LEY FERTILIDAD ASISTIDA: SER MADRE SOLA.

REPRODUCIÓN MEDICAMENTE ASISTIDA: Alcances de la ley.

Ser madre sola: Ley de fertilidad.

La Ley 26.862, llamada Ley de Reproducción Medicamente Asistida  establece que toda persona mayor de edad, cualquiera sea su orientación sexual o estado civil, tenga obra social, prepaga o se atienda en el sistema público de salud, puede acceder de forma gratuita e igualitaria a las técnicas y procedimientos realizados con asistencia médica para lograr el embarazo.-

Con ello estamos diciendo y esta vez aclarando, que la citada ley abarca todos los aspectos y todos los interesados en la concreción de un embarazo, esto es se trate de personas con relación de pareja estable o como en el caso que traemos a luz, de la decisión de una mujer sola, que por el motivo que sea, desea llevar adelante su anhelo de realizarse como madre mediante la concreción y gestación de un embarazo. Es decir no debería haber distinción alguna en lo que respecta al derecho y cobertura que deben brindar los agentes de salud por la condición o relación de pareja que tenga o no la paciente.

Para ello, y en lo especifico del ámbito del derecho esta paciente debe saber que una vez descontada su decisión y contando con la orden medica por la cual se le indica el tratamiento en concreto para su caso y en búsqueda del embarazo, las obras sociales y prepagas deben cubrir en un 100% y de manera integral dicho tratamiento.

⇒    Luego de ello puede suceder que se encuentren con los problemas propios y generales que suelen  alegar o obstaculizar el normal desarrollo del tratamiento y la asistencia por parte de obras sociales y prepagas. Así es que vemos con frecuencia en que las prepagas en particular suelen cubrir solo el 50% dando absurdas explicaciones del porque,  y  que las obras sociales que demoran mas allá de toda espera razonable la autorización de los tratamientos, atentando con esto contra el deseo de ser madre, lo que lleva en muchos casos a desistir o afrontar el tratamiento la paciente con sus propios recursos.

También otro obstáculo con el que se encuentran y en este caso no es exclusivo de las madres solas sino una generalidad para todos quienes intentan el embarazo mediante tratamientos de fertilización asistida de alta complejidad y  es el inventado limite de “TRES TRATAMIENTOS” de por vida que suelen alegar prepagas. Limitando con esto de manera arbitraria los alcances de la ley  pues en múltiples casos llevados a la justicia en todas las instancias se ha señalado y aclarado los alcances de la ley esto es, obras sociales y prepagas están obligadas a brindar a sus pacientes hasta TRES TRATAMIENTOS DE REPRODUCCIÓN MEDICAMENTE ASISTIDA, por año por paciente.

Entonces resumimos diciendo que ante la decisión de ser madre sola la ley de fertilidad acompaña y obliga la cobertura del tratamiento. Es decir que tratándose de intentar el proceso de ser madre soltera, madre sin pareja, y contando con orden medica las prepagas deben cubrir el tratamiento indicado de manera integral y en un 100% y si se presenta algún obstáculo como los relatados u otros en particular es importante estar informado y hacer valer el derecho y los alcances de la ley. No pagar cuando no se debe y que paguen los obligados.

Por comentarios y/o consultas en particular puede escribirnos acá o a través de nuestros diferentes canales de contacto.

Dejar una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *