¿Qué pasa cuando un heredero sigue usando los bienes de la herencia, de forma exclusiva y sin el consentimiento de los demás?
***(Resumen explicado en video, aquí)
Esta es una pregunta muy habitual y una situación que se presenta en muchísimos oportunidades.
Es el caso en el cual, a la muerte del causante, alguno de sus herederos que por cualquier motivo quedó en posesión del bien, continúa utilizándolo con o sin el consentimiento de los demás coherederos. Los casos típicos son el casa del causante, o algún automóvil con el que pudiera circular el heredero que porta una cédula azul.
Este es el tema que vamos a abordar en este artículo: ¿»Que pasa cuando un heredero sigue usando los bienes de la herencia?». Esperamos que al final del post sepas qué es lo que corresponde hacer en esta situación!
LA COMUNIDAD POST HEREDERITARIA Y EL ESTADO DE INDIVISIÓN DE LA HERENCIA.
Digamos en primer lugar que estado de indivisión de herencia es el periodo que se inicia con el fallecimiento del causante y que perdura hasta que los herederos declarados como tales en el proceso judicial sucesorio dividen los bienes, sea liquidándolos para la venta o adjudicándose las porciones que correspondan o acuerden.
Durante este período se forma entre los herederos lo que se llama COMUNIDAD POST HEREDITARIA, durante la cual adquieren ellos derechos y obligaciones. Se la llama así porque con la muerte del causante, los bienes del causante forman una masa uniforme y que debe ser tratada como tal, no pudiendo disponerse de los bienes en forma autónoma y a voluntad de cualquiera de los herederos sin respetar las características propias de esta comunidad.
Es importante para los herederos conocer las características de esta comunidad a la hora de salvaguardar y proteger el patrimonio que forma la masa sucesoria como así también hacer valer el derecho individual de cada uno de ellos.
En esta oportunidad trataremos brevemente un problema muy común y recurrente y que suele generar muchos conflictos entre los herederos siendo el disparador de una problemática de difícil solución. Nos estamos refiriendo a la situación que se da cuando uno de los herederos se queda haciendo uso de uno, varios o todos los bienes que forman parte de la sucesión, como podría ser de una vivienda. ¿Que pasa cuando un heredero sigue usando los bienes de la herencia?
El heredero si bien puede usar el bien, encuentra su limite en el derecho de los demás coherederos, el cual es idéntico y con los mismos alcance que el de aquel. Esta situación se encuentra regulada en el Código Civil y Comercial, que entre sus artículos establece que el heredero puede usar y gozar de la cosa indivisa conforme su destino, en la medida compatible con los otros herederos. Este principio general está contemplado en el artículo 2328 del Código Civil y Comercial.
ARTICULO 2328.- Uso y goce de los bienes. El heredero puede usar y disfrutar de la cosa indivisa conforme a su destino, en la medida compatible con el derecho de los otros copartícipes. Si no hay acuerdo entre los interesados, el ejercicio de este derecho debe ser regulado, de manera provisional, por el juez. El copartícipe que usa privativamente de la cosa indivisa está obligado, excepto pacto en contrario, a satisfacer una indemnización, desde que le es requerida.
Código Civil y Comercial de la Nación
Y justamente en este punto es en el que hacemos hincapié dado que es allí donde se suele generar la mayor dificultad en la práctica para “compatibilizar” los derechos de los coherederos.
Porque si todos están de acuerdo o no manifiestan su oposición no habría ningún inconveniente y ese heredero estaría haciendo un uso legítimo, aunque sea como parte del condominio que se tiene con el resto de los participes en la sucesión.
Ahora bien si tan solo uno de los coherederos manifiesta su oposición, estaríamos en una situación de desacuerdo, y es el Juez de la causa el que debe regular de forma provisoria el ejercicio de este derecho.
La norma indica que el heredero que usa la cosa en forma exclusiva debe a los demás coherederos una indemnización. Esta indemnización estará en proporción a la cuota parte del heredero que la reclama.
Es importante remarcar que siempre la indemnización/compensación empezará a computarse a partir del momento en que se reclamara fehacientemente, y corre sólo en favor del heredero que lo haya peticionado.
Por ello es fundamental contar con un correcto asesoramiento, dado que en muchas ocasiones se da la situación que se manifestó verbalmente la oposición al uso exclusivo, pero nunca se formalizo tal reclamo por las vías pertinentes, entonces todo ese tiempo ya no se puede reclamar, sino tan solo desde el momento en que se lo haya hecho por un medio fehaciente.
Esta compensación puede reclamarse sobre cualquier tipo de bien.
El pago puede implementarse de diferentes maneras e incluso puede compensarse. También en caso de que no se realice tal pago estando resuelto el mismo, podría utilizarse la figura de colación sobre lo debido y acumulado hasta el momento de la liquidación de la comunidad.
Acabamos de ver grosso modo qué pasa si un herederos sigue usando los bienes de la herencia (sin consentimiento de los demás herederos).
Entonces, ¿qué cosas pueden hacer los herederos con los bienes de la herencia hasta tanto no se haya resuelto la indivisión?
>>> Actos de conservación: cualquiera de los herederos puede tomar medidas para conservar los bienes de la herencia. Puede pagar esos gastos de conservación con los fondos de la sucesión que se encuentran en su poder. Si no tiene fondos, puede obligar a los demás herederos a pagar los gastos necesarios. (Art. 2324)
>>> Actos de administración y de disposición: para hacer este tipo de actos se necesita el consentimiento de todos los herederos. Por ejemplo: alquilar, vender, etc. (Art. 2325 primera parte)
Son necesarias facultades expresas para todo acto que excede la explotación normal de los bienes indivisos y para la contratación y renovación de locaciones.
Todo lo dicho se aplica en el caso de que no se hubiese designado administrador. El administrador puede ser designado de común acuerdo por lo herederos o judicialmente por el juez en caso de ser necesario.
Sin embargo, también cabe aclarar que si uno de los coherederos toma a su cargo la administración con conocimiento de los otros y sin oposición de ellos, se considera que existe un mandato tácito para los actos de administración que no requieren esas facultades expresas.
Por todo lo expuesto, resulta evidente que en situaciones como las descritas, el asesoramiento de un abogado puede ahorrarle muchos problemas y mucho dinero a una sucesión. Son los únicos que saben con precisión que pasa cuando un heredero sigue usando los bienes de la herencia! No deje de consultarlos!
Puede encontrar un breve resumen explicado en el siguiente video haciendo clic aquí
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Comentario (305)
María| 3 septiembre, 2024
Hola,
Muy útil el artículo, gracias por la información. Aunque aún tengo una duda: Mi hermano y yo tenemos una S.L. (somos socios al 50%) que desarrolla su negocio en un local que nos pertenece a los dos. Ahora mismo, yo ya no exploto ese negocio, lo lleva solo él, pero sigo siendo parte de la sociedad. En este caso, ¿tendría él que pagarme una renta por el local?. Saludos,
María
estudiomz| 5 septiembre, 2024
Hola María, buenos días. En tanto socios de la sociedad corresponde aplicar lo que se haya establecido en el instrumento constitutivo, y en la normativa referente a sociedades comerciales (utilidades, aportaciones, etc). Si son coherederos de un inmueble en el cual hay una explotación comercial unilateral por parte de uno de los herederos, el otro puede oponerse al uso exclusivo y solicitar canon locativo y eventualmente rendición de cuentas si la explotación comercial formó parte del acervo hereditario. Saludos.
Leandro| 23 agosto, 2024
Buenos Dias. Se trata de un inmueble de padres fallecidos . Dos hijos . Ningun testamento. Uno de esos hijos fue desalojado (manipulación?) cuando estuvo viviendo con su padre hasta fallecer. Actualmente ese hijo quiere retornar (no es seguro) por ser economicamente básico y el otro hijo de mucho dinero y residencia en el exterior quiere vender el bien por tracto abreviado. Le consultamos lo siguiente 1) al no tener contacto con su hermano quiso intentar comunicarse de otra manera sin exito para evitar problemas pero puede irse a vivir alli igual? se haria cargo de los servicios y de expensas.
La sucesion la inicio el hijo con dinero y el otro hijo solo se presentó pero sin abogado actualmente ni ganas de peleas salvo de defender su derecho a elegir
2) si se vende por tracto abreviado es verdad que el costo es menor?
3) dada su situacion actual quisiera vivir alli hasta que ordene sus temas de jubilacion y laborales pero no sabe como mediar negociar dado que el hermano se desentendio y el abogado con poder solo tiene instruccion de venta con tracto.
4) GRAN DUDA . el desalojo que tuvo fue ocasionado en un combo entre una vecina testimonial, una cuidadora testimonial e interesada carancha y un hermano en el exterior acomodado que jamas le intereso la familia pobre y menos su hermano. El desalojo vino por denuncia civil y penal frente a mal trato y con perimetral sin plazo raramente probablemente creemos influenciado por la vecina vinculada con la funcion policial y ffaa. Varias denuncias con consigna por malos tratos a su padre (testimonial comprados y audios de gritos intrafamiliares normales con probable amenaza de muerte pero como algo coloquial comun en esa familia de ambas partes). Esto es trato indigno? El hermano puede hacerle una treta con eso si se va a vivir alli?
estudiomz| 27 agosto, 2024
Hola buen día Leandro. Su comentario excede lo que podemos abordar por este medio. Lo invitamos a concertar una entrevista presencial o virtual. Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti – Zanini.-
Alejandro| 13 agosto, 2024
Buenas tardes! Mi mamá y mi hermana están pagando los impuestos de un campo de mi abuelo. Mi abuelo es el suegro de mi mamá y junto a mi hermana me reclaman el dinero de la venta de unos pinos que les corresponde a todos los herederos. Tengo más tíos y primos/as . La sucesión se comenzó hace mucho pero no se continuo por falta de recursos. Cómo se reparte el dinero en este caso? Debo consultar con un abogado para hacer el reparto? Gracias
estudiomz| 15 agosto, 2024
Hola buenas tardes Alejandro. Existiendo expedientes iniciados y sin conocer o estudiar su estado no lo podemos orientar. Sería conveniente concertar una entrevista personal o virtual y con mas detalles podremos evaluar posibilidades y sus dudas. Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti – Zanini.-
HCM| 4 agosto, 2024
Hola, les comento:
Mi hermano me inicia una demanda de fijación y/o cobre de valor locativo por uso y goce exclusivo. Es un acervo hereditario de solo 2 bienes, de los cuales el 50% corresponden al causante (nuestro padre) y el otro 50% a nuestra madre (de 86 años) por ser bienes gananciales de su matrimonio con nuestro padre. Ellos se encontraban divorciados, pero nunca hicieron división de bienes. De dichos 2 bienes inmuebles ninguno está habitado, uno esta 100% vacío y el otro con enseres y objetos personales de nuestra madre, pero ninguno está habitado. Soy el único que afronta los gastos de manutención de los bienes y ante cada propuesta de venta a 3ros ofrecida por mí y por mi madre a nuestro hermano, todas son rechazadas. Él no le quiere reconocer la ganancialidad de los bienes a nuestra madre, con el argumento de que estaban divorciados. , El solo quiere alquilarlos, para prolongar el estado de indivisión del acervo y asi acrecentar su porcentual hereditario al momento que nuestra madre fallezca. Nunca le he dado llaves y le he permitido el ingreso a las propiedades (más que para las constataciones judiciales pedidas) por mi temor a que el día de mañana encontrarme con ocupas o inquilinos dentro de las propiedades, amén de que nunca aporto con ninguna de las obligaciones de conservación del acervo. Todos los actos conservatorios fueron hechos por mí. (van 14 años)
Quedo atento a sus consejos. Desde ya muchas gracias.
estudiomz| 6 agosto, 2024
Hola buenas tardes estimado. Su pregunta y problemática excede lo que podemos abordar de manera responsable por este medio, por lo que lo invitamos a concertar una entrevista personal en nuestras oficinas o virtual y con toda la información y detalles podremos analizar distintos panoramas y posibilidades ante su problema. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Emilia| 1 agosto, 2024
Hola estimados. Describo mi situación: yo compré una casa con mi madre quien luego falleció y con mis hermanos procedimos a hacer la sucesión de la parte de nuestra madre, ya salió la declaratoria de herederos y la propiedad está en venta. Pero uno de ellos reclama que yo le pague su parte porque pasaron muchos años y la propiedad no logró venderse. Yo vivo en la propiedad y es mi unica vivienda y pago todos los gastos de mantenimiento e impuestos. Es correcto este reclamo? dado que la propiedad sigue ofreciéndose para su venta (y cuya autorizacion de venta con la inmobiliaria esta firmada por todos los herederos). Gracias por su atencion.
estudiomz| 5 agosto, 2024
Hola buen día Emilia. En el caso de uso exclusivo y excluyente del bien, los herederos que no tienen acceso al mismo podrán reclamar una compensación o canon locativo proporcional. Por lo demás en caso de descuerdo en la forma de partición se puede iniciar un proceso judicial de partición judicial. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Raul Arballo| 24 julio, 2024
Hola buenas tardes.
Somos 4 hermanos y quedamos con una sucesion indivisa de varios bienes. Uno esta ocupado por uno de ellos con la explotacion de un comercio desde hace mucho tiempo antes de que se produjera la herencia. (9 años)
Ahora, ante la falta de acuerdo, amenazan con solicitar la baja de la Habilitacion Municipal lo que produciria la paralizacion de la actividad.
Hay alguna forma de evitarlo? El juez puede actuar para no innovar y proteger el comercio? La falta de acuerdo se debe a que los otros hermanos quieren imponer un precio fuera de contexto a la indemnizacion propuesta por el ocupante de la vivienda y dueño del fondo de comercio.
Gracias¡
estudiomz| 30 julio, 2024
Hola buen día Raul. Ante la complejidad del planteo que nos presenta y existiendo expedientes en tramite lo aconsejable es que hable la estrategia a seguir con el abogado que le esta llevando el expediente. En su defecto para una segunda opinión puede solicitar concertar una entrevista personal en nuestras oficinas o de manera virtual. Quedamos a su disposición. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Gabriel| 23 julio, 2024
Buenas tardes, quería saber qué es lo que sucede con los muebles que están en la propiedad del fallecido (mi papa) como electrodomésticos, muebles, etc. Hay que esperar orden de un juez para repartirse entre los herederos?
En todo caso que algúno de los herederos se lleve algo sin consentimiento de los herederos es ilegal?
muchas gracias
estudiomz| 26 julio, 2024
Hola buen día Gabriel. Los muebles se deben inventariar para evitar luego discordancias. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Walter Casanova| 5 junio, 2024
Buenas noches, mi consulta es porque somos 2 hermanos herederos. Mi madre fallecio y quedo la propiedad de ella. Ahora, los ultimos 10 años de su vida yo me hice cargo de ella en cuidados, tramites, mantencion de la vivienda, impuestos, alimentos. Cabe aclarar que ella era jubilada y pensionada pero asi y todo no alcanzaba. Y ademas mi hermano no tuvo contacto con mi madre durante todo este tiempo. Si lo tuvo el dia que fallecio porque se le aviso y nada mas.
Quisiera saber si me corresponde un porcentaje mas de herencia que partes iguales o como seria ? La sucesion esta iniciada por la otra parte hace mes y medio aproximadamente. Puedo hacer una declaracion de indignidad por este caso?
Muchas gracias
estudiomz| 10 junio, 2024
Hola Walter, buenos días; no, la situación descripta no configura ninguno de las causales de indignidad contempladas en nuestro Código Civil y Comercial. Saludos.
Facundo| 9 abril, 2024
Hola! Compré con boleto de compraventa una casa en un inmueble cuyo vendedor es heredero único con otra casa en el mismo inmueble, cuestión que ya pasaron 6 años y no me hace la escritura, tengo que buscar un abogado para un juicio de escrituración o el vendedor primero tiene que hacer la subdivisión con un agrimensor? Si no quiere hacerla como puedo obligarlo para que me dé la escritura? Puede hacerlo el vendedor pidiendo en el tracto abreviado de la sucesión la subdivisión y escritura conjunta?
estudiomz| 9 abril, 2024
Hola Facundo, buenos días; tendríamos que ver, entre otras cosas, el boleto de compraventa, pedir un informe de dominio y ver si hay sucesión iniciada. Para pedir una consulta presencial en el estudio, podes escribinos a estudiomz@moretti-zanini.com.ar o por cualquiera de nuestros canales de comunicación. Saludos.
Raúl| 23 febrero, 2024
Fallecido uno de los cónyuges con dos hijos del matrimonio. Que porcentaje le corresponde a la esposa y a los hijos? El terreno fue adquirido antes de concretarse el matrimonio.
estudiomz| 23 febrero, 2024
Hola, buenas tardes; si el bien fue adquirido únicamente por el esposo antes del matrimonio, cónyuge e hijos heredan en partes iguales. Si en cambio, antes del matrimonio ambos miembros de la pareja adquirieron el bien como condóminos, entonces la cónyuge supérstite es titular del 50%, y el 50% del esposo lo heredan en partes iguales tanto la cónyuge como los hijos. Saludos.
Denise| 11 diciembre, 2023
Estimados,
Cómo están?. Les consulto, mi esposo inició la sucesión de la casa de su madre siendo él y su hermana los únicos herederos. Sucede que su hermana ha estado alquilando el fondo de dicha casa, donde hizo su casa que previamente era el garage, a una familia que no deja vivir en paz. Le hemos solicitado en varias ocasiones que interceda con esta gente sin obtener respuesta e incluso hemos enviado a ella carta documento. Se puede pedir el desalojo de estas personas y/o compensación por los daños?
Desde ya gracias.
estudiomz| 20 diciembre, 2023
Hola buen día Denise. Se debería estudiar el contrato de Locación y si existe una causal para interrumpir el contrato y pedir el desalojo. Por otro lado deberían acordar la forma de partición hereditaria y/o iniciar los procesos correspondientes a fin de que cada uno de los herederos obtenga su porción hereditaria. Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti – Zanini.
German| 19 octubre, 2023
Buenas noches tengo una casa de mi madre (fallecida)que se la presto a su nieta a quien crío como hija por ser la única que no tenía donde vivir vivió allí durante años actualmente falleció y sus hijos se quieren quedar con la casa de mi mamá sin tener escrituras que están en mi poder a nombre de mi madre fallecida todos mis hermanos herederos directos decidimos vender que debería hacer?
estudiomz| 24 octubre, 2023
Hola buen día German. Deberán iniciar el proceso sucesorio de la titular registral del inmueble que menciona. Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti – Zanini.
sauno| 27 septiembre, 2023
Hola soy de buenos aires capital federal. Esto es de argentina no? Mi abuela tiene un terreno con 4 casas, la mitad es de ella y la otra mitad era de su hermana fallecida la cual tiene 3 hijos. Uno de las 4 casas es un local que alquila y mi abuela desde que falleció su hermana se queda con el alquiler de ese local porque es jubilada. ¿Los herederos pueden reclamarle el retroactivo de todos los años que alquiló el local?
estudiomz| 28 septiembre, 2023
Hola buen día. Los herederos que son privados del uso, pueden reclamar una compensación a quien hace uso exclusivo y excluyente de un bien integrante del acervo sucesorio. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Pablo| 21 septiembre, 2023
buenas tardes ! paso a comentarle el caso, mi papa tenia un auto de alta gama a nombre de mi tia!! y ahora que fallecio la mujer lo vende con un 08 firmado a un 3ro se puede hacer algo con el vehiculo? desde ya agradecido por una respuesta! estamos haciendo la sucesion de los bienes de mi papa.ah!! que porcentaje le corresponde a la mujer? porque tengo entendido que le corresponde un 50% pero ella reclama una parte de nuestra herencia! gracias.
estudiomz| 25 septiembre, 2023
Hola, buenas tardes. El auto a nombre de tu tía no forma parte del acervo hereditario de tu papá, por lo que a ustedes nos les corresponde nada sobre eso. Del mismo modo, a tu tía, en tanto colateral de tu papá no le corresponde nada en su herencia habiendo hijos. Saludos.
