EL TRÁMITE DE SUCESIÓN.

TRÁMITE DE SUCESIÓN: Formas.

Primeramente debemos poner en claro el interrogante de  cuando se debe iniciar el trámite de sucesión: Frente a ello decimos que ante el fallecimiento de una persona y considerando que deja patrimonio en bienes inmuebles,  muebles y/o bienes económicos,  la UNICA forma posible de regularizar y distribuir esos bienes, ese patrimonio, en un marco de legalidad  y resguardando todas las partes es mediante el inicio del proceso sucesorio.

Segunda cuestión importante es que para el inicio de dicho proceso se debe contar indefectiblemente y por mandamiento legal CON EL PATROCINIO letrado, ello es con el acompañamiento, asesoría de un profesional abogado idóneo y en este caso decimos idóneo por que lo preferible sería poder contratar un abogado de sucesión, especialista en derecho sucesorio, pues dicho campo jurídico es amplio  y complejo y si no se cuenta con la experticia de dicho profesional es probable que ante la primera dificultad la situación se ralentice acarreando el proceso a caminos complejos.

estudio moretti zanini abogados Ahora bien respecto al proceso en sí, esto es al trámite de sucesión y si bien entender respecto a este es incumbencia del profesional del derecho, a modo ilustrativo y porque ayuda en mucho que todos entendamos de que se trata, damos algunas pautas generales a tener en consideración por todos los involucrados.

Entonces como previamente dijimos ante el fallecimiento de una persona a fin de regularizar la situación patrimonial relicta es NECESARIO, obligatorio iniciar el proceso sucesorio o como usualmente se dice; hacer la sucesión. Para iniciar dicho proceso primeramente se debe contar con el acompañamiento de una abogado. Teniendo presente ello se debe tener en cuenta el lugar donde se llevara adelante el trámite de sucesión y esto es el juez competente, que simplificando podemos decir que será competente, es decir el proceso se iniciara ante el juez del último domicilio del causante, de la persona fallecida. Leer más