GASTOS Y HONORARIOS EN SUCESIONES.
CAPITAL FEDERAL Y PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
PRINCIPALES DIFERENCIAS.
En Argentina, los trámites sucesorios se rigen por el Código Civil y Comercial de la Nación, pero cada jurisdicción aplica su propia organización judicial, ley arancelaria y regulación tributaria. Por eso existen diferencias importantes en los honorarios profesionales y costos judiciales entre una sucesión tramitada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) y una en la Provincia de Buenos Aires (PBA).
El objetivo de este artículo es brindar una aproximación a los principales aspectos que distinguen ambos ámbitos.
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
La competencia territorial en materia sucesoria se determina conforme al último domicilio del causante. Si el fallecido residía en la Ciudad de Buenos Aires, intervendrá la Justicia Nacional en lo Civil con asiento en CABA. Si su domicilio estaba en cualquier partido de la Provincia, la competencia corresponderá al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial respectivo. Leer más