Susana| 3 septiembre, 2023
Buen día, te consulto.
Se inició una sucesión por una casa, recién estamos en la parte de declaratoria de herederos donde ya están declarados. La situacion es que un hereder@ entro a la casa en cuestión a la fuerza, forzando cerraduras, a escondidas, luego alegando que eso le pertenece. Corresponde que haya ingresado de ese modo siendo que los demás no sabían y no estaba de acuerdo o se puede denunciar eso?
estudiomz| 5 septiembre, 2023
Hola buen día Susana. Sobre los bienes integrantes del acervo sucesorio, esto es los bienes que dejo la persona fallecida, todos los herederos declarados tal tienen igualdad de derechos. Es decir quedan en una especie de comunidad. Si un heredero hace uso exclusivo y excluyente, esto puede ser denunciado y se puede iniciar un NUEVO expediente para la fijación de un canon locativo proporcional. Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti – Zanini.
Martina Alesso| 15 agosto, 2023
Buenas noches. Soy abogada recientemente graduada. Que sucede si uno de los coherederos alquiló o prestó el único inmueble de la sucesión sin consultar a la otra parte? Debe pagar un canon locativo igual que si la ocupara el? Ya se intimó fehacientemente en el 2018 al pago. Hubo una constatación de inmueble hace varios años atrás, luego se paralizó el proceso por 5 años y ahora que lo continuamos deberíamos pedir una nueva constatación? Sirve como prueba que hubo consumo de luz? El heredero alega que las personas que viven ahí no tienen recursos para pagar un alquiler. Desde ya muchas gracias.
estudiomz| 17 agosto, 2023
Hola Dra, buenos días. Entendemos que respecto al coheredero habría que iniciar una rendición de cuentas por el alquiler usufructuado desde que se intimó fehacientemente, y respecto al ocupante/inquilino se podría intimar regularizar un contrato con ambos coherederos como locadores, o iniciar el desalojo correspondiente. Saludos.
Melisa| 12 agosto, 2023
Mi madre ha vivido toda su vida en la misma casa en la que nació, por 71 años. Con el consentimiento de su madre y luego de su hermano. Después de 25 años sin tener contacto con su hermano. Se entera de que fallece, su mujer actual realiza la sucesión y ahora envía un abogado reclamando que debe pagarle la mitad de casa o que pague el alquiler, la mujer quiere poner la casa a la venta a un valor muy bajo.
Mi madre sufre una discapacitada luego de varias operaciones, lo cual su movilidad es reducida. (postrada en la cama)
Mi pregunta es, ella ha pagado toda su vida los impuestos. Todo en la casa está a su nombre. Hay alguna forma legal para resguardar que no le quiten la casa y seguir viviendo tranquila sus últimos días de vida. Gracias
estudiomz| 17 agosto, 2023
Hola buen día Melisa. Se podría ver la posibilidad si en algún momento intervino titulo, de analizar la procedencia de una acción de usucapion. De todas maneras dado que todos son herederos se debe analizar y estudiar el caso con todas las particularidades del caso. Por ello lo invitamos a contactarse por alguno de nuestros canales de contacto y concertar una entrevista para abordar el tema en detalle. Saludos. Estudio M&Z
Sandra| 10 agosto, 2023
Hola buenas tardes mi nombre es sandra noemi sueldo tengo dos hermanos y orden de restricion pir ambos por amenasas hadta el 1 10 2023 no quieren vender la casa de mis padres hace 2 años fallecio.mi padre y vive en la misma uno de mis hermanos carlos sueldo es esiofrenico y no dejan pasar ningun tasador cuando pueda contestemen q se hace en ese caso desde ya muchas gracias sandra sueldo
estudiomz| 11 agosto, 2023
Hola, buenos días. Tiene que iniciar el proceso sucesorio correspondiente y ponerse a la tarea de notificarlos judicialmente para poder avanzar en el proceso y regularizar la situación. Saludos.
lucrecia| 5 julio, 2023
hola buenas noches. consulta mis padres fallecieron.somos 4 hermanos 3 queremos vender y una no.justamente la que esta haciendo uso y goce de la propiedad. vive en el fondo del terreno y adelante vive la hija. nos la opcion de vender una parte,hay que hacer la subdivision, pero tiene plata para hacerla com tampoco pagarnos la perdida de una venta a causa de la subdivision. le pedimos el pago de un alquiler por el bien usufructuado y no puede, le propusimos alquilarsela a un tercero no quiere. por ultimo, volvimos hablar de la venta, pero quiere pedir un monto excesivamente oneroso por el cual todas sabemos que es imposible vender. que solucion hay para este problema? desde ya muchas gracias.
estudiomz| 6 julio, 2023
Hola buen día Lucrecia. El proceso sucesorio es un proceso VOLUNTARIO, esto quiere decir que depende en mucho de la voluntad de las partes y sobre todo al momento de dividir o liquidar el patrimonio. Consecuente con ello, si las partes en son del dialogo y su conveniencia no llegan a acuerdo posible, hay herramientas y procesos judiciales para liquidar dicho acervo y entregar a cada parte el proporcional remanente correspondiente. Ello se puede hacer por una acción judicial de Partición hereditaria, siempre con la salvedad que llegar a esta instancia involucra muchos mas gastos y honorarios que deberán afrontar las partes. Quedamos a su disposición. Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti – Zanini.
luis| 22 junio, 2023
BUENAS TARDES, me entere hace unos años que mi madre compro un terreno hace 40 años y le pidio a mi hermano mayor que cuando yo cumpla la mayoria de edad escriture a mi nombre, hay boleto y escritura simple en donde se refleja esa situacion , mi hermano contruyo una casa ahi y hace unos meses cuando le die que queria que me de mi casa que escriture me bloqueo de todos lados. puedo recuperar la casa o mi hermano me va a decir que esta expirado y es de el?? que tengo que hacer?
estudiomz| 24 junio, 2023
Hola buen día Luis. Para poder responder deberíamos poder ver, estudiar y analizar la documentación con que cuenta. Quedamos a su disposición. Saludos cordiales. Dres. Moretti – Zanini abogados.
Norberto| 20 junio, 2023
Buenos días estoy yo ocupando una propiedad que es parte de la herencia de cuatro hermanos, hay dos propiedades más que se encuentran también ocupadas por otros dos hermanos en mi caso particular yo hace más de 20 años que tengo mi fuente de ingreso para vivir, un taller industrial , existe la posibilidad que me la pidan la propiedad o algún resarcimiento si ellos también están usando las otras dos propiedades perteneciente a la herencia de mis padres. gracias
estudiomz| 21 junio, 2023
Hola buen día Norberto. Cualquiera de los posibles herederos podría reclamarle una compensación, o la fijación de un canon proporcional por el uso exclusivo y excluyente que usted esta haciendo. Lo mismo usted hacia los demás. La forma de ordenar el patrimonio es iniciar el/los procesos sucesorios correspondientes y en dicho contexto realizar la partición, cesión, venta, adjudicación de los bienes. Saludos cordiales. Estudio Jurídico M&Z
Jose| 7 junio, 2023
Hola buenos días mi consulta es la siguiente !!! Soy el último hijo de varios hermanos … mi madre me dejo por escrito el terreno donde yo vivo unido a través de su terreno y casa … su casa se deterioro por que mis hermanos nunca quisieron hacerce cargo de mantenimiento e impuestos …
Comencé a realizarlos yo y mi flia
Ahora ellos quieren vender bajo amenazas que nos corresponde ? Nos pueden dejar en la calle!?
estudiomz| 7 junio, 2023
Hola, buenas tardes. En principio la propiedad forma parte del acervo hereditario y tendrán que realizar la sucesión correspondiente, y en dicho proceso se tendrá que intentar hacer valer tanto el escrito que le dejo su madre como los gastos de mantenimientos realizados. Saludos.
Lu| 2 junio, 2023
Buenas tardes ! Yo construi en la parte delantera del terreno de mi abuela con ella en vida y su consentimiento , fallece mi abuela y al tiempito mi padre , los herederos seriamos 2 , mi tía hija de mi abuela y yo . por el fallecimiento de mi padre . mi vivienda esta adelante la q yo construi y la de mi abuela en el fondo esa casa esta toda equipada con todos los electrodomésticos y muebles aun , la cual usufructua el hijo de mi tía … Puedo pedir la subdivisión de las casas ? Aunque mi tia no quiera… Gracias
estudiomz| 5 junio, 2023
Hola buen día. Deberían iniciar ambos procesos sucesorios (de su padre y abuelos) y en el mismo podrán luego acordar venta, cesión, división o lo que consideren conveniente. Saludos cordiales. Estudio M&Z.-
Alicia| 31 mayo, 2023
Buenos días. Mí padre falleció hace 2 años, y yo hice la apertura de la sucesión. Hoy en día, su esposa, que no es mí madre es la administradora judicial. Ella y sus tres hijos ( también hijos de mi padre), alquilan 2 locales y mí hermana con su familia, viven en un departamento que está en la propiedad que está en sucesión. Mí pregunta es, yo puedo reclamar un canon por el uso del departamento? Y cuando tendrían que darme lo que me corresponde por los alquileres? Porque hasta el día de hoy no me quieren rendir cuentas de esas cosas. Gracias
estudiomz| 2 junio, 2023
Hola buen día Alicia. Para el caso que alguno de los herederos haga uso exclusivo y excluyente de un bien de la sucesión, los demás herederos pueden reclamar una compensación, se fije un canon locativo proporcional. En cuanto a la rendición de cuentas y posible distribución de bienes deberán peticionarlo en el expediente junto con su abogado. Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti – Zanini.
Alejandro Martinez| 24 mayo, 2023
Hola, soy de Concordia Entre Ríos, somos tres hermanos y una casa en sucesión , mis hermanas viven en el sur y yo al no tener vivienda propia vivo en esta casa.
Pago un alquiler a mis hermanas.
La casa cuando la habite estaba en un gran deterioro yo la arregle, le hice un montón de mejoras, cambios de piso, pintura, griferias , etc, y nunca les cobre esos arreglos, tengo derecho a reclamar una parte de esas mejoras?
AL no tener facturas de los arreglos se puede poner un perito que value los gastos de mejoras que hice ?
Mil Gracias
estudiomz| 29 mayo, 2023
Hola buen día Alejandro. Las mejoras que haya realizado en el bien que pertenece al acervo hereditario, es decir en común a todos los herederos, pueden ser reclamados. Ahora bien deberá poder demostrar por todos los medios probatorios posibles dichas mejoras y beneficio para el bien. Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti – Zanini.
Estela| 26 abril, 2023
Buenas noches,mi hermano se construyó un departamento sobre uno de los bienes heredados ( taller de rectificaciones de motores) aun estaba en proceso la sucesion, mientras estàbamos con el aislamiento de pandemia y sin que yo lo supiera. Con el consentimiento de mi madre como administradora y un juez que le otorgó ese titulo de propiedad, todo lo he descubierto ahora. Se mudó a vivir ahí con su esposa e hijos también a finales de la pandemia. vivo con mi hijo en un alquiler que pago con mi sueldo, aparte desde hace varios años y me entere que se cerro la sucesion. Mi madre cedió al principio de la sucesión su parte pero vive en la otra casa que usufructa mientras viva. Ya intente las vías del dialogo para recibir alguna explicación de todo este atropello sin respuesta de ambos. El abogado de la causa es amigo de mi hermano desde niños y mi madre amiga y vecina de la madre de él. Nunca se comunicó conmigo sino que todo lo arreglaba con ella como administradora. Es legal lo que hicieron? Aclaro que hasta hoy el taller y la casa donde vive mi mamá siguen sin taparse y nunca se hizo división de bienes. De no ser legal como debo proceder? Desde ya muchas gracias.
estudiomz| 26 abril, 2023
Hola buen día Estela. Hay un porcentual de ley que esta reservado en partes iguales a herederos legitimarios. Si ese porcentual se viola, hay acciones que se pueden solicitar. En el caso en particular, existiendo varios documentos, contratos, cesiones, causas judiciales que menciona, todo ello debería estudiarse para ver y concluir cual es la situación de hecho y derecho actual respecto a lo suyo. Por ello lo recomendable. También mencionarle que es un derecho de usted escoger el abogado que la representara en el proceso sucesorio y que en caso que luego de esto pierda la confianza del mismo puede sustituirlo por otro. Quedamos a su disposición para una entrevista personal. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Maria| 19 abril, 2023
Buenas tardes, consulta, el padre de mi marido falleció hace 2 años. Ahora nos enteramos que sin consentimiento, ni autorización, ni sucesión, la madre de mi marido vendió su auto.(no hay denuncia de venta, ni transferencia). Qué se puede realizar en este caso?
estudiomz| 20 abril, 2023
Hola, buenas tardes; no lo pudo haber vendido registralmente si no fue mediante la sucesión correspondiente. El que lo compró está en situación irregular y no va a poder transferir hasta tanto los herederos del titular hagan la sucesión. Mientras tanto, no debería hacer uso del auto, y la sucesión (los herederos) son responsables del uso que se haga del auto. Deben tratar de ubicar al comprador a fin de regularizar la situación, y sino tendrán que hacer la denuncia. Saludos.
dani| 15 abril, 2023
saludos de una propiedad de gran valor en la cual el titular y su conyugue (mis abuelos ) fallecieron hace 60 años siendo ellos padres de 7 hermanos los cuales fallecieron ya 6. 5 de ellos tienen hijos vivos serian nietos ) la unica en vida es la 7 ma (mi madre) osea hoy la unica de los 7 hijos de los titulares es mi madre los demas son los nietos de los titulares hijos de los hermanos fallecidos de mi madre . no se ha hecho tramite alguno como puede mi madre logra la venta de la propiedad . quedo a la espera de respuesta y luego me contactare con ustedes para comenzar a dar los pasos
estudiomz| 17 abril, 2023
Hola buen día Beatriz. Para poder disponer, su madre deberá iniciar el proceso sucesorio de sus padres y en el mismo se deberá denunciar a todos los demás posibles herederos.- En dicho contexto luego de declarados los herederos decidirán como proceder para dar a cada uno su parte proporcional correspondiente.
Quedamos a su disposición.
Saludos cordiales.
Lujan| 4 abril, 2023
Hola q tal tengo una preg tenemos la casa de mi papa q años ya fallecido y ahí un solo heredero q se adueñó de todo y no lo podemos sacar de ahí.. porq puso su hijos y nietos también en las casas .y el dejó todos sus hijos y se fue a vivir a otro lado.. no sabemos q hacer porq no se puede vender ahí porq esta la gente metida .estamos desperado
estudiomz| 6 abril, 2023
Hola buen día Lujan. Debería concurrir junto con el patrocinio de una abogado, iniciar el proceso sucesorio y todos los incidentes y caminos procesales tendientes a la partición de acervo hereditario. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Pamela| 2 abril, 2023
Buenas tardes. Mi consulta es si se puede pedir en la sucesión la partición y paralelamente iniciar otros procesos de, por un lado, canon locativo y rendición de cuentas y, por el otro un proceso de reparación íntegral por uso exclusivo, ya que como leí en el artículo que redacto, la reparación integral iría más allá que un canon locativo.
Por otro lado, quería saber si en la reparación integral se puede pedir daños y perjuicios, daño emergente y lucro cesante.
Gracias
estudiomz| 3 abril, 2023
Hola buen día Pamela. Para poder asesorarla deberíamos poder tener acceso y estudiar el expediente que dice tiene iniciado. Quedamos a su disposición. Saludos cordiales.
Estudio M&Z
Pedro Andrada| 13 marzo, 2023
Mi padre fallecio hace mas de 6 años y en su casa quedo viviendo mi hermano y su familia. Mi abogado ya inicio la sucesión pero no solicito el canon locativo. Mi pregunta es si puedo solicitarlo en cualquier momento o cuando se lo debe solicitar?
estudiomz| 13 marzo, 2023
Hola buenas tardes; la fijación de un canon locativo es un proceso diferenciado del sucesorio, que se pueden iniciar en cualquier momento que se tenga conocimiento y se denuncie el uso exclusivo de la propiedad. Saludos.
Daniel Fernandez| 14 febrero, 2023
Hola, mi padre falleció hace 10 años y madre falleció hace un año y no se hizo ninguna sucesion. Ellos tenian boleto de compraventa a nombre de mi padre. Tengo 6 hermanos pero en la casa vivo yo con mis hijos y mi esposa hace mas de 20 años junto con mis padres hasta su fallecimiento. Yo arreglo y amplié la casa con el consentimiento de mis padres y siempre pague los impuestos (de hecho arba viene a mi nombre).
Puedo pedir la posesion veinteañal o se tiene que hacer una sucesion? El tiempo para la posesion veinteañal empieza a correr desde el fallecimiento de mi padre, de mi madre o desde que empece a hacerme cargo de los impuestos y refacciones? Gracias
estudiomz| 15 febrero, 2023
Hola, buenos días; la usucapio (propiedad veinteañal por prescripción adquisitiva) en principio no es procedente en perjuicio de coherederos. Por lo que, tendrán que iniciar la sucesión, y lograr con los coherederos el mejor acuerdo posible respecto a las mejoras y erogaciones que hizo sobre la casa. Saludos.
Natalia Jaime| 24 enero, 2023
Hola buenas tardes! Mi consulta es sobre herencia de empresa, accionistas, uno de ellos quedo con el 10% de la misma siendo presidente. La empresa esta en sucesión, el mismo puede disponer de los bienes de la empresa sin consentimiento de los demás herederos? Desde ya muchas gracias
estudiomz| 25 enero, 2023
Hola buen día Natalia. Mientras permanezca la comunidad hereditaria, y el estado de indivisión de los bienes, se necesita el consentimiento de todas las partes para disponer de los bienes que integran la masa hereditaria, sea una parte o el todo. En cuanto a la administración de la empresa el gobierno y forma de administración de la misma estará dado por lo establecido en el estatuto y sus modificaciones. No obstante ello deberían poder pedir rinda cuentas. Saludos cordiales. Estudio M&Z
fabio| 19 enero, 2023
Buenas tardes unas consultas, hace poco tiempo fallecio mi madre, por la feria judicial no hemos empezado el tramite sucesorio, hay 3 propiedades escrituradas y una con poder especial solamente mas un vehiculo transferido y otro sin transferir. Desde que a fallecido mi madre mi padre hace uso exclusivo de todos los bienes cuasi sin consentimiento de mi hermana y mio somos unicos herederos. Pregunta uno: puedo exigir la particion indivisa sucesoria de comun acuerdo para de manera individual gobernar el bien distribuido ? puedo exigir rendicion de cuentas por el uso exclusivo de los bienes por mi padre sin nuestro consentimiento y como se puede exigir judicial o extrajudicialmente ? que pasa si despues de varias converzaciones mi padre sigue haciendo uso exclusivo de los bienes indivisos sin el consentimiento de mi hermana y mio haciendo caso omiso a las negociaciones. Saludos cordiales muy amables
estudiomz| 20 enero, 2023
Hola, buenos días; sí, sería aconsejable iniciar el proceso sucesorio y regularizar la situación. Puede solicitarse, en un proceso diferente al sucesorio principal, una rendición de cuentas, la fijación de un canon locativo, denunciar el uso exclusivo y excluyente, etc. Pero son todos procesos accesorios al sucesorio principal. En cuanto a la partición, si debe hacerse judicial forzada, termina en la liquidación de los bienes y reparto de porciones liquidas; por lo que siempre es recomendable, hasta un punto razonable, intentar una partición en especies entre los herederos. Tener en cuenta también el derecho real de habitación que el cónyuge de la causante, sobre lo que era la sede del hogar conyugal. Quedamos a disposición. Saludos.
