¿QUE ES LA DECLARATORIA DE HEREDEROS?

¿QUE ES LA DECLARATORIA DE HEREDEROS?

Que es la declaratoria de herederosQuienes hayan tenido que hacer alguna sucesión o todavía tengan que hacer alguna, reconocerán la expresión Declaratoria de Herederos. ¿Por qué? ¿Qué es y por qué es tan importante?

Digamos básicamente que la Declaratoria de Herederos es la resolución judicial en virtud de la cual se le reconoce a las personas que se hayan presentado en el juicio sucesorio y acreditado su vínculo con el causante, SU CARÁCTER DE HEREDEROS UNIVERSALES.

INVESTIDURA DE LA CALIDAD DE HEREDERO.

Algo importante a destacar es que si las personas que están heredando son ascendientes, descendientes o cónyuge del causante quedan investidos de su calidad de herederos desde el día de la muerte del causante, sin ninguna formalidad o intervención de los jueces, aunque ignore la apertura de la sucesión y su llamamiento a la herencia. O sea, pueden ejercer todas las acciones transmisibles que correspondían al causante, sin necesidad de ser declarados herederos.

SIN EMBARGO, y esto es importante, A LOS FINES DE LA TRANSFERENCIA DE LOS BIENES REGISTRABLES, SU INVESTIDURA DEBE SER RECONOCIDA MEDIANTE LA DECLARATORIA JUDICIAL DE HEREDEROS. En definitiva, para los actos jurídicos más importantes del patrimonio del causante, se requiere de la Declaratoria de Herederos.

Si en cambio, los que heredan son parientes colaterales CORRESPONDE EXCLUSIVAMENTE AL JUEZ DEL JUICIO SUCESORIO INVESTIR A LOS HEREDEROS DE SU CARÁCTER DE TALES, previa justificación del fallecimiento del causante y del título hereditario invocado. (Art. 2378 CCyC).


Por último, en las sucesiones testamentarias, LA INVESTIDURA RESULTA DE LA DECLARACIÓN DE VALIDEZ FORMAL DEL TESTAMENTO, excepto para los herederos legitimarios (cónyuge, descendientes o ascendientes)

¿QUÉ EFECTOS TIENE LA DECLARATORIA DE HEREDEROS?

La declaratoria de herederos otorga con su mero dictado la posesión judicial de la herencia y permite llevar adelante todas las acciones judiciales que resulten necesarias, ante otros organismos o entidades en las que se requiera comprobar el carácter de continuadores del causante por parte de los herederos.

Se suele decir con razón que la Declaratoria de Herederos es la parte más importante del proceso sucesorio, pues ¿Qué otra cosa es dicho proceso sino el determinar quién y cómo va a continuar con el patrimonio del causante?

Para dictar la Declaratoria de Herederos, el juez constatará el vínculo invocado, y ordenará en el proceso una serie de medidas tendientes a convocar a posibles herederos, a averiguar si existen testamentos registrados por el causante, entre otras cosas.

Estimando situaciones “normales” y dependiendo siempre de los tiempos de cada juzgado y de las fiscalías intervinientes, se puede estimar que en un plazo aproximado de entre 3 y 4 meses se obtiene la declaratoria de herederos. Entiéndase como situaciones normales, que los herederos concurran con el mismo abogado, o con distinto abogado pero se presentan al mismo tiempo, que cuenten con la documentación necesaria para acreditar su vinculo, etc. Por supuesto, la situación cambia si se presenta un heredero que manifiesta que existe otro coheredero cuyo paradero desconoce, ya que evidentemente en ese supuesto, las acciones tendientes a localizar al otro heredero demorarán el dictado de la Declaratoria.

Obtener la Declaratoria de Herederos es fundamental y no es recomendable dejar pasar mucho tiempo, ya que la acumulación de causantes puede por supuesto complicar y demorar luego el dictado de la misma.

Puede enviarnos su consulta AQUÍ o solicitar un presupuesto AQUÍ.

Como siempre, quedamos a disposición.

Comentario (6)

  • Romina| 9 mayo, 2023

    Buenos días. Mi padre falleció hace 16 años, y mi madre hace 6. Ellos eran los titulares del terreno pero yo construí las viviendas. Ahora mi hermano apareció y puso un hijo a vivir en la casa de mi mamá que la construí yo. El nunca hizo nada y no tenemos buena relación. Que tengo que hacer para sacarlo. Aparte el hijo tiene antecedentes de robo. Gracias

    • estudiomz| 10 mayo, 2023

      Hola buenas tardes Romina. En principio debería iniciar el proceso sucesorio de sus padres. Luego de corresponder peticionar por las mejoras que usted dice realizo. Saludos cordiales. Estudio M&Z

  • Vanesa| 26 abril, 2023

    Hola consulta se realizo sucesion y declaratoria de herederos de una propiedad somos 3 hermanos, mi hermano y yo nos quedamos con la casa y mi hermana con el terreno. Ella tiene su casa pero no se quiere ir de la casa que nos pertenece a mi hermano y a mi y que ella cedio su parte. Hace 5 años se firmo todo. Que se puede hacer para que se valla ya que con mi hermano vamos a vender la casa. Gracias

    • estudiomz| 27 abril, 2023

      Hola, buenas tardes; ese acuerdo se plasmó en el expediente sucesorio? Fueron adjudicados los bienes o sigue siendo todo parte del acervo hereditario? Las acciones varían en función de diversos factores. Podes enviarnos un correo a estudiomz@moretti-zanini.com.ar para ahondar en el tema. Saludos.

  • ENRIQUE SILVESTER ROMANO| 14 febrero, 2023

    fui a salta alla nos encontramos q mi papa fallecido hace dos año tenia una herencia de unas tierras q se subdividían en 18 porciones dos porciones de ese resultantes da un total de 22%del total de parte de mi papa y mi tia ella ya fallecida hace 50 aprox cuento con las 2 partida de defunciones q debo de hacer

    • estudiomz| 14 febrero, 2023

      Hola, buenas tardes; tiene que iniciar la sucesión correspondiente en Salta, si su padre tuvo allá su último domicilio. Saludos.

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