SUCESIONES: MODALIDAD «SIN GASTOS PREVIOS»

GASTOS Y HONORARIOS EN UNA SUCESION. La modalidad «ABONA AL VENDER».

En el ámbito del trabajo del abogado en el campo sucesorio una de las modalidades que se suele utilizar a la hora de pactar honorarios y gastos es la llamada forma de abona al vender. La misma entendemos perfectamente legal y valida en el giro de la actividad profesional.

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Expliquemos de que se trata: Consiste en pactar honorarios y gastos con el letrado, generalmente en un porcentual,  previo al inicio del proceso sucesorio, difiriendo los mismos para ser cancelados al momento de la venta del/los bienes que integran el acervo hereditario.

Vemos  la misma como una forma de facilitar y simplificar la puesta en marcha del proceso con el objetivo de regularizar la situación de herederos y bienes.

Sucede que con frecuencia muchas veces quienes deben iniciar una sucesión no lo hacen por cuestiones de costos, por dificultad de afrontar en ese momento en particular los gastos de inicio y tramitación y/o por que ven con recelo o les genera incertidumbre e inseguridad no tener de antemano un panorama exacto de gastos y honorarios. Leer más