Alejandro| 13 enero, 2023
Buenas tardes, somos tres hermanos y hay tres propiedades a nombre de los tres, yo vivo con mi familia hace 20 años en una de ellas, que es una casona de principio de 1900 a la cual le hice refacciones importantes (techo nuevo, pisos, paredes aberturas, etc) y la amplié al doble de su superficie, ahora uno de mis hermanos quiere hacer tasar las propiedades y dividirlas en partes iguales, sin importarle las modificaciones que se hicieron, el también vive en otra propiedad que esta a nombre de los tres hermanos, mi otro hermano esta de acuerdo conmigo que debería tasarse como era antes de las refacciones y la ampliación. Que se puede hacer
estudiomz| 14 enero, 2023
Hola, buenos días; las mejoras hechas sobre una propiedad en condominio, requieren el consentimiento de todos los condóminos o coherederos (según el caso), y las valuación se efectúan conforme el estado actual. En este caso, habría buscar el reconocimiento de todas las erogaciones que le aportaron mayor valor a la propiedad, y que en definitiva benefició a todos los condóminos o herederos. Saludos.
Ale| 12 enero, 2023
Hola: Mi hermano construyo una casa encima de la casa de mis padres, estando ambos en vida. Con su permiso verbal, sin autorización ni mi consentimiento. El nuevo inmueble fue usado por mi hermano y su mujer, en cierto momento envían una multa por no haber declarado lo construido, a lo cual mi padre paga la moratoria de impuestos (yo me ocupaba de pagarlos en el banco). A los doce años construye otra vivienda (con el permiso verbal de mi padre, sin mi autorización) pegada a la casa de mis padres (mi madre ya había fallecido) y allí vive hasta el día de hoy. Hace 9 años fallece mi padre, a lo cual inició la sucesión, la declaratoria de herederos ya se sucedió. Quedaría la repartición de bienes (la casa de mis padres y un auto puesto a nombre de mi padre que era de mi hermano). La casa de mis padres permanece desocupada, no así la casa construida encima de esta (vive un sobrino) y mi hermano en la construcción detrás de la casa original. A todo esto el dice ser el dueño de todo lo que construyo (indica que tiene todos los recibos de lo comprado para ambas construcciones y que asi comprobara que es suyo) y que no piensa irse. Ya que no posee el dinero que corresponde a mi parte, ¿como se soluciona esto?. Es imperativo una solución, ya que alquilo hace 21 años y el goza de casi toda la propiedad. ¿Qué puedo reclamar o hacer respecto a esta situación? ¿debería pedir un alquiler por usar la propiedad?
estudiomz| 12 enero, 2023
Hola, buenas tardes; la única manera de solucionar dicha situación es regularizando el aspecto registral y dominial de las propiedades. Por el momento, todas las propiedades forman parte de un único acervo hereditario, y como tal debe partirse y adjudicársele a cada heredero la porción que le corresponda. Si el tiene comprobantes con los cuales acreditaría un mayor valor sobre las propiedades, podría pedir una compensación. Respecto al uso exclusivo que está haciendo de la propiedad, si podría pedirse un canon locativo proporcional. Saludos.
Anónimo| 11 enero, 2023
Somos 4 hermanos y nuestra mamá (cónyuge supérstite de nuestro papá). Tras ka muerte de papá hemos iniciado la sucesion de dos propiedades (una de veraneo y otra la que es el último domicilio conyugal). Uno de mis hermanos vive con su familia en esta casa con mamá y está a cargo de su cuidado. Los demás hermanos estamos de acuerdo, a excepción de uno que insiste en entrar a la casa con llave propia, se lleva pertenencias de mamá o de la familia del hermano que vive allí. ¿Podemos los demás herederos cederle a mamá y nuestro hermano que la cuida el uso exclusivo del bien, e impedir el libre acceso del hermano que se lleva cosas? No tenemos problemas en abonar una compensación si hiciera falta (canon locativo).
Mientras tanto esperamos que se destrabe la sucesión por un error de sucesiones anteriores y evitamos más conflicto.
Acerca de la casa de veraneo, ese hermano conflictivo la usa y la alquila sin avisarnos. Y no paga impuestos de ninguna de las propiedades. ¿Podemos pedirle el proporcional de impuestos, y su retroactivo?
Gracias!
estudiomz| 11 enero, 2023
Hola, buenos días; todos los actos de administración (salvo los urgentes de mantenimiento) y disposición de los bienes de la comunidad hereditaria requieren el acuerdo unánime de todos los herederos. Si no hay acuerdo sobre que hacer con los bienes, tanto en su uso, usufructo o disposición, se tienen que dirimir judicialmente en un proceso diferente al juicio sucesorio, y que dependerá de si se trata de una partición de herencia, de una fijación de canon locativo, de una rendición de cuentas, etc. Saludos.
Anónimo| 3 enero, 2023
Hola, quería preguntar qué pasa si con los herederos hicimos una división de los bienes muebles como sillas, mesas, herramientas y esas cosas antes de hacer el juicio sucesorio y un heredero durante el juicio quiere reclamar algo que ya dividimos pero se vendió, rompió o tiró, se puede llegar a un acuerdo para que no llegue a lo legal?
estudiomz| 4 enero, 2023
Hola, buenas tardes; respecto de bienes no registrables, la única forma en la que podría reclamar una división es si se hubiese hecho un inventario de los mismos. Caso contrario no es posible. Sin perjuicio de ello, por supuesto que de forma privada los herederos pueden reconocer su existencia, y realizar la división y adjudicación que acuerden. Saludos.
Pablo| 3 enero, 2023
Hola, mí pregunta es que pasa con los bienes que no tienen titular, mí padre falleció hace poco y a los días habíamos hecho una reunión familiar donde mí hermano mayor había aclarado que las cosas de mí padre iban para mí hermano menor y para mí, esto de palabra, si bien los otros herederos aceptaron, también quieren reclamar cosas porque están en su derecho, Si bien las cosas ya «eran nuestras» también cedimos cosas que ellos querían como ropa de trabajo y tal, pero nosotros nos quedamos con lo demás que vienen siendo cosas sin títulos como sillas, heladera, cama y herramientas, ¿Que pasa con esos bienes que no tienen título si quieren reclamar legalmente o no? ¿Que pasa con los bienes muebles como vehículos?
estudiomz| 4 enero, 2023
Hola, buenas tardes; respecto de bienes no registrables, la única forma en la que podría reclamar una división es si se hubiese hecho un inventario de los mismos. Caso contrario no es posible. Sin perjuicio de ello, por supuesto que de forma privada los herederos pueden reconocer su existencia, y realizar la división y adjudicación que acuerden. Los vehículos se tienen que denunciar en el proceso sucesorio, e inscribirse a nombre de los herederos o bien acordar entre ellos el destino que se le fuera a dar. Saludos.
Maria| 1 enero, 2023
Hola em mi caso somos 4 hermanos nos quedaron 3 casas una acá en bs as y 2 en la costa una hermana esta en la casa de bs as , ella nos hizo una perimetrL a los 3 para que no podamos ir ( después de que falleció mi papá fuimos 3 veces a querer hablar para ver que vamos a hacer y siempre ella en desacuerdo queriendo más una vez que fuimos no nos dejó entrar y llamó a la policía le explicamos q paso y la policía la hizo salir para que hablemos después de eso se vino la perimetral a lo que viene mi duda puede hacerme perimetral en un domicilio el cual también soy heredera? Ella tiene su casa a 6 cuadras de ahí pero me la hizo en el domicilio donde vivía papa para que no vallamos más
estudiomz| 2 enero, 2023
Hola, buenos días; sin perjuicio de la causal y los alcances de la perimetral, si ya se dictó, tendrán que cumplirla hasta tanto se levante. Independientemente de ello, es aconsejable iniciar el proceso sucesorio correspondiente, a fin de ser declarados herederos y posteriormente reclamar la porción que les corresponda. Saludos.
Camila| 28 diciembre, 2022
Buenas tardes. Mis padres han fallecido y nos ha quedado de herencia a mi hermano y a mi dos propiedades. No hemos iniciado con ningún papeleo. Yo habito en una de las casas mientras que la otra está en alquiler y lo que ingresa se lo queda 100% mi hermanao. Hoy en día no hay inquinilos (por ende mi hermano no tiene ingresos) y quiere venir a vivir a la propiedad que habito dado que según el está en mejores condiciones. Eso le corresponde? No puede vivir en la otra propiedad? Gracias.
estudiomz| 29 diciembre, 2022
Hola, buenos días; el uso de las propiedades que conforman la comunidad hereditaria debe ser consensuado entre los herederos.
Si él se opone a que vivas ahí de forma excluyente al uso que puede darle él, podrá exigir el pago de un canon locativo. Mientras no haya acuerdo, ambos herederos pueden exigir igual uso y explotación de ambas propiedades. Lo recomendable es iniciar la sucesión, obtener la Declaratoria de Herederos, y acordar el destino que se le dará a los bienes. Caso contrario, sin acuerdo, se deberán iniciar más procesos judiciales diferentes y accesorios al sucesorio (fijación de canon locativo, rendición de cuentas, etc), y eventualmente terminar en una partición judicial de herencia. Saludos.
Diego| 13 diciembre, 2022
Hola buenas tarde. quería comentar mi caso. Mi padre falleció y soy heredero único. Mi madre me cedió la casa verbalmente y al año se fué a vivir a otra casa con su nueva pareja. Se abrió la sucesión pero solo por un vehiculo no por la casa en la que vivo. Mi pregunta es si mi madre puede hacer algo para sacarme de la casa.
estudiomz| 14 diciembre, 2022
Hola buen día Diego. Para poder asesorarlo correctamente y teniendo presente que existe un proceso iniciado, sería necesario realizar un estudio de la documentación con que cuenta y del expediente citado. Quedamos a su disposición. Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti – Zanini.
Marcelo| 13 diciembre, 2022
Hola nesecito saber como puedo hacer para ingresar a la vivienda familiar ya que mi hermana hace cinco años cambio cerraduras y candandos y yo no tengo donde vivir y mis hermanos estan de acuerdo que utilize el lugar pero ella se niega y ya salio declaratoria de herederos que es lo que puedo hacer
estudiomz| 14 diciembre, 2022
Hola buen día Marcelo. Deberán proseguir con el expediente sucesorio, y en caso de no prosperar acuerdo en el mismo corresponderá iniciar proceso de partición judicial, pues siendo un bien inmueble el acervo hereditario, la forma de dar a cada heredero su parte proporcional y ante la falta acuerdo de otra forma, será vendiendo, liquidando el mismo de la forma que se determine judicialmente. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Fernando| 7 diciembre, 2022
Buen día mi consulta es tengo una susecion con mis hermanos y tengo una hermana que ocupa la propiedad hace mucho tiempo más de 4 año y no quiere que se venda la propiedad y que no ingresemos a la propiedad en estos caso que se puede hacer para que se pueda vender ya esta la declararia de herederos como se le puede reclamar para que se pueda poner en venta ya que con nosotros no quiere hablar y nuestra abogada nos dijo de carta documento pero esta persona quisiera saber si hay algo mas condundente para ver si se pone a derecho desde ya muchas gracias
estudiomz| 7 diciembre, 2022
Hola, buenos días; después de la Declaratoria, si los herederos no se ponen de acuerdo en forma privada con el destino de los bienes, la vía judicial pertinente es un nuevo proceso de partición de herencia. Al mismo tiempo, por el uso exclusivo puede iniciar otro proceso para que se le fije un alquiler. Esas son las herramientas legales. Saludos.
Ignacio| 1 diciembre, 2022
Buenos días Estudio MZ, somos tres herederos, el 33% cada uno, los tres herederos estamos de acuerdo en vender el inmueble. El problema es que un heredero quiere pedir menos valor y los otros dos (Mi hermana y yo) queremos pedir un monto mas alto (Lo que fue tasada la propiedad). El heredero que quiere pedir menos valor por el precio del inmueble, amenaza con rematar el inmueble, quisiera saber si se puede llegar a estos extremos, porque seria un claro perjuicio para las otras 2/3 partes, y que solución recomiendan frente a este problema.
estudiomz| 2 diciembre, 2022
Hola buenas tardes Ignacio. Por lo que comenta la diferencia no debería ser insalvable, podrían pedir otras tasaciones, pedir consejo de operadores del mercado inmobiliario respecto a las posibilidades reales de venta a los valeres que ustedes consideran. Ello pues es recomendable hacer todo el esfuerzo posible y negociar al respecto, pues si efectivamente no llegan a un acuerdo en las formas y valores, en última instancia se puede ir a una partición judicial, en cuyo caso puede que las perdidas sean mayores. Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti – Zanini.
Adriana| 25 noviembre, 2022
Buenas tardes te hago una consulta, mi suegro falleció hace 1 año y mi cuñado y su esposa administraban las finanzas de el.-
Hubo venta de una camioneta y ahorros pero nosotros no tenemos forma de chequear ni cuanto ni donde esta acreditado ese dinero. Se puede reclamar?
Hay forma de rastrear lo que ellos hicieron con las finanzas?
estudiomz| 28 noviembre, 2022
Hola, buenos días: si la camioneta estaba a nombre de tu suegro, no se pudo vender formalmente sin la sucesión. O se vendió informalmente sin transferencia, o no estaba a su nombre, o el vendedor tenia un poder de disposición. Similar conclusión, respecto a los fondos bancarizados: se puede disponer únicamente o con cotitularidad con firma indistinta o con un poder de administración. Por lo tanto, consideramos que es difícil rastrear una irregularidad en ese sentido. Saludos.
Monica| 21 noviembre, 2022
Hola, buenas noches, mi consulta es: mi mamá falleció hace 12 años. En este momento en la casa que pertenece a 3 hermanos y aún no hemos hecho sucesión , vivimos mi hermano que ha formado pareja y tiene hijos y yo que vivo con mi hijo de 11 años. En principios dividimos la casa de palabra y compartimos la mayoría de las instalacionses. Pero el fué ocupando la mayoría de la casa y en este momento ocupan comedor y 2 dormitorios y queda un dormitorio, el cuál ocupa de cuartito y lo necesitaria para utilizar de dormitorio yo y no me permite utilizarlo. Como puedo presentar mi disconformidad y que alcanze tengo judicial ya que con hablar no entiende que debe desocuparlo.
estudiomz| 23 noviembre, 2022
Hola buenas tardes Monica. La forma de regularizar la situación registral del inmueble es iniciando el proceso sucesorio de su madre. Luego de declarado herederos, todos los declarados quedan en comunidad, una suerte de sociedad. Ahí podrán negociar y acordar lo que consideren y o liquidar el bien y dar a cada uno su parte proporcional en valores. Quedamos a su disposición. Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti – Zanini.
mariel| 19 noviembre, 2022
mi hermano quiere vender una casa que dejo mi padre, o bien quiere su parte . Cuando mi hermano tenia 20 años recibio de parte de mis padres un terreno y le construyeron una casa porque se iba a casar . El no tenia ningun ingreso y es obvio que mi padre fue quien compro todo y construyo . Puso a nombre de mi hermano la propiedad . Puedo reclamar que esto fue un adelanto de herencia o una » colacion Ficticia» ? .. Porque esto me deja en desventaja ya que no estoy en igualdad .. La declaratoria de derechos esta hecha . Puedo igualmente reclamar y demostrar que fue una especie de donacion .. una colacion ficticia a nombre de mi hermano ? pero obvio que fue dinero que salio de mis padres …
estudiomz| 22 noviembre, 2022
Hola buenas tardes Mariel. Para poder dilucidar lo que nos menciona y ver posibles adelanto de herencia y/o lo que pudiera ser objeto de reclamo es necesario conocer más datos. Por ello la invitamos a concertar una entrevista personal para abordar el tema. Quedamos a su disposición. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Carolina Vespa| 4 noviembre, 2022
Hola, yo vivo en la casa de mis padres desde el 29/2/2020 Viví hasta abril de este año cuidando a mi padre que tenía varios serios temas de salud y ya no podía vivir solo. Lo asistí de varias maneras y dentro de su patología por momentos no comprendía la realidad ni quienes éramos. Esto en un momento me produjo una caída estuve internada y como condición de mi alta fue tener asistencia que la obra social nos otorgó. De igual manera ante caídas de la cama de mi padre y/o cuaqluer otro complejo evento, junto con la asistente tuve que resolver varias situaciones. Fallece mi padre, mi hermana es abogada e inmediatamente lleva a cabo la declaratoria de herederos que ya tenemos, y pusimos la casa en Venta con ciertas diferencias de que hacer para mejorar la venta. Ya está en venta, yo vivo aquí hasta que se venda, mantengo la casa en buen estado solo compartimos gastos de ARBA, municipal, Prosegur y seguro del hogar. Siendo que vivo acá y mantener la casa no me es sencillo realizó las actividades que pueda para ayudarme a sostenerla. Mi hermana se opone a ellas pero si las realizó quiere parte del ingreso. Cómo así también disone de cómo y cuando se pueden mover dentro de la casa los muebles de mis padres. Mi pregunta es, dado que la casa está en venta como ella insistió y bajo sus términos pero yo vivo en la casa, tiene ella derecho a entrar sin aviso con quién ella desee o tengo yo algún derecho a privacidad hasta la casa sea comprada dado que no poseo otro bien y ella si posee su propia casa? Podría yo cambiar la llave y solicitar que se me pida permiso para venir y utilizar la vivienda siendo yo quien mantiene la piscina y a la persona que viene a hacer limpieza de la casa semanalmente? Gracias!
estudiomz| 7 noviembre, 2022
Hola buen día Carolina. Los herederos y mientras se mantenga el estado de indivisión hereditario tienen todos en igual forma derecho a hacer uso de los bienes que integran el acervo. No obstante ello si usted tiene su domicilio real en un inmueble propiedad de todos y quiere impedir que los demás hagan uso del mismo por ser su domicilio particular y privado, podría impedir el ingreso de los demás, y a su vez quienes no pueden gozar del bien podrían reclamarle a usted una compensación economica, canon locativo proporcional por ello. Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti – Zanini.
Jenifer Denise| 2 noviembre, 2022
Hola, cuento mi caso mi abuela me dejo una parte del terreno de palabra los hijos de ella aceptaron ese acuerdo, mi abuela falleció hace 3 años y una de las hijas hoy en día esta en disconformidad con eso. Mi señora mis hijas y yo llevamos viviendo 8 años pagando los servicios y edificando en nuestra parte del terreno ya que mi abuela vivía del otro lado. En caso de iniciar un proceso sucesorio me pueden quitar la casa de lo que yo hice? Teniendo menores de edad. Y comprobantes de pago de deudas y de servicios de la casa. Yo no edifique en la casa de la parte de mi abuela. Solo en la parte que ella me cedió.
estudiomz| 2 noviembre, 2022
Hola, buenas tardes. Lamentablemente, si la cesión fue de palabra y no se formalizó la transferencia de dominio, el bien forma parte del acervo hereditario en su totalidad. Todas las reformas que hayan hecho las podrán hacer valer como mejoras y exigir compensación a los coherederos en el proceso sucesorio. Saludos.
