Con ligadura de trompas y con cobertura de tratamientos de fertilidad

INFERTILIDAD POR LIGADURA DE TROMPAS: SE DEBE CUBRIR EL TRATAMIENTO DE FERTILIDAD DE ALTA COMPLEJIDAD

Corresponde la cobertura del tratamiento de fertilidad asistida de alta complejidad, ante el renovado deseo de concebir.

Nuevamente una sentencia favorable para un cliente patrocinado en nuestro estudio. En este caso con aristas muy particulares y que merecen la mención pues representa y representara a futuro un precedente importante para citar y tener presente.

En el caso llega nosotros el cliente ante la negativa de la prepaga (OSDE) de brindar cobertura a un tratamiento  de fertilidad asistida de alta complejidad, indicado por el medico tratante ante el deseo de la paciente de volver a concebir.  Para así proceder la prepaga alegaba un hecho de la propia socia (nuestra cliente) por el que años atrás había voluntariamente decidido realizarse como método anticonceptivo la “Ligadura de trompas”.

Sin embargo esa decisión (la ligadura de trompas) tomada anteriormente, probablemente en otro contexto, en otras circunstancias y bajo otro estado personal y de ánimo, no debería ser obstáculo en el presente para que la obra social y/o prepaga le niegue cobertura del tratamiento indicado por el medico en el presente.

Ello pues la ley que rige la materia, ley 26.862, es muy amplia e integral en sus alcances y así ha venido siendo interpretada jurisprudencialmente desde su sanción y entrada en vigencia. No esta de mas recordar que por la misma se incluyen dentro del Programa Medico Obligatorio las prestaciones y técnicas de reproducción asistida.

En tal sentido y ya entrando en tratamiento al planteo llegado en este caso a la Camara Nacional de Apelaciones Federal de La Plata, Sala II, (expediente: FLP12547/2024) los Sres. jueces expresan: Leer más