PARTICION DE HERENCIA.
Un heredero se quedo viviendo en la casa y no quiere vender.
Uno de los momentos más difíciles del proceso sucesorio suele ser cuando llegado el momento de dividir el patrimonio relicto es decir los bienes que dejo el causante, no hay acuerdo en la forma de repartir valores y demás entre los herederos.
Es allí cuando generalmente se “estanca” el proceso y se pasa a una PARALIZACION de la causa, paralización que suele disfrazarse de “estamos negociando”, “estamos esperando respuesta” …
Y si a la falta del “buen” dialogo entre herederos y/o pequeñas diferencias sobrevinientes, se le suma el hecho factico y concreto en que uno de los herederos ocupa de forma exclusiva uno, todos u el único bien inmueble que forma parte de la sucesión, allí la dificultad suele ser mayor y de difícil solución si no se actúa en concreto y con todas las herramientas procesales. Ello es así pues es complejo “despojar” o “movilizar” a quien está en la comodidad de lo que podría ser su hogar y/o tomando beneficios. Es allí donde si no se insta la causa, podrá quedar allí indefinidamente.
Ante ello y partiendo que una de las partes tiene la voluntad de finalizar con la comunidad hereditaria y que se reparta a cada uno lo que le corresponda hay que ACTUAR. Y a simple mención para ello se deberá instar la causa judicial sucesoria de corresponder se siga allí, se podrá iniciar el proceso judicial de partición judicial de herencia, se podrá iniciar los pasos procesales para el reclamo judicial del canon locativo proporcional, se podrá pedir rendición de cuentas, entre otras que pudieran corresponder. Pero no hacer nada con el justificativo que se le ponga, lo que hace es paralizar el proceso, y así se llega a NUNCA resolver, o tardar 10, 20 años en poner fin a lo que se inició con la sucesión.
Y aquí (por una vez) no podemos poner como culpable al poder judicial, pues suele ser la propia INDEFINICIÓN de los herederos o interesados la que paraliza el proceso. Y también lo suele ser la falta de pericia de algún que otro profesional…
Como expresara hay herramientas legales para actuar. Si no hay acuerdo entre todos los herederos en la forma y por el acto en que debe hacerse la partición, entonces esta deberá ser judicial; y en ello luego se podrá concretar la venta de los bienes en subasta pública o privada y así luego distribuir el producido de la venta entre los herederos, es decir lograr el tan ansiado “dar a cada uno lo suyo”, su parte proporcional correspondiente.
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