José G.| 31 octubre, 2022
Buenas tardes,
Mi consulta es por la posibilidad de exigir un canon locativo. Por lo que leo uno de los coherederos tiene que hacer uso exclusivo de la propiedad para que los demás puedan reclamar. Cuál sería el caso en que exista un cónyuge supérstite, madre de los herederos, que usa el bien en forma conjunta con un heredero. Los otros herederos, pueden reclamar sólo a éste heredero o bien la existencia del cónyuge supérstite, quien a su vez recibe cuidados de este heredero, impide el reclamo del cánon locativo por los otros? Muchas gracias.
estudiomz| 31 octubre, 2022
Hola José, buenas tardes; de conformidad con el articulo 2383 del Código Civil y Comercial, el cónyuge supérstite tiene derecho real de habitación vitalicio y gratuito de pleno derecho sobre el inmueble de propiedad del causante, que constituyó el último hogar conyugal, y que a la apertura de la sucesión no se encontraba en condominio con otras personas. Por lo tanto, no es procedente la determinación de un canon locativo por el uso que esté haciendo, aunque sea en forma conjunta con otro heredero. Saludos.
Culfi| 30 octubre, 2022
Hace 10 años falleció mí padre,la casa quedó desocupada. Los vecinos quisieron usurparla y lo evité en dos ocasiones mientras mí hermano no quería hacerse cargo ni proteger la propiedad.le dije si quería ocuparla para no perderla y dijo que no quería saber nada. Al tercer intento de usurpación poniendo en riesgo mí integridad física me mudé a la casa en cuestión, sin servicios,totalmente inhabitable, deteriorándose de manera irreversible..tras años de recibir amenazas,intentos de incendios , pedradas, disparos y enfrentamientos logré pacificar la situación, ahora mí hermano renovó su interés por la casa. Luego de que yo recicle la casa de los cimientos al techo. Que manera tengo de resguardarme o cuotificar la compra de su parte?
estudiomz| 31 octubre, 2022
Hola buen día Culfi. Los gastos de conservación y mantenimiento necesarios del inmueble integrante del acervo hereditario que usted haga y pueda demostrar, luego podrían ser reclamados a demás herederos en parte proporcional. Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti-Zanini.
Laura| 26 octubre, 2022
Hola quería consultar somos 5 hermanos mi mamá falleció el terreno tiene 11hectareas hay una casa y mi mamá en vida me cedió un poco de terreno para construir mi casa la casa tiene plano todo a mi nombre pregunto mi casa también enra en sucesión y si dividen el terreno es cierto que me toca menos tierra por la casa.
estudiomz| 26 octubre, 2022
Hola Laura, buenas tardes. Habría que ver si con la cesión se hizo la subdivisión correspondiente, si se escrituró y si se inscribió en el Registro. En tal caso, no formaría parte de la sucesión. Si no se formalizó registralmente, entonces sí entrará en la sucesión, y eventualmente se tendrá que pedir lo que corresponda. Es decir, en la sucesión forma parte del acervo la propiedad tal como figure registralmente el dominio. Saludos.
Federico| 23 octubre, 2022
Hola, buenas noches, yo tengo una co sulta. Mu madre y yo vivimos en un terreno y casa que pertenecía a mi abuelo ( materno) . La casa no tiene escritura, sólo boleto de compra venta a nombre de mi madre y uno de mi tíos ( hermano de ella. Mi abuelo falleció hace 16 años, y hace 30 que vivimos allí. Hicimos con mi madre refacciones, pagamos algunos impuestos y usamos la vivienda hace 30 años sin ningún tipo de reclamo. Poseemos el derecho real de la vivienda, con mi madre? Desde ya, muchas gracias
estudiomz| 24 octubre, 2022
Hola Federico, buenos días; el derecho real de Dominio (la propiedad en sentido estricto) sobre la vivienda no se adquiere automáticamente ni por el boleto de compraventa ni por la posesión, sino que ambos institutos requieren tomar medidas al respecto. El boleto de compraventa, correctamente confeccionado, otorga el derecho a exigir la escrituración del bien a nombre del comprador o sus herederos, sucesión de por medio, mediante juicio de escrituración. Por otro lado, la posesión pública, pacífica e ininterrumpida del bien habilita la posibilidad de iniciar un juicio de usucapio (propiedad veinteañal). Ambos casos, regularizan el dominio a nombre de ustedes. Habría que analizar la conveniencia de una u otra acción en el caso concreto. Saludos.
Luciana| 4 octubre, 2022
Hola. Mi duda es, que mi abuela falleció y hay varios herederos de la casa, la última en vivir ahí es mi mamá y tiene todos sus muebles, pueden los otros herederos hacer refacciones sin todavía abrir sucesión? Mi mamá se tiene que ir de ahí, aún si todavía no abre sucesión?
estudiomz| 5 octubre, 2022
Hola buenas tardes Luciana. Los herederos pueden realizar los actos de conservación y administración que estimen necesarios. El bien pertenece a todos los presuntos herederos en partes proporcionales. Si uno de ellos hace uso exclusivo y excluyente del mismo y los demás se oponen y reclaman, luego deberá compensar a los mismos. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Ezequiel| 3 octubre, 2022
Hola buenas noches, mí padre falleció hace 9 años y yo inicie la sucesión, pero mis hermanos hacen uso de los vienes y alquileres en cuanto yo no. Es más una de las propiedades el porcentaje mayor es mío y tampoco puedo hacer nada ya que mí hermano alquilo y quedó como usurpando la verdad ya no se que hacer
estudiomz| 3 octubre, 2022
Hola Ezequiel, buenas tardes; tratándose de un expediente iniciado, no podemos decir mucho, ya que habría que ver en que estado se encuentra el proceso sucesorio, y tomar las medidas pertinentes (rendición de cuentas, fijación de canon locativo, desalojo, etc). Saludos.
Matias| 1 octubre, 2022
Una consulta. Mi mama falleció en 2010, mi papá en 2020.
En 2017 nos fuimos con mis hermanos de mi casa y quedó mi hno con la casa.
Es hasta el día de hoy que el dice que está» refaccionando» cuando en realidad lo que vemos es que la casa se deterioro.
Todo ésto lo hizo sin el permiso o sin consultar a los demás herederos que somos nosotros y los hijos de mis tías.
El puede tomar esa decisión unilateralmente?
Porque el alega que habían muchas cosas que necesitaban mejora, pero jamás pudimos constatar con el resto de los herederos que así fuera, porque el siempre hizo sin preguntar.
estudiomz| 3 octubre, 2022
Hola Matías, buenas tardes; los herederos pueden realizar las medidas necesarias para la conservación del acervo hereditario, es decir, realizar las medidas conservatorias y/o urgentes. Cualquier otra medida requiere la conformidad de los demás coherederos, empezando por el uso que se le de a la propiedad. Lo aconsejable es realizar el proceso sucesorio correspondiente, adjudicar las hijuelas correspondientes a cada uno, y si la casa no se va a vender, acordar la administración del bien (los gastos, el mantenimiento, quien la va a usar, si abonará un alquiler, etc). Saludos.
Fernando Micolis| 29 septiembre, 2022
Buenos días. Tengo una duda con respecto a este tema. Mi padre falleció en 2019, su esposa, mi madre, está viva, alguien inició los trámites de sucesión de varios bienes, entre ellos un auto que lo usan mis hermanos (2). Tengo algún derecho sobre ese bien o al estar viva mi madre todo lo debe manejar ella. Espero haber sido claro. Saludos cordiales y muchas gracias.
estudiomz| 30 septiembre, 2022
Hola Fernando, buenos días; al fallecer una persona, todos los herederos conforman una comunidad hereditaria y los bienes deben ser administrados en forma conjunta, teniendo todos los herederos igual derecho al uso de los bienes, y no pudiendo ninguno de ellos hacer uso exclusivo. Ello sin perjuicio de la designación de administrador que pueda hacerse, o de las medidas conservatorias del acervo. Saludos.
Esteban| 25 septiembre, 2022
Hola mi madre falleció, y tenia 2 propiedades ambas propiedades tiene uso mi hermano.
En una ejerce un comercio y en la otra vive con su familia.
Porque el puede tener posesión de ambas propiedades, estar usufructuando una de ellas y yo no tengo derecho a estar en una de esas propiedades ?
Entiendo debo iniciar la sucesión para poder repartir las propiedades pero porque el puede tener el uso y usufructo de las propiedades y yo no puedo hacer nada ? No dispongo del dinero para iniciar la sucesión.
En caso que me meta de prepo en una de las propiedades, yo cometo un delito ? (porque el no esta cometiendo un delito al tomar las propiedades ???) GRACIAS !
Luego de esta consulta, me gustaría contactarlos para obtener una reunión y comentar en detalle… GRACIAS OTRA VEZ
estudiomz| 26 septiembre, 2022
Hola buen día Esteban. El derecho a usar los bienes del acervo hereditario es de todos los presuntos herederos en partes proporcionales/iguales. En caso que uno haga uso exclusivo y excluyente de los demás herederos, estando debidamente intimado de la oposición a dicho acto, debería luego una compensación y/o canon locativo proporcional por dicho uso. Quedamos a su disposición. Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti – Zanini.
Pao| 22 septiembre, 2022
Hola! Comenze la sucesion, estamos en la parte de petición de declaratoria de herederos,(mi tío y yo) mi tío esta usando los tres bienes, y yo nada. Acordamos de palabra que me quedó con una casa y el con una fabrica. Pero el sigue usando la casa, quiero saber como puedo sacarlo de allí, ya que no se a presentado a la citación del abogado. Muchas gracias
estudiomz| 26 septiembre, 2022
Hola buen día Pao. Por lo que comenta su abogado ya ha intimado y/o intentado iniciar la negociación tendiente a la liquidación del acervo hereditario, en consecuencia para poder asesorarla correctamente deberíamos poder estudiar dicho expediente a fin de poder determinar que paso procesal correspondería. Quedamos a su disposición. Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti – Zanini.
ANGELA RUARTE| 18 septiembre, 2022
BUENAS TARDES, MIS ABUELOS MATERNOS FALLECIERON Y DE LOS SIETE HERMANOS QUEDAN MI MAMA Y MI TIA TIENEN ALQUILADA LA CASA DE SUS PADRES COBRAN ALQUILER Y SE REPARTEN UN MES CADA UNA. UNO DE MIS PRIMOS PREGUNTA POR LA PARTE DEL ALQUILER QUE LE CORRESPONDE POR SU MADRE FALLECIDA ES ASI LE TIENEN QUE DAR PARTE DEL ALQUILER.
estudiomz| 19 septiembre, 2022
Hola buen día Angela. Los nietos se tienen derecho en representación de sus padres en el sucesorio de los abuelos y sobre el patrimonio, acervo hereditario correspondiente. Es decir tienen derecho a la proporción que corresponda. La forma correcta de resolver es iniciando el proceso sucesorio. Saludos cordiales. Dres. Moretti – Zanini. Abogados.
Lorena| 7 septiembre, 2022
Hola entiendo lo que me dicen, no lo sabia, la respuesta del abogado es que como esta todo (el terreno que pertenece a mi hermana y la casa que pertenece a mi hermano y a mi) en un mismo documento aduce cuando le pedi la escritura para vender la casa le debe consultar a mi hermana. Entiendo x ahi me equivoco que al realizar la sucesion y la declaratoria de herederos y quedar plasmado lo que cada parte se quedaba, cada parte puede vender sin consentimiento de la otra parte, no entiendo su negativa de darnos la escritura. X favor corrijanme si no es asi.
Se le puede pedir al abogado o realizarlo con otro abogado lo de desglosar el documento y cada parte tiene lo suyo? Gracias
estudiomz| 9 septiembre, 2022
Hola buen dia Lorena. Como principio general le mencionamos que la documentación, como así el expediente mismo no son propiedad del abogado que patrocina. En algunos casos la documentación original queda en el expediente, en otros se puede desglosar luego de que la misma cumple la función en el expediente. Ahora bien en el caso en particular hay seguramente determinada particularidad y complejidad que le esta explicando el letrado que llevo adelante la causa. Entonces se debería hacer un estudio del expediente y ver cual es el camino para que cada parte adjudique y tenga su documental de la parte adjudicada, para luego poder disponer sin necesidad de las otras partes. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Lorena| 6 septiembre, 2022
Hola les hago otra consulta, el abogado que realizo la sucesion y la declaratoria de herederos hace 3 años aun continua con la escritura de la casa en su poder, en reiteradas oportunidades se la solicite ya que se iba a realizar la venta de la casa x tracto abreviado y el mismo se niega a devolverlo, ya que aduce que esta todo en un mismo documento, el terreno que le cedimos a mi hermana y la casa que ella nos cedio su parte, la consulta es la siguiente, puede el abogado retener dicha documentacion? Gracias de antemano y gracias por haber contestado mi consulta anterior.
estudiomz| 7 septiembre, 2022
Hola Lorena, buenas tardes; la escritura original seguramente se haya presentado en el expediente sucesorio, pero en caso de ser necesario puede desglosarse del mismo y retirarse. Por otro lado, para vender por tracto abreviado con el testimonio judicial de la sucesión es suficiente. Saludos.
Lorena| 4 septiembre, 2022
Hola les hago una consulta? Mi mama fallecio, luego de esto se realizo la sucesion y la declaratoria de herederos, mi hermana se quedo con un terreno y tanto mi hermano como yo le cedimos nuestra parte y ella nos cedio la parte de la casa a nosotros, esto se realizo hace 3 años y ella no se va de la casa, le pedimos que se valla a su casa que ya tiene pero no se va. Que se puede hacer? Gracias
estudiomz| 5 septiembre, 2022
Hola buen día Lorena. Conforme lo que comenta, ya realizaron la adjudicación de bienes, en cuyo caso ustedes son unicos dueños de la propiedad, casa. Teniendo presente ello
pueden iniciar el proceso de desalojo de cualquier intruso y/o ocupante del inmueble. Saludos cordiales. M&Z abogados.
Pablo| 30 agosto, 2022
buenas, somos tres hermanos y un hijo de mi hermana fallecida. Mi madre falleció y mi hermana se quedo junto al hijo de mi hermana fallecida viviendo en la casa de mi madre (se adueñaron de ella) , teniendo ellos otra vivienda. Mi padre vivo, pero separado no por ley si no de palabra, tiene su propia vivienda y no quiere tener problemas con ella con sacarla de esa vivienda. Que puedo hacer para que desalojen el inmueble? ya que todos sus hijos tenemos el mismo derecho.
estudiomz| 31 agosto, 2022
Hola buen día Pablo. Deberían iniciar el proceso sucesorio de su Madre. Luego en dicho contexto podrán realizar las manifestaciones que correspondan y acordar lo correspondiente. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Sara| 29 agosto, 2022
Buenos días, mi consulta es acerca de una propiedad inmueble de mis padres, ambos fallecidos, que ocupe junto a mi madre, hasta su fallecimiento, haciéndome cargo de todos los impuestos y gastos de la propiedad, desde hace 20 años. Uno de mis tres hermanos, reclama el uso de la propiedad. Puedo mantener el uso de la misma hasta que se resuelva el juicio sucesorio??
estudiomz| 29 agosto, 2022
Hola Sara, buenos días; al fallecer el propietario de un inmueble, todos sus herederos tienen igual derecho al uso del mismo. En el proceso sucesorio se resolverá, en principio buscando acuerdo, quién usa el bien, si debe pagar un canon locativo a los otros herederos, como se adjudican las hijuelas y se inscriben a nombre de los herederos, si se vende, si se alquila, etc. Por supuesto que puede plantear continuar en uso de la propiedad, pero es posible que el otro herederos pida un canon locativo (alquiler) como contraprestación por ese uso exclusivo. Saludos.
Sandra| 28 agosto, 2022
Mis padres fallecieron mi padre hace 20años mi madre 12años, dejaron un terreno,dónde quedaron dos hermanas viviendo y sus hijos fueron edificando en el terreno,dicen que solo ellas son las dueñas hoy quiero reclamar mi parte,no dispongo de dinero que puedo hacer, agradecería respuesta desde ya gracias
estudiomz| 29 agosto, 2022
Hola Sandra, buenos días; la única forma de solucionar todo lo referido a los bienes hereditarios, tanto el uso como la adjudicacion de los mismos, es el proceso judicial sucesorio con un abogado patrocinante. En caso de no poder contratar a uno, deberá acudir al patrocinio gratuito de su jurisdicción. Saludos.
Rosario| 23 agosto, 2022
Buen día ,quería consultar mi papá (fallecido) tenía un galpón con el hermano ,este cambio la cerradura del galpón y no nos la quiere dar ,en ese lugar hay automóviles de mi papá también y no nos deja entrar. Se puede ?
estudiomz| 23 agosto, 2022
Hola, buenos días. No, no puede hacerlo y todos los herederos tienen el mismo derecho a usar de los bienes del acervo hasta tanto se adjudiquen o se resuelva la administración de los mismos. En caso de que lo haga, podrían fijarle un alquiler. Lo recomendable es iniciar el proceso sucesorio y resolver allí tanto la administración como la adjudicación del los bienes. Saludos.
Miguel garcia| 19 agosto, 2022
Hola que tal buenas ,tengo una consulta yo tengo acargo a dos personas mayores de las cuales realizaron un testamento donde me dejan una vivienda para mi y otra para su sobrino legal de parte de la señora,mi pregunta unas vez que las personas mayores no estén yo puedo vivir en la vivienda que me fue heredada hasta poder realizar la sucesión?
estudiomz| 22 agosto, 2022
Hola buen día Miguel. Llegado el momento deberá iniciar el proceso sucesorio para en un marco de legalidad poder tomar posesión de los bienes que corresponda. Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti – Zanini. Abogados.
fernanda| 17 agosto, 2022
Hola, mis padres adoptivos tienen un auto en comun comprado despues del matrimonio, yo soy la unica hija de ese matrominio, y mi papa tiene 2 hijos mas de un 1er matrimonio del cual ya es viudo. Mi mama fallecio hace 3 años y el unico bien ganancial que tuvieron sin dejar nada escrito fue el automovil. Actualmente el hijo de mi papa lo maneja y estamos en juicio sucesorio. Hay algun inconveniente con eso? Se puede hacer? o el vehiculo tiene que estar en resguardo hasta que termine el juicio sucesorio, por mas que tenga la cedula de permiso de manejo?
estudiomz| 19 agosto, 2022
Hola buen día Fernanda. Todos los presuntos herederos tienen igual derecho al uso y goce de los bienes que integran el acervo hereditario. Ahora bien tratándose de automóvil lo conveniente sería que este a resguardo.- Saludos cordiales. Estudio M&Z
Pedro| 16 agosto, 2022
Hola. Mi consulta es
Que puedo hacer si mi hermana soltera falleció no tenía hijos . Y quedó su casa amueblada pero una hermana la cual en vida se llevaban muy mal ahora de a poco se esta llevando los muebles. . Que puedo hacer
estudiomz| 16 agosto, 2022
Hola, buenos días; deben iniciar la sucesión correspondiente tendiente a la partición de los bienes y adjudicación a cada uno de los herederos. Respecto a los bienes muebles, podrían inventariar los mismos ante escribano, para su posterior división o liquidación. Saludos.
Graciela| 7 agosto, 2022
Bjenos dias mi pregunta es mi papá fallecio hace 5 años mi mama esta viva y smos 3 hermanos 1 de ellos fallecio era soltero mi mama tiene alzeimer mi hermano esta a cargo de ella si le hace firmar que le cede la erencia total a el a mi mama yo quedo excluida del 50% que le corresponde a mi mamá
estudiomz| 8 agosto, 2022
Hola buenas tardes Graciela. Existiendo herederos legitimarios como el caso que menciona, la parte disponible es de 1/3, es decir no podría ceder todo sin afectar con ello el derecho de los demás herederos. Saludos cordiales. Estudio M&Z. Abogados sucesiones.
