos de compraventa, contratos de alquiler, desalojos, juicios de escrituración, mutuos, permutas, fideicomisos, etc, en el mundo de la comercialización de bienes raíces.  


 

AMPAROS DE SALUD.

La protección del derecho a la salud consagrado y amparado por la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales con jerarquía constitucional, mediante la acción de amparo instituida constitucionalmente y la ley 16896 a nivel nacional y la ley 13928 en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.

 

«Artículo 43.- Toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley. En el caso, el juez podrá declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se funde el acto u omisión lesiva.»

 


 

En Estudio M&Z encontrará abogados en zona oeste y en Capital Federal que estarán siempre presentes, ofreciéndole soluciones inteligentes para sus necesidades.

Honestidad, transparencia y profesionalismo son nuestros principales valores y pregonamos un trato humano de excelencia. Creamos con nuestros clientes buenas relaciones personales basadas en la confianza, la transparencia y el respeto.

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