¿PUEDO MANTENER MI OBRA SOCIAL CUANDO ME JUBILO?

¿PUEDO MANTENER MI OBRA SOCIAL CUANDO ME JUBILO?

no es obligatorio pasarse a pamiAnte esta pregunta tan habitual como directa, vamos a adelantar la respuesta de forma clara y contundente: SÍ, cuando nos jubilamos podemos continuar con nuestra Obra Social o prepaga, mantener nuestro plan de cobertura igual y derivar nuestros aportes, y de ninguna manera es obligatorio pasarnos a PAMI.

En este artículo vamos a explicar bien el tema, la problemática, los principales engaños y mentiras, los errores que podemos cometer, y qué acciones tenemos los afiliados para defender nuestros derechos.

Más allá de la opción que podemos hacer al momento de jubilarnos, que es lo que vamos a explicar en este artículo, debemos aclarar que todo jubilado o pensionado, como todos, tiene el derecho y a la vez la limitación de  cambiar hasta una vez por año de Obra Social.

La adhesión al PAMI siempre debe ser voluntaria, elegido por la persona y no algo compulsivo; el artículo 16 de la ley 19.032 (que creó a PAMI), de ninguna manera obliga a que te transfieran a PAMI sin tu expresa voluntad.PAMI

Y las leyes 23.660 y 23.661 consagran la libre elección de obra social, y no debe ni puede operar la desafiliación automática de tu obra social o prepaga.

Por lo tanto, la persona que se jubila tiene el derecho de conservar su obra social si desea (la que tiene al momento de jubilarse). Esto aplica tanto para trabajadores en relación de dependencia como para monotributistas.

El problema real y la vulneración de derechos se da para quienes poseen alguna cobertura de prepaga o alguna obra social sindical por su actividad, y al momento de tramitar su jubilación no le explican las cosas, los derechos que tiene y los procedimientos correctos a seguir. Y termina accediendo “voluntariamente” a su adhesión a PAMI.

¿Por qué? Lamentablemente porque a ninguna prepaga u obra social le es beneficioso tener en sus filas a jubilados, mayores adultos, lo mismo que embarazadas, recién nacidos, etc. Por lo tanto, “casualmente” es en estos casos cuando los agentes de salud suelen “brindar mala información” (lease: mentiras), “encontrar preexistencias por las que tienen que rescindir el contrato”, etc, etc.

¿QUE PASA SI NO HACEMOS NADA?

La obra social se asigna cuando se otorga la jubilación o pensión. Cuando iniciamos el trámite  tenemos que presentar el Formulario Derivación de Aportes de Obra Social firmado por nuestro empleador, y ANSES, de acuerdo a la obra social que pongamos en el formulario, nos asignará por defecto, un código de obra social para nuestra prestación previsional:

  • Si nuestra obra social era provincial o de la Ciudad de Buenos Aires, al momento de jubilarnos, corresponderá la misma.
  • Si hubiese sido DIBA, Di.B.P.F.A., IOSE, O.S.Le.R.A, O.S.Mi.S.S o o Unión Personal podés continuar con ellas u optar por PAMI al momento del inicio del trámite.

SI NUESTRA OBRA SOCIAL NO ES NINGUNA DE LAS MENCIONADAS, SE NOS VA A ASIGNAR PAMI. Y luego, nosotros debemos pedir un turno en PAMI para realizar la afiliación presentando lo que nos da ANSES.

Eso es lo que habitualmente ocurre si no actuamos, y si no conocernos nuestros derechos. Y es algo más normal de lo que parece, pues con todo lo que suele significar jubilarnos de nuestro trabajo, no siempre tenemos en mente el tema de la obra social, ni estamos pendientes de lo que haya que hacer. Muchas personas piensan que es obligatorio tener PAMI cuando se jubilan, muchos otros piensan que no tienen que hacer nada y que seguirán teniendo su prepaga aunque les salga la jubilación “porque ellos siguen pagando la cuota todos los meses”. En fin, por eso este artículo, para que conozcamos nuestros derechos y qué hacer.

MENTIRAS HABITUALES:

Y para colmo, a muchos de lo que sí consultan con su obra social o prepaga, les dicen que no es posible (por diferentes excusas): que no aceptan jubilados, que es obligatorio pasarse a PAMI, que no aceptan monotributistas, que hay que estar afiliado el sindicato, que hay que tener determinada antigüedad, que tienen que cobrarle una cuota impagable, etc. Como queda dicho, todas estas son mentiras para lograr que aceptemos la afiliación a PAMI.

abogados sucesiones amparos¿QUE HACER ENTONCES?

Ya vimos más arriba que, si no hacemos nada, al momento en que nos sale la jubilación automáticamente se inicia el trámite para pasarnos a PAMI. Y también vimos que, por una cuestión de conveniencia de negocio, las obras sociales y prepagas intentan todo tipo de maniobras y argumentos para que terminemos afiliados a PAMI. Y una vez que aceptamos la afiliación a PAMI, ya no es posible ninguna acción.

Por eso es de vital importancia que si queremos mantener nuestra obra social o prepaga al jubilarnos, le manifestemos de manera fehaciente a nuestra obra social o prepaga actual nuestra intención de continuar con nuestro plan, para iniciar las gestiones necesarias para la continuidad. Esto debemos hacerlo preferentemente, para ser prolijos y evitar cualquier contratiempo, ANTES DE INICIAR LOS TRÁMITES JUBILATORIOS O SIMULTÁNEAMENTE CON ELLOS.

Necesariamente debe estar hecho antes de que se cierre el tramite jubilatorio; una vez que sale la jubilación y si no manifestamos nada, nos pasarán automáticamente a PAMI, y tendremos que mantenerla como mínimo un año, porque podemos cambiar de obra social sólo una vez por año. Y al año, cuando queramos cambiarnos, tendremos que hacerlo a alguna del listado de obras sociales que aceptan jubilados y que brindan prestaciones muy básicas.

Por eso, fundamental: cuando nos estamos por jubilar y por empezar el trámite, notificar de forma fehaciente a nuestra obra social o prepaga nuestra voluntad de continuar.

En caso de que le nieguen sus derechos, póngase en contacto con su abogado de confianza especializado en amparos de salud, para iniciar el reclamo judicial correspondiente y poder conservar su cobertura medica.

Podes enviarnos tu consulta AQUÍ o dejarla en la caja de comentarios.

NO SE DEJE ENGAÑAR. CUANDO SE JUBILE, PUEDE MANTENER SU OBRA SOCIAL O PREPAGA.

Un saludo cordial a toda la comunidad.

LOS UNICOS QUE SABEN DE DERECHO SON LOS ABOGADOS

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