Claudio| 30 julio, 2022
Hola, quería hacer una consulta, mis dos hermanas y mi mamá iniciamos la sucesión y ya salió, aun no declaramos los bienes (una casa, una camioneta y una moto) el problema que tenemos es que una de mis hermanas solo queire vender si mi mamá renuncia al 25% que le corresponde, que se puede hacer? Algo que olvidé mencionar es que la que no quiere vender tiene en su poder lla títulos de los bienes y se niega a presentarlos
estudiomz| 1 agosto, 2022
Hola buen día Claudio. Seguramente el abogado que han contratado para llevar adelante el caso, con conocimiento de todos los pormenores de la causa podrá asesorarlo respecto al mejor camino a tomar. No obstante ello corresponderia se acredite bienes, para lo cual deberán presentar títulos, informes y demás. En caso que estos estén extraviados o en poder de otra persona se puede denunciar tal situación. Posterior a ello en caso de desacuerdo correspondería el inicia de la partición privada o judicial. Saludos cordiales. M&Z. Abogados.
Marcia| 29 julio, 2022
Buenas noches, mi suegro vive hace 30 años en casa de su madre ya fallecida hace 12 años » tiene 2 hermanos los cuales quieren que desaloje, el paga los impuestos que de echo están a su nombre.. mi suegro se está recuperando de cáncer y ahora vive una situación de extres x tal situación » debe desalojar la casa para que los hermanos la vendan ? O puede seguir viviendo ? Que trámite debe hacer por los años que lleva viviendo ahí? LOS HERMANOS LO HOSTIGAN, Y NO HAN ECHO SUCESIÓN » 69 años tiene mi suegro «
estudiomz| 1 agosto, 2022
Hola buen día Marcia. Deberían iniciar el proceso sucesorio y en dicho contexto negociar y acordar lo que corresponda. Saludos cordiales. Dres. Moretti – Zanini. Abogados
Andrea Mor| 28 julio, 2022
Hola buenas noches! Mi suegro falleció hace 1 año, mi marido y mi cuñada ya tienen la sucesión y comenzaron con la venta, nos enteramos que desde hace 5 meses la casa está alquilada, con contrato a través de inmobiliaria sin la autorización de mi marido, ese contrato es válido? Su firma no está y muchos menos su consentimiento ya que se hizo a «escondidas». Se puede dar de baja a ese contrato?
estudiomz| 29 julio, 2022
Hola buen día Andrea. Deberá realizar la denuncia correspondiente y manifestar su oposición en el el expediente sucesorio. Saludos cordiales. Estudio Jurídico Dres. Moretti – Zanini.
Alicia| 13 julio, 2022
Buenas noches…mi consulta es la siguiente..somos 4 hermanos y ya el juez dictó la declaratoria de herederos..y uno de mis hermanos vive ahí en la parte de atrás y hora metió a los hijos a vivir en la casa de mis padres. Mi pregunta es que podemos hacer nosotros para poder desalojarlos a todos..para dejar libre y poner a la venta y si se opone ..podríamos hacer juicio y vender en subasta pública?. La verdad desde que falleció mi padre es una lucha constante con este hermano..que ha puesto un abogado penalista para hacernos denuncias infundadas en mentiras..estamos cansados. Y lo que veo de.parte de nuestro abogado que no hace nada. Por eso es mi consulta.
Desde ya muchas gracias! Y espero una respuesta u orientación para saber como proceder.
estudiomz| 14 julio, 2022
Hola buen día Alicia. Hay diferentes herramientas jurídicas que se pueden solicitar y lograr la división, partición, liquidación de los bienes del acervo hereditario. Ahora bien si es mas complejo, dificulta, implica mas gastos y implica mayor demora cuando hay un heredero que se opone. En cuanto al caso en particular quien esta en posición inmejorable para asesorarla es el abogado que lleva el expediente y que usted contrato, nosotros para darle una opinión en concreto deberíamos estudiar el expediente. No obstante ello ante discordancia con su labor debe saber que siempre es su derecho sustituirlo por otro de su confianza. Saludos cordiales. M&Z abogados.
ANDREA| 10 julio, 2022
Buen día: mi papa falleció hace 16 años, yo y mis 6 hermanos somos hijos de du segunda conyugue, el estaba casado legalmente (tuvieron una hija) pero se había separado de hecho hacia 40 años; al año de morir mi padre mi media hermana y su madres (ya falleció hace algunos años) iniciaron la sucesión pero cuando nos enteramos nos presentamos como herederos en el año 2007/2008.
Hoy en día en la vivienda vive mi ex cuñada con sus hijos, me presento el juzgado y me dice que la causa esta paralizada, mi consulta es : La persona que esta ocupando la vivienda puede hacer el tramite de posesión cuando se les presto la vivienda porque no tenia donde vivir? Nosotros todos los herederos podemos volver a continuar la sucesión ahora que estamos todos de acuerdo en reclamar la propiedad?
Saludos cordiales
estudiomz| 13 julio, 2022
Hola buen día Andrea. Deberían concurrir junto con el patrocinio letrado de un abogado y continuar el proceso sucesorio para poder regularizar la situación registral del inmueble y con ello luego disponer del mismo según lo decidan. Saludos cordiales. M&Z abogados.
Luciana| 3 julio, 2022
Hola. Mí papá vive en la casa que era de sus padres. El tiene 58 años ellos murieron hace 40 años. Una de sus hermanas le vendió la casa hará unos 30 años. No hay boleta de compraventa. Desde ese momento se han pagado todos los impuestos. La casa le corresponde a mí papá, si ninguno de sus hermanos nunca pidió su parte?
estudiomz| 5 julio, 2022
Hola buen día Luciana. Para poder asesorarla y darle una respuesta precisa, el caso que nos menciona merece analizarse contando con todos las datos de fechas y hechos. Por ello al invito a concertar una entrevista personal. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Trinidad| 2 julio, 2022
Buenos días, mi abuelo falleció hace 4 años, son 3 hijos sus herederos.
Uno de ellos, ocupa sin consentimiento una propiedad, de las 2 que existen para dividir.
Él tiene su casa propia pero eligió ocupar esta casa de mi abuelo sin el consentimiento de sus 2 hermanas, además se queda con el dinero del alquiler de la cochera de la propiedad, no paga impuestos, y llenó la casa de basura, a tal punto que no se puede ingresar.
El dice que está enfermo y que va a utilizar ese argumento para no irse de la casa ni acceder a vender las propiedades, se niega a venderlas.
Ya está iniciada la sucesión pero no están inscriptas las propiedades a nombre de los 3 hermanos.
Está todo trabado, incluso mi tío le pegó a mi mamá cuando quiso sacarle el tema. Pero se excusó de la probation diciendo que está enfermo.
Cómo podemos avanzar? Gracias!
estudiomz| 5 julio, 2022
Hola buen día Trinidad. Seguramente sus abogados, con un conocimiento pleno del expediente que menciona esta en mejor posición de asesorarlo con certeza. En caso de discordancia con el mismo debería saber que siempre es su decisión continuar con el mismo o sustituirlo por otro de su confianza. En casos como el que menciona hay herramientas jurídicas que brindan los Códigos y legislación vigente que se podrían utilizar a fin de llegar al resultado buscado. En caso de requerir un estudio del expediente de nuestra parte puede comunicarse por alguno de los medios de contacto disponibles y concertar una entrevista. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Valeria| 30 junio, 2022
Buen día: Mi papá falleció el 31 de marzo de este año y en su casa vivía con mi hermano y su familia compuesta por su pareja y dos hijas gemelas de 15 años c/u. Somos tres hermanos y desde el primer día mi hermano no nos deja tocar las cosas porque «supuestamente» no estaba preparado y por eso teníamos que darle tiempo, pero sabemos que se quedó con dinero y algunas cosas de valor que era de mis padres (alhajas). Mi mamá falleció en el año 1988 y nunca se termino de realizar el tramite de sucesión de la casa. Como la escritura está en la casa con mi otra hermana tenemos miedo que nos haga algo turbio. Mi pregunta es: puede hacerlo sin nuestro consentimiento?. Con la excusa que vive con dos menores no podemos sacarlo de la vivienda? nos debería pagar un alquiler? a partir de cuando?. En caso de no querer pagar su parte de la sucesión porque alega que no tiene dinero, se puede iniciar igual?. Actualmente nos dijo que iba cortar momentáneamente relación con nosotras, que debemos hacer? Gracias.
estudiomz| 2 julio, 2022
Hola buen día Valeria. Tras el fallecimiento de los titulares de un inmueble, para regularizar la situación registral del mismo y en su caso otorgar a cada parte su parte proporcional y/o vender y repartir lo obtenido, Se debe iniciar el proceso sucesorio. El mismo puede ser iniciado por cualquiera de los presuntos herederos denunciando luego la existencia de los demás; o en forma conjunta por todos juntos. Quien hace uso exclusivo y excluyente de un bien perteneciente al acervo sucesorio deberá compensar a los demás herederos- Para ello debe ser intimado fehacientemente. En consecuencia conforme lo que nos comenta lo recomendable es concurrir a un abogado de su confianza y planificar e iniciar cuanto antes el proceso sucesorio. Quedamos a su disposición. Saludos cordiales. Dres. Moretti – Zanini. Abogados.
Leonel| 27 junio, 2022
Hola con mis hermanas ya hicimos la sucesión, pero ellas en el acuerdo me debian dar el dinero de la parte de la venta de una propiedad… no lo han hecho, no la han vendido pero ya pasaron 10 años… y durante ese periodo han alquilado la propiedad… sin tener yo ningún beneficio.. que se debe hacer en este caso…??
estudiomz| 28 junio, 2022
Hola buen día Leonel. Debería iniciar proceso de liquidación de los bienes integrantes del acervo sucesorio, para que en dicho marco se acuerde respecto los bienes o se liquiden (venta) los mismos y otorgue a cada parte lo que corresponda. Saludos cordiales. Dres. Moretti – Zanini. Abogados.
Camila| 25 junio, 2022
Mi tía abuela falleció, no tiene hijos, ni marido, 1 hermana viva y sobrinos. El tema es que mi papá (sobrino) fue quien estuvo siempre con ella hasta el día de su muerte, y yo vivía con ella hace un tiempo ya. Puedo seguir viviendo en su casa hasta que salga la sucesión? Cuanto puede demorar si los herederos no están de acuerdo (hay una muy mala relacion)
estudiomz| 28 junio, 2022
Hola buenas tardes Camila. Primeramente lo que corresponde es iniciar el proceso sucesorio. En lo demás luego las partes podrán acordar o no la forma de liquidar los bienes. En cuanto al uso del bien, todos presuntos herederos tienen igual derecho al uso y goce del mismo. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Alex| 24 junio, 2022
Quisiera saber en un partaje de una herencia una de las partes se instala en el bungalow de la propiedad de la difunta, y eso que antes de hacerlo tenían el compromiso de utilizar cada uno el tiempo que le corresponde, pero la última vez que una de las partes quería gozar del bien, el otro heredero cambio las serraduras y no permitió el ingreso al bungalow, con la excusa de haber hecho trabajos en la vivienda sin ningún acuerdo con el otro heredero, Mi pregunta es que debo hacer para poder profitar el tiempo qué me corresponde, sabiendo que la otra parte es una persona muy agresiva y inclusive ya me agredió físicamente con un cuchillo con la menaza de mataré, me dio una paliza que tuve que ir al hospital y me dieron 15dias de baja médica;puce denuncia en la policía, pero como no se presenta a las convocatorias de la policía y nadie le inquieta cree que todo le es permitido ;sobre todo sigue amenazando por Internet,no se lo que puedo hacer, gracias por su ayuda.
estudiomz| 28 junio, 2022
Hola buen día Alex. Si interpretamos bien lo que comenta, una de las partes, posible heredero, esta haciendo uso exclusivo y excluyente de un bien integrante del acervo hereditario. Ante ello corresponde intimar fehacientemente la oposición a dicho uso y claro esta tramitar el proceso sucesorio juntamente con el patrocinio de un abogado, para el en mismo distribuir y otorgar a cada parte lo que corresponda. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Nadia| 20 junio, 2022
Buenas tardes, mi papá falleció y era soltero, somos 5 hermanos y ya salió la declaratoria de herederos, en casa de mi papá quedaron muebles como cama heladera cocina etc etc, como hacer para reclamar eso ya que solo se dividieron entre 3 de ellos. Gracias
estudiomz| 22 junio, 2022
Hola buenas tardes Nadia. En principio le recomiendo que hable con el abogado que contrato para que lleve adelante el caso, pues será el quien esta en mejor posición para darle una respuesta precisa. Por otro lado le comento que existen herramientas jurídicas y procesales, como ser inventariar los bienes, para poder tomar a resguardo ciertos objetos y/o bienes y luego poder disponer de los mismos de manera proporcional entre todos los herederos. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Diego| 19 junio, 2022
Hola, somos dos hermanos herederos de una propiedad cuya sucesion no se inicio. Mi hermano hace uso exclusivo la casa hace 14 años y no hay ningun tipo de relacion entre nosotros hace 12 años. Puedo perder mi derecho hereditario? Puede él inscribir la propiedad a su nombre dado el tiempo transcurrido?
estudiomz| 22 junio, 2022
Hola buenas tardes Diego.
Lo aconsejable en estos casos como siempre decimos es iniciar cuanto antes el proceso sucesorio, pues si el bien inmueble esta a nombre de los causantes será la única forma de regularizar la situación y otorgar a cada heredero lo suyo.- Por otro lado el derecho hereditario no se pierde, si podría pasar que pierda el derecho sobre la propiedad, dada la posesión veinteñal de su hermano o un tercero. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Camila| 13 junio, 2022
Hola, que tal,! Quería saber si se puede reclamar la sexta parte de unos terrenos o no lo vale? Averiguamos por un abogado y dice que no lo vale porque tarda mucho el proceso y hay que pagarle a quien lleve a delante el asunto, nose si averiguar por otro lado p quedarme con eso, espero sus rptas. Gracias
estudiomz| 14 junio, 2022
Hola buen día Camila. Con lo que nos comenta mucho no podemos decirle pues sin conocer si se trata de reclamar en un proceso sucesorio, división de condominio, etc, y mas aun sin saber ubicación, demás partes involucradas, etc, entre otras cuestiones, seriamente no podríamos evaluar y aconsejar nada. Por lo que la invitamos a contactarse por alguno de nuestros medios de contacto y coordinar una entrevista presencial. Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti – Zanini.
Marcelo| 11 junio, 2022
Buen día: Mi papá falleció, el cual era dueño de una casa. Mi mamá, quedó viviendo en ella junto conmigo. Mi hermana quiere hacer la sucesión. Es preferible hacerla o esperar y hacer una sola sucesión cuando fallezca mi mamá?
estudiomz| 13 junio, 2022
Hola buen día Marcelo. Si bien en cada caso en particular es necesario analizar los hechos en detalle y con todas sus particularidades, nuestro consejo ante el fallecimiento de una persona es iniciar el proceso sucesorio lo mas pronto posible, en principio ello es lo que corresponde, a más en la práctica vemos que con el tiempo luego se puede ir complicando y/o incorporando elementos que encarecen el proceso. Saludos cordiales. Dres. Moretti – Zanini. Abogados.
Carlos| 8 junio, 2022
Buenas somos 6 hermanos mi mama fallecio en agosto del 2021 la casa que dejo queremos alquilar 4 estamos de acuerdo y 2 no que pasa en ese caso
estudiomz| 10 junio, 2022
Hola buen día Carlos.- Deberían iniciar el proceso sucesorio para regularizar situación y en dicho contexto poder acordar lo que consideren oportuno o en su defecto a pedido de parte conforme a derecho decida el juez. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Silvia| 7 junio, 2022
Buenas tardes, al fallecer mi madre en octubre de 2021, mi hermana siendo su apoderada maneja una cuenta de ahorro que tenía. Del total sólo me dio un tercio diciendo que hubo gastos los cuales fueron pagados con dinero de esa cuenta. No quiere mostrarme los comprobantes requeridos por mí. Qué puedo hacer?
estudiomz| 8 junio, 2022
Hola buen día Silvia. Debería concurrir junto con un abogado e iniciar el proceso sucesorio. Luego de ser pertinente podrá solicitar rendición de cuentas. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Mirian| 1 junio, 2022
Buenas tardes!!! Mi consulta es, mis padres fallecieron, somos 4 hermanos y yo vivo en una casa que esta a nombre de mi mamá, es una casa de barrio que fie adjudicada a ella pero siempre viví yo en la casa, ha e 24 años y siempre de palabra la casa fue mía ya que nunca llegamos a hacer los papeles a mi nombre. Mis hermanos saben que es mi casa porq yo pago las cuotas desde siempre y esa era la intención de mi madre, además ellos tienen sus viviendas. En el caso que uno de ellos me pida su parte y yo no tengo como pagar como se soluciona. Yo tengo derecho a reclamar por tantos años y por no tener otro lugar donde vivir. Gracias
estudiomz| 4 junio, 2022
Hola buenas tardes. Si la casa esta a nombre de sus padres, todo acuerdo deberá luego de iniciado el proceso sucesorio acordarlo con los demás herederos. En dicho contexto o en privado podran discutir y acordar todos los pormenores que menciona. Pero si como entendemos la casa esta registralmente inscripta a nombre de sus padres, indefectiblemente deberá iniciar el proceso sucesorio y citar a demás herederos. Saludos cordiales. M&Z abogados.
Maria| 1 junio, 2022
fallecio mi padre hace 1 año, mi madre tiene el uso excludivo del auto y 1 casa, nos prohibe la entrada y el uso del auto. y esta por alquilar 2 casas mas del acervo sin consentimiento del resto de los herederos. que se puede hacer
estudiomz| 1 junio, 2022
Hola buenas tardes María. Se debería iniciar el proceso sucesorio de su padre, para que en dicho contexto se pueda determinar los herederos y el acervo hereditario. Y en su caso poder determinar el carácter de los bienes, sean propios o gananciales. A su vez luego se podrá acordar alguna forma de dividir o adjudicar los mismos y/o de que forma administrarlos de manera que todos puedan usar y/o recibir lo que corresponda.
Saludos cordiales.
Dres. Moretti – Zanini.
Lucia| 30 mayo, 2022
Hola, quisiera hacerle una consulta, somos 3 hermanas que heredamos la casa de mi mamá que falleció, yo sigo viviendo en esa casa (me hago cargo de todas las facturas) vivo con mi marido y mi hijo de 1 año. Una de mis hermanas quiere vender la casa. Hay alguna ley que me ampare teniendo en cuenta que si vendo la casa me quedo en la calle con mi hijo menor de edad? Mi otra hermana no quiere vender, quiere que yo siga viviendo en la casa
estudiomz| 1 junio, 2022
Hola buenas tardes Lucia. Correspondería se inicie el proceso sucesorio y en el mismo se dirima respecto a como adjudicar, dividir o continuar en la especie de sociedad que se forma entre todos los herederos. Todos tienen los herederos declarados como tal tienen igualdad de derechos y a su vez derecho sobre su parte proporcional correspondiente. Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti – Zanini.
Cesar| 23 mayo, 2022
Buenas tardes. Mi consulta es la sig: mis padres fallecieron, somos 6 hermanos y aun no hicimos la sucesion. en caso de que yo muera a mi esposa le corresponde mi parte?
estudiomz| 25 mayo, 2022
Hola buen día Cesar. Para evitar complicaciones y mayores costos a futuro se recomienda iniciar proceso sucesorio al fallecimiento de una persona, en este caso corresponderia iniciar el de sus padres. No obstante ello, en el caso que plantea su cónyuge debería iniciar proceso sucesorio del cónyuge/esposo fallecido para poder luego de corresponder presentarse en el de los suegros. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Mónica| 21 mayo, 2022
Hola. Mi nombre es Mónica. Mi consulta es. Cuando mi padre se divorció de mi mamá acordaron que de la casa era 50% para cada uno, mi padre falleció hace casi 2 meses y mi madre ( la cual no hablo) tiene uso de la casa con su pareja y un hermano. Somos 3 hermanos, mi hermana y yo queremos vender la casa, pero ellos no quieren y no tenemos los medios económicos para hacer una declaratoria de herederos. Mi madre no quiere ni que pise la vereda de la casa y amenaza con denunciarme pero tengo entendido que si puedo hacer uso de la casa
estudiomz| 23 mayo, 2022
Hola buen día Monica. Si el acuerdo esta formalizado y/o homologado entonces el 50% es de su padre y al fallecimiento de este correspondería a los herederos. En consecuencia siendo así se debería iniciar proceso sucesorio de su padre y en dicho marco acordar la liquidación de los bienes. Saludos cordiales. Dres. Moretti – Zanini.
