SUCESIONES.
Sucesiones en Capital Federal y Provincia de Buenos Aires.
Declaratoria de Herederos.
Partición de Herencia. Acuerdos entre herederos. Sucesiones internacionales con herederos en el extranjero.
PRESUPUESTO SIN CARGO.
Tel.: (54 11) 4735-3146. Mail: mzjuridico1@gmail. com / estudiomz@moretti-zanini.com.ar// Rosales 138-PA "6" - Ramos Mejía.
Sucesiones en Capital Federal y Provincia de Buenos Aires.
Declaratoria de Herederos.
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Recursos de Amparo contra Obras Sociales y Empresas de Medicina Prepaga.
FERTILIDAD DISCAPACIDAD MEDICAMENTOS ENFERMEDADES POCO FRECUENTES.
Constitución de sociedades, fundaciones y asociaciones. Asesoramiento integral:
- Tratamiento Legal y Societario.
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ABONOS INTEGRALES O DIFERENCIADOS.
Redacción y revisión contractual.
Estatutos. Contratos comerciales. Contratos laborales. Contratos de obra. Contratos digitales. Contratos EA. Términos y condiciones.
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Una vez más, en causa impulsada por nuestro estudio, la Cámara Civil y Comercial Federal, Sala II, ha confirmado el criterio que venimos sosteniendo en consonancia plena con el criterio afirmado de Corte respecto a la cantidad de tratamientos de fertilidad de alta complejidad que deben brindar con cobertura integral las obras sociales y empresas de medicina prepaga.
En efecto, ya no queda ninguna duda en los tribunales que el límite de tres tratamientos contemplado en la norma es un límite anual y que superados los doce meses dicho limite prestacional se renueva y por ende también la obligación de brindar la cobertura de hasta tres nuevos tratamientos de alta complejidad con separación de tres meses entre cada uno de ellos. Siempre, por supuesto, contando con la orden medica correspondiente y en los centros de fertilidad ofrecidos por la entidad en su cartilla para el plan que tenga la afiliada. Pero el reconocimiento de ello se logra a través del órgano jurisdiccional encargado de velar por el cumplimiento y correcta interpretación de toda norma; es decir mediante un Recurso de Amparo interpuesto ante la Justicia. Leer más
FALLO – DEPARTAMENTO JUDICIAL DE SAN MARTIN
En esta ocasión fue el Tribunal de Faltas de San Martin en la causa “M.M.E. c/Medifé” el que consideró que aun encontrándose vigente el DNU 70/23, en los términos de la Ley 24.240 es abusivo el aumento del 85% de la cuota de medicina prepaga.
El tribunal indicó que el hecho de que el DNU 70/2023 haya suprimido la exigencia de la autorización previa del Ministerio de Salud de la Nación en los aumentos en el valor de las cuotas de medicina prepaga, ello no implica que los aumentos en el valor de las cuotas no puedan ser controlados por la autoridad de aplicación de la ley 24.240 y, eventualmente, ser declarados abusivos ordenándose su cese con fundamento en dicho bloque normativo el principio protectorio constitucional del consumidor.
Explayándose sobre los alcances de la normativa consumeril y la naturaleza de los contratos de medicina prepaga, destaca que la naturaleza misma de dichos contratos trae aparejado un alea que hace que no resulte razonable ni admisible que las empresas de medicina prepaga trasladen en forma inmediata todas las supuestas variaciones a los usuarios cual si fueran meros intermediarios que le trasladan el riesgo empresario al usuario. Leer más
Es el proceso judicial en el cual se identifica a los herederos del causante, se determina el contenido de la herencia, se cobran los créditos del causante (la persona fallecida), se pagan las deudas y se entregan los bienes. También dentro de la sucesión se analiza si existe algún testamento que haya dejado el causante y si es válido.
La sucesión se debe iniciar en el departamento judicial correspondiente a la localidad del último domicilio del causante.
En el caso de causantes con último domicilio en el extranjero, el proceso se iniciará en Argentina únicamente si hubiese bienes inmuebles en Argentina a nombre del causante, y únicamente respecto a dichos bienes. Leer más
A continuación enumeramos algunos de los trámites y gestiones que deben realizarse, en este caso, ante la dirección Provincia de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires, para aquellas radicadas en esa jurisdicción. Similares para la IGJ.
Los mismos representan la información publica que debe asentarse en los Registro Públicos y que reflejan los acontecimientos de mayor trascendencia en la vida de una Persona Jurídica, brindando transparencia a las relaciones institucionales, mercantiles y de consumo.
A fin de evitar sanciones y multas, es menester tener correctamente registradas las inscripciones necesarias, y evitar mayores perjuicios ante hechos y actos jurídicos de relevancia. Leer más