Andrea| 20 mayo, 2022
Buenas tardes ,quiero sacarme las dudas.mi padre y mí madre fallecieron y mí padre nos hizo un donativo de una vivienda cuando el vivía y ahora hay un problema que somos 4 hermanas y una de ella vive en la vivienda y,no quiere que la casa se venda ,que se puede hacer en ese caso.gracias
estudiomz| 23 mayo, 2022
Hola buen día Andrea. En caso que la propiedad este efectivamente registrada a nombre de las cuatro hermanas, se debería ver la posibilidad de iniciar proceso por división de condominio y/o partición de bienes. Saludos cordiales. Dres. Moretti – Zanini.
Rocio| 11 mayo, 2022
Buenos dias. Hace un par de meses mi mama fallecio y nos quedaron de herencia una casa, un departamento y un auto, todavia no empezamos la sucecion.
mi hermana es muy mala y se que me va a cagar en un futuro, hay alguna manera de poder donarle las casas para que en el futuro no me haga abonar los gastos de dichas propiedades? ella va a vivir en una de esas casas, gratis.
Si no se puede donar, hay manera de que ella este obligada a pagarme un alquiler?
estudiomz| 11 mayo, 2022
Hola buenas tardes Rocio. Para poder aclarar sus ideas y tomar una decisión acorde con toda la información le aconsejo concertar una cita con un profesional abogado, que en dicho marco y aclarado todos los pormenores podrá asesorarla y acompañarla en lo que se considere la mejor alternativa. Quedamos a su disposición. Saludos cordiales. Dres. Moretti – Zanini. Abogados.
Ariel| 28 abril, 2022
Hola mi papá es apoderado de una casa de mi abuelo, que pudo rescatar de una usurpación, mediante abogados, también se hizo cargo de todas las deudas municipales y de rentas y la saco de remate e Hizo remodelaciónes en la casa. Ahora las hermanas le piden la parte. Puede mi papá pedir en la división que se le reconozca todos los gastos de impuestos, honorarios y remodelaciones que solventó el solo?
estudiomz| 29 abril, 2022
Hola buenas tardes Ariel. En el proceso sucesorio de sus abuelos su papa podrá acreditar y pedir las compensaciones correspondientes por los gastos realizados en los bienes que integren el acervo. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Rodolfo| 27 abril, 2022
somos tres hermanos mi madre murió hace 5 años no hicimos la sucesión por unas sumas de acontecimientos adversos ahora dos de nosotros la queremos iniciar pero uno no quiere por que objeta como se puede realizar ya que es un terreno de 10 x 40 y una vivienda en una ubicación que no permitiría hacer una división correcta
estudiomz| 29 abril, 2022
Hola buenas tardes Rodolfo. No necesariamente se debe repartir en especie los bienes del acervo hereditario. Es decir si por diferentes razones ello no es posible lo que corresponde es que los bienes se liquiden y el producido de ello se reparta en partes proporcionales entre los herederos. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Paqui| 16 abril, 2022
Mis suegros han muerto, son 2 hermanos y mi cuñado esta tirando, rompiendo y quemando muebles, enseres que pertenecen a la vivienda heredada o a nosotros y cuando le reclamamos pasa de todo o dice que no tiene nada que hablar con nosotros. Que podemos hacer nosotros y si el puede hacer eso.
estudiomz| 18 abril, 2022
Hola buen día Paqui. Correspondería que junto con el patrocinio de un abogado se inicie el proceso sucesorio de sus suegros. Asimismo en caso de ser pertinente se podría intimar fehacientemente a quien este haciendo uso del inmueble o muebles a que se abstenga de realizar cambios o modificaciones y que cese en tal accionar. Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti – Zanini.
Ramon| 9 abril, 2022
Hola que tal mi consulta es la siguiente mi padre falleció hace 3 años y desde ese momento me ago cargo de impuestos servicio y todo lo de la casa mi madre falleció hace una semana y yo ya habia edificado arriba, ahora mis otros hermanos los cuale no viven en la casa hace muchos años quieren reclamar e imponerme condiciones sobre el inmueble tengo posibilidades de defender la propiedad
estudiomz| 11 abril, 2022
Hola buen día Ramon. Por lo que comenta la propiedad, el bien inmueble esta a nombre de sus padres. Entonces lo que corresponde es que junto con el patrocinio letrado de un abogado inicie el proceso sucesorio de sus padres para allí luego de acreditado los extremos necesarios se discuta respecto a división y posibles compensaciones respecto a los bienes que integren la masa sucesoria.
Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti – Zanini.
María Nadia| 6 abril, 2022
Hola! Mi nombre es Nadia, mi consulta es la siguiente, mi papá falleció el año pasado y mi hna y yo heredamos la casa, ella años atrás decidió construir arriba, dejándome la parte de abajo como parte de mi herencia, aun no puedo hacer uso de mi parte xq ella sigue construyendo, yo estoy pidiendo hacer uso de mi espacio, el cual al día de hoy le dijo tiempo hasta enero del 2023 , fue en acuerdo q así sería, pero hoy me dice q no llega, a todo esto ella quiere quedarse con parte del patio, garage y lavadero, y me saca la instalación de agua, osea q cuando ella se decida terminar de construir yo me quedaría con el inmueble sin agua, maltratado y sin todo lo demás que les comente, que debería hacer? Si ella construyó arriba q le corresponde?
estudiomz| 8 abril, 2022
Hola buenas tardes María. Correspondería que inicien el proceso sucesorio, para luego en dicho marco negociar y acordar lo mas conveniente para ambas y/o en caso de no llegar a un acuerdo proseguir con la medida judicial que corresponda. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Pablo| 29 marzo, 2022
Hola mi consulta es si se puede vender a un tercero ( no heredero) el porcentaje de una casa heredada.
Gracias
estudiomz| 29 marzo, 2022
Hola, buenos días Pablo. Sí, las hijuelas heredadas, como partes indivisas, pueden venderse, cederse, donarse, etc. Si la sucesión todavía no se hubiese hecho, entonces lo que podría cederse serían los derechos hereditarios sobre dicha sucesión. Saludos
alan emmanuel| 17 marzo, 2022
buenos días entiendo pero hoy tengo a las 4 una charla con las partes que datos debería pedir para facilitar el proceso de estudio del caso?
estudiomz| 19 marzo, 2022
Hola buen día Alan. Los datos seguramente están en el expediente y lo que usted pretende lo sabrá usted, entonces para poder estudiar su caso lo importante sería poder mínimamente concertar una entrevista personal en nuestras oficinas y tener acceso al citado expediente. Quedamos a su disposición. Saludos
alan emmanuel| 17 marzo, 2022
buenas noches! mi consulta es por un proceso de herencia que lleva 5 años somos 5 hermanos (uno fue reconocido recientemente) y la conyugue, en la herencia entran 4 propiedades y 3 denuncias (de empleados que trabajaban en una quinta propiedad que no entra en la herencia por estar a nombre de la hermana mayor), durante el tiempo de la sucesión se estuvo alquilando 2 propiedades, en otra 1 de los sucesores vive y la ultima la esta trabajando el copropietario de la misma (sin pasar ningún tipo de alquiler en ninguno de los casos), al mismo tiempo yo retire 10000 pesos mensuales los 2 primeros años por los que actualmente me quieren descontar 12000 dólares de mi parte (se avía dicho que era uno de los alquileres pero me lo asieron firmar como adelanto de la sucesión) mis consultas serian:
-en caso de iniciarles una causa o varias en que podrían consistir y que compensación se podría esperar?
-es posible invalidar la deuda de 12000 dólares?
-es posible acreditar las 3 denuncias solo a la parte que tiene la quinta propiedad a su nombre o hacer que dicha quinta propiedad entre dentro de la herencia?
nota: las denuncias están a nombre del fallecido por parte de 3 empleados de la quinta propiedad, el fallecido era el que trabajaba esta sin pasar ningún tipo de alquiler a quien la tenia a su nombre (no se si esto ultimo sea relevante)
espero respuesta y desde ya muchas gracias
estudiomz| 17 marzo, 2022
Hola Alan, buenos días; lamentablemente este tipo de consultas exceden lo que podemos aportar en en este foro. Una causa de cinco años requiere de una vista del expediente y un análisis minucioso de los hechos y el derecho plasmado en el expediente. Para solicitar una, por favor envianos un correo a estudiomz@moretti-zanini.com.ar. Saludos.
Federico| 14 marzo, 2022
Soy heredero de un inmueble en que otro heredero explota comercialmente y en la que trabaja a toda su familia. Ahora pretende construir arriba. Yo estoy usando una parte en el fondo.
– Puedo limitar el uso de su familia del inmueble?
– Puedo impedir que construya en el inmueble?
Urgente. Gracias
estudiomz| 14 marzo, 2022
Hola Federico, buenos días; el inmueble pertenece al acervo hereditario de una sucesión, por lo que todos los herederos forman una comunidad hereditaria sobre el mismo. Así, cualquiera que haga uso exclusivo de la propiedad deberá un alquiler a los otros coherederos, y cualquier construcción o modificación que se haga sobre el bien deberá hacerse con el consentimiento de los demás. Quedamos a disposición. Saludos.
Diego| 11 marzo, 2022
Buenos dias. Mi consulta es la siguiente:
Mis padres fallecieron hace 5 años, somos cinco hermanos del cual una padece discapacidad. Mi hermana vive en esa propiedad con mi otra hermana que la cuida (se puso un abogado para iniciar la curatela), mi otros dos hermanos tienen sus casas y yo alquilo. Decidimos no vender, pero si uno quiere ¿puede?. El problemas es que la que vive ahí, no paga rentas, ni ABL se debe fortuna dice que entre todos la paguemos ¿corresponde?, aparte tiene como diez hijos de los cuales cuatro ya tienen familias todos viviendo en la propiedad, por lo que sé no pagan un peso ¿están obligados a pagar como un alquiler? ¿Legalmente que tenemos que hacer?. El día que fallezca mi hermana enferma, la parte de ella le corresponde la que tiene la curatela?. Desde ya muchas gracias. Saludos.
estudiomz| 12 marzo, 2022
Hola buen día Diego. Correspondería que consulte a un abogado quien será el que lo guie y aconseje en el inicio y patrocinio del proceso sucesorio de sus padres. En dicho proceso se deberán plantear todas las cuestiones relativas a los bienes. Si alguno de los herederos hace uso exclusivo y excluyente del bien se puede pedir la fijación de un canon locativo. Los gastos que uno de los herederos hace en beneficio de la masa hereditaria luego puede compensar o reclamar lo que corresponde proporcionalmente. Si fallece un hermano sin ascendiente ni descendientes heredan los parientes colaterales, en este caso hermanos. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Vanesa| 4 marzo, 2022
Mi papá falleció hace 30 años y mi mamá hace 11. Nosotros éramos 4 hermanos, mi hermana falleció hace 5 años. Mis hermanos estuvieron de acuerdo de que yo me quedara viviendo acá, vivo acá desde que nací y pago todos los servicios y mantengo la casa. La escritura de la casa faltaban 3 cuotas para obtenerla y no lo aboné, es del Instituto de la Vivienda. Yo quisiera saber si me dan la escritura de la casa si realizo el trámite para cancelar lo que se debe y queda aún a nombre de mi mamá o puedo ponerla a mi nombre? No hicimos el tramite sucesorio aún. Porque mis hermanos estuvieron de acuerdo en que yo continuara viviendo aquí.
estudiomz| 7 marzo, 2022
Hola buen día Vanesa. Por lo que menciona seguramente la información se la deberían brindar en el Instituto de la Vivienda. Allí le indicarán a nombre de quien esta la deuda y quien figura como titular del bien. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Ana| 28 febrero, 2022
Buen día, mi madre tiene alzheimer y está en un hogar, para paliar los gastos necesito alquilar su depto. Mi hermana falleció y los herederos somos mis tres sobrinos (mayores de edad) y yo, Nosotros como herederos podemos alquilarle el depto, y celebrar un contrato de alquiler ya que ella está incapacitada para firmar?
Muchas gracias!
estudiomz| 2 marzo, 2022
Hola buenas tardes Ana. La sucesión se puede abrir al momento del fallecimiento de una persona, no antes. Ahora bien lo que usted menciona sería para administrar los bienes de una persona que no puede valerse por si misma o incapaz. En cuyo caso debería valerse de dicha declaración una judicial, legal o mínimamente un certificado que avale ello. Saludos cordiales.
Germán| 27 febrero, 2022
Buenos dias. Mi madre fallecio hace un año, desde ese momento mi padre y mis dos hermanas me han impedido el ingreso a la casa. La sucesión ya esta iniciada. Pueden prohibirme el ingreso? Que puedo hacer?
estudiomz| 2 marzo, 2022
Hola buen día German. Seguramente el abogado que contrato para que lo represente en el proceso sucesorio de su madre le sabrá indicar el camino a seguir. Asimismo en caso de desacuerdo con su labor siempre es su derecho poder sustituirlo por otro de su confianza. No obstante ello por lo que menciona lo que corresponde es hacer denuncia de uso exclusivo y excluyente del acervo patrimonial y continuar con la liquidación, división del condominio hereditario. Saludos cordiales. M&Z Abogados.
Mirna| 23 febrero, 2022
Hola buenas tardes..Que posibilidad existe para un hijo menor que no tiene casa ni nada a cargo .soltero..de seguir usando los bienes de nuestros padres .sin haber hecho una sucesión..?bienes como casa automóvil . etc..
estudiomz| 25 febrero, 2022
Hola buen día Mirna. No entiendo bien su pregunta. Lo que si podemos decirle es que ante un fallecimiento lo que corresponde luego es regularizar la situación de los bienes que deja el causante, y ello es en el marco de un proceso sucesorio. Por otro lado los herederos legitimarios son continuadores en la tenencia y posesión de los bienes del causante. Saludos cordiales.
Marina| 12 febrero, 2022
Hola mi mamá vive hace más de 30 años en un terreno de mi papá el cual es herencia de mi abuelo pero no está echa la susecion,yo siendo su hija puedo o tengo derecho a edificar atrás de la casa de mi mamá? No de tienen papeles de la casa
estudiomz| 14 febrero, 2022
Hola buenas tardes Marina. Correspondería se inicie el proceso sucesorio de sus abuelos y se regularice la situación. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Graciela| 31 enero, 2022
buen dia! Buen dia, mi tia fallecio hace un mes, soy quien se dedico a cuidarla y atenderla durante 10 años y ademas era su apoderada en anses a su pedido.
su intencion era dejarme en donacion el inmueble pero dada su edad y la pandemia se fue postergando. No tiene herederos forzosos , somos 12 sobrinos que oh casualidad aparecen ahora a reclamar una parte. en este momento me encuentro ocupando el inmueble el cual plastifique, pinte y pago todos los servicios e impuestos.
pregunto: como debo documentar todos estos gastos? cuento con el apoyo de 5 primos , el resto no se ha manisfestado al respecto y no tengo comunicacion con ellos.
conviene que haga cambio de domicilio y ponga los servicios a mi nombre?
Espero su opinion, gracias.
estudiomz| 3 febrero, 2022
Hola buen día Graciela. Por lo que menciona corresponde que se inicie el proceso sucesorio para que en el contexto del mismo se regularice la situación respecto al inmueble y cada cual acredite su derecho y manifieste su voluntad. Es la única forma de resolver correctamente. Saludos cordiales. Estudio Moretti – Zanini.-
JORGE| 26 enero, 2022
Hola, he leído en varios casos el comentario de que es prácticamente imposible producir el desalojo de unos de los herederos de una propiedad familiar, que esta utilizando en forma exclusiva y sin consentimiento de los otros herederos dicha propiedad. Pero en el caso que presento, el destino que le esta dando a la propiedad no es uso familiar , sino que prácticamente utiliza la casa como depósito de mercadería que vende en un local comercial que tiene, pues la misma esta llena de cajas, comedor habitación cocina . Con el agravante que tiene dicha casa en muy mal estado y restos de todo tipo de cosas rotas o en abandono alrededor de la misma. Se adueño de la casa a pesar de que ya salió la declaración de herederos(«hermanos») . ¿Ni en este caso se podría ejecutar el desalojo por orden de un juez ? Tengo fotos de los descripto.
David| 16 enero, 2022
Hola mi consulta es. Somos 5 hermano mi papá falleció cuatros de mis hermano
Los veamos mientras que mi hermana menor desmantelo la casa y se llebo la camioneta de mi padre así también cambiando la cerradura de la casa. Que se puede hacer
estudiomz| 17 enero, 2022
Hola buen día David. Por lo que menciona deberían convenir con un abogado de su confianza y con el patrocinio del mismo iniciar el proceso suserio, para que en el marco del mismo se regularice la situación y se tomen las medidas que correspondan respecto a los bienes. Quedamos a su disposición. Saludos cordiales. Dres. Moretti – Zanini.
Guillermina| 8 enero, 2022
Hola buenas tardes. Mi consulta es que somos dos herederos, mi padre dejo dos casas, hicimos la sucesión y al momento de quedarnos con una casa cada uno, el otro heredero no quiere firmar. Estuvo dos meses diciendo que iba a firmar y ahora dice que no firma ( o sea el abogado no llego a un acuerdo con el otro heredero para que cada uno se quede con una casa). En ese caso que se puede hacer? Que otra instancia hay? Supongo q algo se puede hacer? Gracias!!!
Brian| 6 enero, 2022
Hola quisiera saber. Si en una casa aun no se ha hecho la sucesión y uno de los herederos vive en ella y edifica o remodela la casa y se llegara a poner valor a la casa. como afecta el valor de la casa? El que edifico tiene mas valor del terreno por eso? ,Deben pagar los otros herederos por la construcción hecha?
estudiomz| 6 enero, 2022
Hola, buenas tardes; en la sucesión, lo que forma parte del acervo hereditario es la casa como tal, con la valuación que tuvieses. Si alguno de los herederos demostrara que solventó de forma individual los gastos y mejoras, podría tener derechos a que se reconozcan dichos valores. Saludos.
Florencia| 5 enero, 2022
Hola buen dia, mi consulta es la siguiente yo hace 15 años vivo en la casa de mis padres ( la cual le realice reformas para que quedaran 2 viviendas separadas pero no realice la division en planos ) mis padres fallecieron y ya inicie la sucesion … el inconveniente es que mi hermana me reclama un canon Locativo por el uso de la casa…
Mi consulta es la siguiente si bien es una casa porque no esta hecha la division en plano pero para el uso familiar son 2 casa con cada una su entrada independiente… y tambien las inmobiliarias la tasan como vivienda multifamiliar, Es posible defenderme ante el juicion que no estoy haciendo uso EXCLUSIVO del bien ya que ella posee uso y goce del otro bien que se encuentra vacio y del cual posee la llave… ( cada ingreso del inmueble tiene numero de puerta ) Es decir puedo demostrar que ella tiene posobilidad de usar el bien tambien ( ademas mi padre me reconocio las mejoras que le hice al inmueble y testo a mi favor ) es decir yo tengo 66.66 % del producido de los bienes de mi padre… y no uso ni el 50% del bien ( ya que mi departamento es mmucho mas chico que el departamento que esta libre en planta baja donde vivian mis padres el cual esta a disposicion de ella )
estudiomz| 6 enero, 2022
Hola buenas tardes; lamentablemente no es un consulta que podamos abarcar por este medio; pues debe evaluarse con la información obrante en el expediente sucesorio ya que hay que considerar varios conceptos como los de utilidad económica de los usos, valuaciones de las mejoras y beneficios de la división, el contenido de la voluntad testamentaria, etc; y todo en función a que en la sucesión se actualizan los estados parcelarios a fin de disponer de los mismos o acordar particiones y adjudicaciones privadas o judiciales. Saludos
Guillermo| 31 diciembre, 2021
Hola mi consulta es que somos dos herederos, mi padre dejo dos viviendas y u auto, en vida mi padre dijo que uno se quedaba con una casa. Resulta que contrató un abogado hago toda la susecion, sale todo bien sin inhibición… a mi hermana le dije que se quede con el auto y más la otra casa… resulta que ahora no quiere firmar la división de los bienes, (se quiere quedar con las dos casas más el auto)… el abogado hablo con ella pero no hay caso, le dije que eleve al juez en tal día, que decida que se hace, supuestamente me dijo que lo elevo… después de una semana me dice que no lo elevo (o sea me miente, no se porque) me enojo y el también se enoja y renuncia. En ese caso se anula todo?
estudiomz| 6 enero, 2022
Hola buenas tardes; no se anula nada de lo actuado en el expediente. El nuevo letrado que intervenga deberá estudiar todo lo que hubiese en el expediente y asesorarlo respecto a las acciones a seguir en relación a la partición y adjudicación del acervo. Saludos.
Sol| 27 diciembre, 2021
Buenas Noches mi esposo y sus dos hermanos heredaron la casa que fue de sus abuelos y posteriormente de su madre, ahora todos fallecidos, los tres viven ahí en la casa con sus respectiva familias. Uno de los hermanos hizo un muro sin consentimiento del resto y tomó mayor parte del terreno donde ya construyó, nosotros y la otra hermana heredera tenemos una división paupérrima y compartimos un portón y un patio, queremos ya no compartirlo y poder hacer uso del pasillo que quedo a la merced de mi cuñado para hacer otra salida y poder poner una medianera en el patio, ante todos estos pedidos mi cuñado respondió de manera negativa ya que no quiere compartir nada del espacio que tomó. ¿Cuáles son los pasos a seguir para poder realizar estas acciones o divisiones correctas ?
estudiomz| 29 diciembre, 2021
Hola buen día Sol.
Todo lo que comenta se debe plantear en el marco de un proceso sucesorio. Allí en base al dialogo se debería acordar lo pertinente, y/o en caso que este no sea posible se procede en la división/liquidación del condominio que forman los herederos. Saludos cordiales. Estudio M&Z.
JORGE| 20 noviembre, 2021
Relacionado con la sucesión de una vivienda familiar sita en Provincia Bs As cuya declaración de herederos (tres hermanos) ya fue emitida por el Juez, faltando trámites posteriores para su inscripción ante el juzgado, por ejemplo tema agrimensura. Cuestión que esta retrasada porque uno de los hermanos que casualmente es el que esta haciendo uso exclusivo de la propiedad sin consentimiento de los otros dos, no entrega el plano de construcción. No paga impuestos de renta y municipal. ¿Que se puede hacer para poder vender la propiedad ? Si el ocupante se opone. ¿ que hay que hacer para pagar los impuestos adeudados y que le sean reconocidos a los hermanos que lo pagan ? ¿El juez puede ordenar la venta si dos de los tres herederos damnificados quieren vender ante una situación donde no hay acuerdo?
estudiomz| 23 noviembre, 2021
Hola Jorge buenos días; primeramente debemos decir que será el colega interviniente, su abogado, quien está en mejores condiciones de asesorarlo respecto a los pasos a seguir, ya que las estrategias son variadas en función de las particularidades del caso. Puede denunciarse el uso exclusivo que se está haciendo del bien, exigir una fijación de canon locativo, solicitar la partición judicial, etc. Cada caso es particular y los tiempos que demandaría cada estrategia son diferentes. Saludos.
VICTORIA| 19 noviembre, 2021
buenas tardes, somos 4 hermanos que heredamos una casa, pero en 12 años solo dos hermanos pagamos todos los impuestos de la casa, y a hora que queremos vender podemos pedir la parte que debieron pagar los demás? y deben de pagarla antes que vendamos?
estudiomz| 20 noviembre, 2021
Hola, buenos días. Sí, podrían exigir la compensación por los gastos comunes solventados por ustedes exclusivamente, lo cual habitualmente en la práctica se deduce del precio de venta. Saludos.
Cintia| 15 noviembre, 2021
Hola qué tal?, quería comentarles el caso de mi esposo, falleció mi suegro quien dejó una casa y un vehículo, su madre y sus hermanos no quieren realizar la sucesión. mi esposo que es el hijo él sí quiere realizar la sucesión, podría él empezarla sin ellos?
Luego uno de los hermanos hace use del vehículo y no quiere compartir, se adueño totalmente junto con mi suegra (esposa del fallecido), mi esposo se las pide prestado y no se la dan, siendo que también le pertenece a él, Que se podría hacer para intimidarlos sabiendo que aún no hay declaratoria de herederos? Y obligarlos que sedan el vehículo.
Muchas gracias espero se entienda.
estudiomz| 15 noviembre, 2021
Hola Cintia, buenas tardes; efectivamente su esposo pueden iniciar la sucesión; cualquier heredero puede iniciarla con o sin el consentimiento de los demás coherederos. Pro supuesto que es necesario denunciar a los otros herederos y notificarlos para que se presenten. Una vez iniciada la sucesión, puede denunciarse el uso exclusivo que estén haciendo de los bienes, solicitar que se fije un canon locativo por el uso del inmueble y buscar acordar sobre el uso del automóvil. Si no hubiese acuerdo, se deberá solicitar la partición judicial de la herencia y la liquidación de los bienes. Quedamos a disposición. Saludos.
Eugenia| 5 noviembre, 2021
Buenas tardes, se inició la sucesión de mis abuelos y yo entraría en caracter de heredero forzoso en lugar de mi padre fallecido. Uno de los herederos vive en la propiedad, quería saber qué alternativas tengo para poder equiparar mis derechos ya que este tiene la utilización exclusiva del bien que era de mis abuelos y que además impide el acceso a los otros, he intentado ir
y la respuesta fue violenta y con ello tuve que pedir una perimetral. Entiendo que existe el valor locativo, pero considerando que este argumentaría que no tiene recursos, que alternativa tendría? gracias
estudiomz| 8 noviembre, 2021
Hola buenos días Eugenia. Primeramente debo decirle que quien esta en inmejorable posición para asesorarla al respecto es el letrado/abogado que usted contrato para llevar adelante el proceso sucesorio. Asimismo en caso de desacuerdo o disconformidad con su trabajo siempre puedo sustituirlo por otro profesional. En cuanto a lo que comenta respecto al uso exclusivo, como explicamos en el presente articulo que estamos comentando, si un heredero hace uso exclusivo y excluyente de un bien integrante del acervo hereditario, los demás herederos tienen derecho a peticionar se fije una compensación proporcional a su favor. Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti – Zanini.
Victoria| 22 octubre, 2021
Buenas noche .mi padre era titular de la escritura del terreno y falleció sin dejar testamento yo construí mi casa adelante pago mis impuestos cuide de el toda mi vida tengo 3 hijos menores .. Ahora vino mi hermana mayor se llevo toda sus cosas de la casa de el al 6 to día de haber fallecido yo ahora no la dejo ingresar mas al terreno hasta estar la sucesión ella puede venir y meterce ya q es casada y tiene varios vienes a su nombre en cambio yo lo único q tengo es mi casa q debería hacer?gracias
estudiomz| 22 octubre, 2021
Hola buen día Victoria. Para poder regularizar la situación deberían iniciar, realizar el proceso sucesorio de su padre. Siendo ambas posibles herederas legitimarias el bien integrante del acervo le corresponde a ambas en partes proporcionales. Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti – Zanini
Emiliano| 19 octubre, 2021
Buen dia la consulta es la siguiente:
Mi esposa tiene dos hermana de la cual una quiere comprarle al padre una casa que era de su abuela, pero es una compra ficticia ya que no dispone de la plata, ¿ es posible hacer esto si el consentimiento de las otras dos heredera?
Saludos
estudiomz| 19 octubre, 2021
Hola buenos días; sí es posible que lo hagan. Pero los otros herederos podrán intentar atacar esa operación intentando argumentar que se trató de una donación encubierta, y que como tal pudo haber afectado la porción legítima del resto de los herederos. Saludos.
Patricia Godoy| 18 octubre, 2021
Buenos días, mis padres tienen una unica propiedad que es su vivienda permanente. Hace casi 15 años atrás ambos permitieron que mi hermana menor construyera en gran parte del terreno. Durante la construcción estaba conviviendo con el que ahora es su esposo. Tanto mi padre de 86 y mi madre de 78 (con complicacaciones de salud motrices), son maltratados e intimidados por ambos, porque quieren mas terreno, y aducen que ellos son los dueños; no hay manera ni por abogado y escribano que mi padre ponga una perimetral, porque justamente les tiene miedo. Yo les digo tanto a mis padres, como a mi hermana, y esposo, que mientran vivan mis padres o uno de ellos, todo lo plantado en suelo es de ellos, no es de ninguno de nosotros, me refuta que ella tiene papeles, ¿que papeles? si no nada firmado por mis padres, y se lo hubirera, que sería y si es válido. Yo cuido de ellos en la salud y en lo economico. Atte.
estudiomz| 18 octubre, 2021
Hola Patricia, buenas tardes. No podemos saber qué papeles pueda tener su hermana, pero lo cierto es que la propiedad pertenece a su titular registral, en este caso, sus padres. Cualquier mejora o construcción sobre la propiedad se considera un mero incremento de su valuación, por lo que para eventualmente poder reclamar algo tendrían que tener algún contradocumento en el que se les reconozcan las erogaciones efectuadas. Saludos.
Hugo| 29 septiembre, 2021
Buenos dias, mi madre fallecio hace 5 años. La sucesion de la casa esta hecha en favor de los herederos de mi hermana (que fallecio) y mia. El tema es que estos sobrinos (todos mayores de edad) ocuparon la casa de mi madre desde hace 4 años, incluso cambiaron cerraduras, etc. Se puede obligar a la venta del inmueble o pedir un alquiler por el uso? Ya que aducen que no pueden pagar la parte de la casa que me corresponde y tampoco tienen interes en hacelo. Muchas gracias
estudiomz| 30 septiembre, 2021
Hola Hugo, buenos días; claro, en todo momento puede solicitar en la sucesión la división del acervo (eventualmente mediante venta por remate de ser necesario), y hasta tanto eso se haga, debería denunciar el uso exclusivo que sus sobrinos están haciendo del bien, y eventualmente iniciar una acción para fijar un canon locativo en su favor. Quedamos a disposición. Saludos.
Daniema| 28 septiembre, 2021
Buenas tardes, iniciamos las sucesion de la casa de mis abuelos representando a mi papa fallecido, la otra parte es mi tia( hija de mis abuelos) quien al fallecer se llevo mitad de las pertenencias de la casa dejando solo muebles viejos.
Con mi hermana iniciamos la sucesion comentandole esto a la abogada. Ahora mi tia nos reclama judicialmente como si nosotras nos hubiesemos llevado las cosas, situacion q le comentamos a nuestra abogada y cuando inicio la sucesion no hizo nada al respescto. Ahora nos quieren reclamar penalmente a nosotras. No es el colmo?. Mi tia tiene llaves de la casa pero en el escrito que manda su abogado dice que no tiene llave y que nosotras hicimos posesion de la casa lo que es una mentira
estudiomz| 29 septiembre, 2021
Hola buen día Daniela. En el caso que nos comenta seguramente su abogada, la cual contrato usted para que lleve adelante el proceso, esta en mejores condiciones de darle una respuesta legal.- Si por alguna razón usted pierde la confianza, o se siente disconforme o simplemente quiere, puede consultar otro letrado, quien para poder darle una respuesta deberá tomar contacto con el/los expedientes y luego de un estudio del estado del mismo sabrá darle una respuesta, y en cuyo caso si es su voluntad, puede sustituir a la letrada/o previamente contratada/o. Saludos cordiales. Estudio M&Z
Julieta| 20 septiembre, 2021
Hola buenas tardes, 5 hermanos 1 casa, uno de los hermanos vive en la vivienda queria saber como podemos hacer para sacarlo sin vender la casa ya que los 4 hermanos no quieren vender
estudiomz| 20 septiembre, 2021
Hola Julieta, buenas tardes. En estos casos, no es viable el desalojo contra un heredero. Las opciones que tienen los coherederos que no están usando el bien son dos: una es reclamar que se fije un canon locativo en su favor mientras el otro heredero siga utilizando la propiedad de forma exclusiva. La otra es iniciar una partición judicial de herencia, que se rige por las reglas de la división de condominio; pero tal situación lleva irremediablemente a la venta.
Por otro lado, nada impide que en el proceso sucesorio se ordene la inscripción en el Registro de la Propiedad de las partes correspondientes a nombre de cada uno de los herederos. Esperamos haberte ayudado. Saludos.
Pablo| 19 septiembre, 2021
Hola mi nombre es Pablo. Somos 8 hermanos yo siendo el menor de todos ,quedé huérfano a los 15 años y viviendo en la casa de mis padres en la parte delantera de la propiedad 40% aproximadamente, desde entonces remodele la casa y ahora tengo 40 años,mujer y 2 hijos de 11 años y otra de 8 meses.Ahora mis otros hermanos los que viven en el resto del terreno que son 3 y los otros 4 restantes iniciaron la sucesión para sacarme parte de mi casa. Que puedo hacer para no perder mi casa que tanto me costó construir.Espero su respuesta, ya que no tengo dinero para pagar una consulta a un abogado.Gracias
estudiomz| 21 septiembre, 2021
Hola buenas tardes Pablo. Por lo que comenta debería presentarse con el patrocinio de un abogado en el proceso sucesorio y allí tratar de negociar un acuerdo beneficioso para todos con sus hermanos, caso contrario podría reclamar las mejoras realizada en la propiedad integrante del acervo sucesorio. Saludos cordiales. Estudio M&Z
DANIELA| 25 agosto, 2021
Buenas tardes. MI MADRE Y MI TÍO SON HEREDEROS DE UN BIEN HEREDITARIO AL FALLECER SU MADRE, AÚN NO SE REALIZÓ SUCESIÓN Y YA HACE CUATRO AÑOS DE LA MUERTE DE MI ABUELA. MI TÍO TOMÓ POSICIONES DEL MISMO Y DE TODAS LAS PERTENENCIAS QUE SE ENCONTRABAN DENTRO, CAMBIÓ DE LLAVES SIN CONSULTAR A MI MAMÁ.
MI MAMÁ OCUPA EL TERRENO DETRÁS DE LA CASA XQ MI ABUELA EN VIDA LE CEDIÓ EN VIDA Y NOSOTROS SUS NIETOS FUIMOS LOS ÚNICOS QUE VIVIMOS TODA SU VIDA ALLÍ, PAGAMOS SUS DEUDAS DESPUÉS DE FALLECIDA Y SEGUIMOS PAGANDO HASTA LA TIERRA DE SU SEPULTURA. TENGO DOS PREGUNTAS. PUEDO COMO ÑIETA SEGUIR PAGANDO LOS IMPUESTOS DE LA CASA, YA QUE DESDE QUE MI TÍO INGRESO NO SE PAGAN, LA CASA SE ESTÁ DETERIORANDO, EN LA SEMANA TUBO INTIMACIÓN DEL MUNICIPIO XQ NI EL PASTO MANTIENE. Y LA SEGUNDA ..QUÉ DEBERÍA HACER MI MADRE ANTE ÉSTE SEÑOR QUE ESTÁ VIOLANDO SUS DERECHOS? CABE ACLARAR QUE A MI Y A MI HERMANO NOS CRIARON MIS ABUELOS CON CONSENTIMIENTO DE MIS PADRES ANTE UN JUEZ Y JAMAS MIS ABUELOS EN LOS AÑOS QUE ME CRIÉ CON ELLOS, A PESAR DE QUE MI ABUELA ERA LA DUEÑA XQ SUS HERMANOS LE SE DIERON LOS BIENES ANTE LA JUSTICIA QUE ERAN DE SUS PADRES TUVIERON UNA INTIMACIÓN POR DESCUIDAR SU HOGAR.GRACIAS
estudiomz| 25 agosto, 2021
Hola buenas tardes Daniela.- Ante la situación que nos plantea lo que vemos mas conveniente, en razón de comenzar a ordenar la situación del/los bienes, es iniciar el proceso sucesorio de los titulares de los mismos.- Ello a fin de que quienes correspondan sean envestidos en calidad de herederos y que se acredite el bien como integrante del acervo hereditario. Los demás pormenores serán discutidos en dicho proceso o en los que corresponda abrir luego.- Pero ello siempre empezando por el proceso sucesorio, pues sino podría verse involucrada en una cadena de denuncias y demandas que a mas de brindar soluciones muchas veces terminan licuando el patrimonio. Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti-Zanini.
Gabriel| 18 agosto, 2021
Buenos días, nosotros iniciamos la sucesión de mis padres, fallecieron en distintas épocas ya tenemos declaratoria en los dos sucesorios. Ahora en febrero fallecio mi hermana que vivia en la casa paterna y el hijo mayor de edad vive aún y no tiene muchas intenciones de irse. Como se continua despues de la declaratoria? hay un avaluo y partición me parece pero si no se quiere ir ? que se hace ? El obviamente tiene derecho a la parte que le correspondia a mi hermana pero no a toda la casa. Gracias !
marita| 12 agosto, 2021
Hola mi hermana vive en la casa que era de mis padres, no me paga nada, tiene ella obligacion de pagar las impuestos y reparaciones que hace años que no hace, porque encima que no me paga nada quiere cobrarme a mi para hacer las reparaciones y que yo pague parte de la deuda de arba y municipal? No es ella que esta viviendo ahi quien tiene que hacerse cargo????Gracias
estudiomz| 12 agosto, 2021
Hola, buenas tardes. Si la casa era de sus padres, entonces forma parte del acervo hereditario que debe resolverse en la sucesión correspondiente. Es decir que los derechos y obligaciones son comunes a todos los herederos, y así como los gastos son comunes, usted tendría derecho a pedir un alquiler por el uso que está haciendo su hermana o pedir la porción que le corresponde como heredera; pero todo ello debe resolverse en la sucesión correspondiente. Esperamos haber sido de ayuda. Saludos.
Silvia| 12 agosto, 2021
Buenos días , mi padre falleció y en la casa quedaron viviendo mi mamá y mi hermano de 23 años , actualmente no hay sucesión iniciada ,quise hacer uso de una parte del terreno y ambos se negaron y ahora quieren vender ilegalmente el inmueble como tengo que proceder ?? Gracias
estudiomz| 12 agosto, 2021
Hola Silvia, buenas tardes; desde ya que deberán iniciar la sucesión para poder vender la propiedad legalmente. Cualquier otra operación que pudieran hacer tu mamá y tu hermano, con algún comprador desprevenido, podría implicar una estafa ya que ellos no cuentan con titularidad para transferir el dominio. La recomendación es iniciar la sucesión, denunciar el uso exclusivo que están haciendo del bien y solicitar que se fije un alquiler en tu favor hasta tanto se resuelva el destino del bien. Quedamos a tu disposición por cualquier inquietud.
Saludos.
Javier| 9 agosto, 2021
Buenas tardes. Mi padre falleció en febrero. En su casa quedó mi madre y en un depto en el fondo mi única hermana que está terminando de cumplir una sentencia en libertad condicional por un delito.
Ademas está el lote donde edifiqué 3 casas, mi vivienda y dos más que se rentan, pero tengo la escritura por un 64% indiviso, por lo que entiendo que mi madre y ahora mi hermana y yo tenemos el 36% restante.
Mi pregunta ¿La sucesión se hace ahora o deberían faltar ambos padres?
Eventualmente cuando falte mi madre, mi hermana seguramente tomará posesión de la vivienda y no tiene nada con que responder económicamente ¿Se la puede obligar a vender?
Saludos
estudiomz| 11 agosto, 2021
Hola Javier, buenos días. No logramos comprender el planteo del caso. Indicanos por favor los bienes existentes y a nombre de quien se encuentra cada uno. De todas maneras, te adelanto que la sucesión se puede iniciar; en absoluto es necesario esperar a hacer las dos juntas. Aguardamos tus aclaraciones para poder ayudarte, saludos. Estudio M&Z.
Emanuel| 9 agosto, 2021
Buenos dias, mi consulta es la siguiente una vez iniciada la susecion entiendo que se publican edictos para que los herederos se presenten, si no se presentan que pasa con la parte que les corresponderia a ellos?
estudiomz| 9 agosto, 2021
Hola Emanuel, buenas tardes. Más allá de la publicación de edictos, es obligación de quien inicia una sucesión denunciar la existencia de otros herederos de los que tuviese conocimiento, a fin de que sean ubicados y notificados. Ello a fin de evitar futuros planteos patrimoniales sobre el acervo. Tanto después de la publicación de edictos, como de notificar a los otros herederos denunciados, se procederá a dictar la declaratoria de herederos con los herederos presentados.
Saludos.
Gabriel| 9 agosto, 2021
Buenos días, comento la situación, eramos 4 herederos, la casa paterna consta de dos plantas abajo vivía mi madre (fallecida hace 5 años) y arriba mi hermana nunca nos opusimos ni le pedimos que nos pague alquiler ni nada había un consentimiento tácito por parte de los demás hermanos para que continué viviendo, ahora en febrero pasado falleció mi hermana y el hijo cambio la cerradura de la casa por lo cual no se puede ingresar tampoco a la planta baja que es de todos. La notificación fehaciente de la oposición al uso exclusivo que menciona en otros casos, se hace en el expediente sucesorio o por carta documento?, la sucesión de mis padres ya se iniciaron en su momento y ambas tienen declaratoria de herederos. Gracias y saludos !
estudiomz| 9 agosto, 2021
Hola Gabriel, buenas tardes. La oposición al uso exclusivo, si bien puede realizarse mediante carta documento, recomendamos hacerla en el mismo expediente sucesorio. En el caso que plantea, debería resolverse el destino del bien en la sucesión (venta, alquiler, cesiones entre herederos, etc), donde eventualmente al hijo de su hermana le podrá corresponder únicamente la parte indivisa que le correspondía a ella. Mientras tanto, y siempre que ostente el uso exclusivo, podrán exigirle la fijación de un canon locativo hasta que resuelva el destino del bien; el cual, ante falta de acuerdo, podría judicializarse. Saludos.
Lucia| 6 agosto, 2021
Consulta, mi papá falleció y dejo un auto a nombre de él, somos 3 hijos. Mi hermano mayor esta haciendo uso de ese auto sin tener ni cédula azul, ni seguro, y esta haciendo infracciones a lo loco. Debo iniciar la sucesión y exigirle una indemnización por el uso que esta haciendo del auto? como se procede? Gracias
estudiomz| 9 agosto, 2021
Hola buen día Lucia. Para poder disponer, en común con el resto de los herederos, de los bienes del causante; en este caso el automóvil, deberían iniciar el proceso sucesorio. En cuanto al uso que esta haciendo del bien un heredero, deberían intimarlo fehacientemente a cesar en el uso perjudicial y exclusivo que hace del mismo. Saludos cordiales. Estudio M&Z
German| 9 julio, 2021
Buenas tardes, voy a heredar bienes y propiedades de mi abuelo paterno directamente pues mi padre ya falleció, pero no tengo relación con él ni con una de sus hijas que lo internó en un geriátrico distante pues ya no puede valerse por sí mismo. Si bien no está loco ni incapaz, tiene una memoria de 5 minutos máximo, y tengo la sospecha de que esta hija (mi tía) puede estar haciendo maniobras con su patrimonio, el cual administra, que van a perjudicarme enormemente. Puedo hacer algo ahora para no tener que empezar a preocuparme desde cero el día que mi abuelo fallezca? Ni siquiera sé todo lo que tiene, y no es mi intención traer problemas por adelantado a la familia.
estudiomz| 14 julio, 2021
Hola Germán, buenas tardes. Al no haber declaración de incapacidad ni tener designado un curador, los actos que realice su abuelo son presuntamente válidos. Por eso, a fin de evitar futuras acciones judiciales de impugnación o colación, las cuales no siempre son de sencilla resolución, lo aconsejable es tomar la mayor participación posible en la actual gestión del patrimonio, con el fin de asegurarse que no se dilapide el patrimonio ni se hagan operaciones que afecten la legitima correspondiente, y de que efectivamente se esté respetando la voluntad negocial de su abuelo. Saludos.
JORGE| 9 julio, 2021
Relacionado con la sucesión de una vivienda familiar sita en Provincia Bs As cuya declaración de herederos (tres hermanos) ya fue emitida por el Juez, faltando trámites posteriores para su inscripción ante el juzgado. ¿como se puede realizar y/o efectivizar la venta de una parte de los herederos a otro heredero? Es decir, como la propiedad no se venderá, unos de ellos quiere su parte en dinero efectivo. Gracias atte.
estudiomz| 12 julio, 2021
Hola Jorge, buenos días; pueden realizar una cesión de derechos, o la partición y adjudicación en el expediente sucesorio. De todas formas, para que se efectivicen dichas acciones hay que realizar todos los tramites pertinentes en la sucesión. Por cualquier duda, a su disposición. Saludos.
jorge| 7 julio, 2021
hola buen día, somos 3 hermanos y ya ha salido la declaratorio de herederos. pero mi hermana sique viviendo en el inmueble heredado, podemos exigirle el pago de una alquiler y si no tiene para pagar, pedirle que lo desaloje?cual es la ley y articulado que corresponde para esa acción
estudiomz| 7 julio, 2021
Hola Jorge, buenas tardes. Efectivamente, se puede perseguir judicialmente la fijación de un canon locativo en favor de los herederos que no estén haciendo uso de la propiedad. El desalojo entre heredero es prácticamente imposible que prospere; en cambio, lo que debería hacerse eventualmente es la partición judicial de los bienes (como una división de condominio). Saludos. Estudio M&Z.
luis urso| 4 julio, 2021
Buenas noche mi sra tiene 4 hermanos fallecieron los padres hace 20 años se puede hacer la sucesion sin vender la casa hai viven 2 hermanos y los sobrinos con chicos mi sra puede reclamar algo gracias sld atte luis urso
estudiomz| 5 julio, 2021
Hola buen día Luis. El proceso sucesorio lo puede iniciar su sra. o cualquiera de los cuatro hermanos. Una vez declarados herederos pueden acordar lo que consideren oportuno respecto a la proporción que a cada uno corresponda en el/los bienes integrantes del acervo hereditario. Saludos cordiales. M&Z Abogados.
Ana| 28 junio, 2021
Hola, quisiera hacer una consulta. Hice un blanqueo y soy heredero de mi papá. Con mis hermanos convenimos que mi mamá sea la administradora de todo para pagar los gastos diarios y de obra social de ella. El tema, es que no indiqué en el blanqueo que era heredero. No se hizo ningún trámite de sucesión. Me afecta?
estudiomz| 30 junio, 2021
Hola buen día Ana. Mas allá que en lo que respecta a la declaración jurada presentada en su momento, eso debería verlo en detalle con su contador, por lo que comenta aun no inicio el proceso sucesorio de su padre, por lo que respecto a esos bienes deberá declararlos y tributar lo que corresponda en el momento de liquidar o inscribir los mismos. Saludos cordiales. Estudio M&Z. Abogados.
Pablo| 11 junio, 2021
Buenas tardes.mi madre se casó con mí padrastro,los cuales eran dos hermanos.los padres en vida hicieron la división de bienes,dejando una parte a cada hijos y sus respectivas esposas en parte iguales se hizo de conformidad de todos los involucrados de manera legal..mí madre falleció hace 29años y mí padrastro se casó nuevamente y quiso vender la casa ,lo cual no pudo por no tener echa la sucesión.
La pregunta es que porcentaje me corresponde a mí como único heredero de mí madre?puedo iniciar la sucesión y reclamar un canon mientras salga la sucesión?
estudiomz| 15 junio, 2021
Hola buenas tardes Pablo. Tendríamos que abordar mas en detalle y con algunos pormenores que nos clarifiquen el panorama para poder asesorarlo en detalle. No obstante ello si el bien lo adquirieron en vida su madre y su cónyuge y el mismo fue inscrito como bien ganancial, al fallecer su mama se debe iniciar sucesión y denunciar el bien como integrante de la herencia. En su caso, al fallecer uno de los cónyuges si el bien es ganancial, por liquidación de la sociedad conyugal corresponde el 50% al cónyuge sobreviviente y el otro 50% entra en sucesión y corresponde a los herederos legitimarios de la causante. Por cualquier duda y mas detalles puede escribirnos a mzjuridico1@gmail.com o estudiomz@moretti-zanini.com.ar / Saludos cordiales Estudio Juridico Dres. Moretti -Zanini.
Natalia| 6 junio, 2021
Otra consulta pedimos informe de dominio actualizado y figura mi madre, a todos estos la sucesión lleva 7 años y la madre y mi media hermana viven ahí sin pagar nada a los demás herederos pregunta una vez inscripta la declaratoria se los puede desalojar? O si mi madre es la dueña del 50% ella puede pedir el desalojo sumando el porcentaje mio y de mi otra hermana hijas del primer matrimonio? Somos 3 hijos en total dos del primero y 1 del segundo matrimonio.
estudiomz| 7 junio, 2021
El desalojo podría evaluarse, pero no lo vemos con muchas posibilidad de prosperar, ya que la casa se transformo en sede del hogar conyugal del segundo matrimonio, y en definitiva también poseen derechos derivados de la sucesión. Por lo tanto, seria mas viable fijar un canon locativo en favor de ustedes, y buscar resolver el destino del bien (mediante un acuerdo de partes, o bien mediante partición judicial). Saludos.
Natlia| 6 junio, 2021
Hola mi padre falleció, la casa la compro estando casado con mi mama, luego se divorciaron pero no se hizo división de bienes mi padre se volvió a casar de ese matrimonio tubo una hija la cual hoy vive junto a su madre en la casa en cuestión. Mi pregunta es de quien es el 50% de la casa de mi madre? O de la actual mujer? Y si es de mi madre que porcentaje le tocaría a la mujer actual?
estudiomz| 7 junio, 2021
Hola Natalia, buenos días. La casa era ganancial de tu padre y tu madre, por lo que en primer lugar hay que resolver la liquidación de la sociedad conyugal, y eso deben hacerlo ustedes (los hijos) como herederas de su padre y acreditando el divorcio firme. Respecto al nuevo matrimonio, tu padre llevo a la nueva unión el 50% que le correspondía por la ganancialidad de la casa (aunque no se hubiese perfeccionado la liquidación de la sociedad conyugal). Pero ese 50% debe distribuirse entre los 3 hijos del primer matrimonio, la segunda cónyuge y la hija del segundo matrimonio. Cualquier duda por favor, enviarnos un correo a estudiomz@moretti-zanini.com.ar. Esperamos haberte ayudado. Saludos.
Mabel Leites| 6 junio, 2021
buenas noches, en la propiedad de mi madre fallecida hace 5 años, siendo 6 hermanos deberia corresponderme la sexta parte del mismo, dos de los hijos de uno de mis hermanos estan ocupando el 50 %de la propiedad y me impiden a mi ocupar lo que me corresponde, es posible pedir la reivindicacion de mi parte?, que se puede hacer al respecto?
estudiomz| 7 junio, 2021
Hola Mabel, buenos días. Pero la sucesión se encuentra iniciada? Tiene abogado? Porque independientemente de la situación de hecho, todo debe resolverse en el proceso sucesorio. O bien acordar algo respecto a la propiedad, o bien peticionar la partición judicial en caso de que no hubiese acuerdo. Por lo demás, si cualquiera de los herederos hace un uso exclusivo del bien, amerita que los demás le exijan (judicialmente) un canon locativo. Si su hermano se encuentra vivo, entonces sus sobrinos mayores de edad ni siquiera tienen un derecho propio para ocupar la casa, por lo que también podría evaluarse la acción de desalojo. Esperamos haberla ayudado. Saludos.
Gabriel| 1 junio, 2021
mis hermanos iniciaron la sucesion de mi padre mientras yo estaba de viaje. Cuando llego habian vendido la casa familiar. yo nunca me habia enterado que habian iniciado la sucesion.
que juicio les puedo hacer ?
gracias
estudiomz| 3 junio, 2021
Hola buen día Gabriel.
Por lo que comenta usted no se presento en la sucesión a hacer valer su derecho. Entonces primeramente debería presentarse allí, acreditar su condición de heredero para que mediante ello, se amplie declaratoria de herederos y sea incluido. Luego será cuestión de analizar como se llevo adelante el proceso para poder despejar posibles acciones contra quienes llevaron adelante los actos de liquidación del acervo hereditario.- Si necesita abordar y comentarnos en mayor detalle puede escribirnos a (estudiomz@moretti-zanini.com.ar) Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti-Zanini.
Monica| 15 mayo, 2021
Fallecido uno de los cónyuges con dos hijos del matrimonio. Que porcentaje le corresponde a la esposa y a los hijos? Todo fue adquirido dentro del matrimonio.
estudiomz| 17 mayo, 2021
Buen día Monica; dado que los bienes son gananciales del matrimonio, la esposa recibe el 50% a titulo de socia de la sociedad conyugal, y el otro 50% se divide en partes iguales entre los hijos. Saludos.
natalia| 15 mayo, 2021
yo tengo una propiedad que me vendio la mama de mi pareja lo que haria un 51% de la propiedad dado que yo no tenia donde vivir y mi pareja le pago a cada uno de sus hermanos de buena fe lo que le corresponderia por la sucesion de su padre para el tener el 100% de la vivienda, a lo cual digo de buena fe porque confio en la honestidad de sus hermanos que no iban a reclamar y por lo que no les hizo firmar comprobante solo a dos de ellos que eran los mas conflictivos.
yo me he hecho cargo de abonar todos los impuestos, mejoras y de mantener la vivienda desde el año 1968 en donde firme el boleto de compra y venta por ese porcentaje de la propiedad haciendo la subdivision por lo que me correspondia. ahora me encuentro que los hermanos de mi pareja estan reclamando esa propiedad y sinceramente no se como hacer valer mi derecho dado que tengo todo lo que me acredita como propietaria de ese inmueble por el porcentaje de la venta que me hizo la madre de el en vida .
estudiomz| 17 mayo, 2021
Hola Natalia, buenos días: estos casos, por la complejidad del tema, requieren de una entrevista personal en el estudio para analizar todos los detalles. Habría que estudiar toda la documentación con la que cuenta: el boleto de compraventa, los recibos que hubieran firmado los hermanos de su pareja, si se encuentra iniciada la sucesión de su suegra, etc. En todo caso, si el boleto es legitimo y esta confeccionado correctamente, puede hacerse valer en dicha sucesión por el porcentaje que establezca. A su disposición. Saludos.
Rafael| 11 mayo, 2021
Consulta mi hermano falleció no tiene hijos, lo hereda mi mama y la cónyuge con quien contrajo matrimonio en el año 2012.
El desde el 2010 tiene un juicio x 1 accidente laboral, como debería dividirse el mismo?
Le corresponde el 50% a mi cuñada o le corresponde a mi mama el 100% .
Gracias
estudiomz| 12 mayo, 2021
Hola, buenos días. Cada caso es particular y puede presentar características que le sean propias. Pero en términos generales, podemos decirle que dicha indemnización, al tener un hecho generador anterior al matrimonio, no tendría carácter ganancial, y al ser de carácter propio, el cónyuge recibiría la mitad, mientras que la otra mitad la recibiría la madre. En cambio, si por alguna razón dilucidada en el juicio laboral se determinara la ganancialidad de dichas sumas (por un hecho generador durante la vigencia matrimonial), entonces al cónyuge le corresponde su mitad ganancial y el 50% de la mitad restante (25%), mientras que la madre recibiría el resto (un 25%). Esperamos haberlo ayudado. Saludos.
silvia| 28 abril, 2021
buenas tardes, pregunta el reclamo del canon locativo o cuota parte (por vivir uno de mis hermanos) se puede pedir sin que se haya resuelto la indivision?
estudiomz| 29 abril, 2021
Hola buenos días Silvia.
Al fallecimiento de una persona, se considera que sus bienes se transfieren a sus herederos legitimarios si los hubiere, y estos conforman una comunidad hereditaria. Ello mas allá del estado de la sucesión, del expediente sucesorio. Entonces todos ellos, todos estos herederos tienen derecho por igual al uso y goce del bien. Ahora si como el caso que usted comenta, uno solo esta haciendo uso exclusivo, los demás tienen derecho a ser compensados en el porcentual correspondiente. Quedamos a su disposición. Saludos cordiales. Estudio Dres. Moretti – Zanini.
ROSA LIBERTAD SPAMPINATO| 7 abril, 2021
La esposa del fallecio que tiene el 50% de los bienes puedeser administradora de los bienes? Necesita el consentimiento de loshijos o no es necesario?
estudiomz| 8 abril, 2021
Hola, buenas tardes. En principio, salvo que se trate de actos urgentes y necesarios, la administración de la herencia requiere consentimiento de todos los herederos o eventualmente autorización judicial. Por supuesto que la cónyuge tiene prioridad para ser declarada administradora. Saludos!
Estudio M&Z
Mabel Maliandi| 7 abril, 2021
Buenos dias!!! Mi consulta es q somos dos herederas.Yo hice la sucesion.mi hna queda viviendo en la propiedad de mis padres!!!Yo alquilo!!!! Soy discapacitada.y lo unico q tengo es una pension no contributiva.!!!! Voy a pedir ante juez la venta d la casa.xq eya usufructa la propiedad!!! Eya hace arreglos y me los quiere cobrar.A mi no me paga ni alquiler!!! X fvor.Espero una respuesta q debo seguir haciendo!!!! Esta vendiendo los muebles d mi madre; sin consentimiento mio!!!!
estudiomz| 8 abril, 2021
Hola estimada, buenas tardes. Entiendo por lo que nos dice que la sucesión de sus padres ya se encuentra iniciada. Amén de que su abogado sabrá indicarle los pasos a seguir, podemos comentarle de forma genérica que usted puede oponerse al uso exclusivo que su hermana está haciendo de la propiedad y pedir un canon locativo por ello. Respecto a la venta de la propiedad, por supuesto que ello formará parte de la partición de la herencia, y ambas herederas deberán acordar (sino lo deberá resolver el juez en una partición judicial) el destino de la propiedad: si la casa se va vender, si la va a usar una de las herederas y la abonará un alquiler a la otra coheredera, si se va a alquilar a terceros, etc.
A su disposición, saludos! ESTUDIO M&Z.