AMPAROS DE SALUD.
La acción de amparo es una herramienta jurídica procesal que se caracteriza por la rapidez de su tramitación, en comparación con una demanda ordinaria o común.
Teniendo presente esto y yendo en este caso a tratar la especificidad que es el amparo de salud, debemos decir que el mismo es procedente o se da ante algún problema derivado o que involucre prestaciones que se “deberían” dar en el marco o contexto de una relación del socio del sistema de salud a través de obra social y prepaga y claro esta que involucra la salud. Entonces allí el amparo será la herramienta jurídica más idónea para solicitar lo debido. Con ello se buscara dar una solución rápida y eficaz a un problema concreto, obligando judicialmente a los prestadores de salud a cumplir con la ley.
En dicho proceder podemos enumerar algunos temas frecuentes en esta área de trabajo que son de frecuente consulta y trabajo llevando reclamos a instancia judicial, esto es:
Amparos por falta de cobertura.
Negativa de tratamientos de fertilidad.
Baja de prepaga por Jubilación.
Cobertura deficiente en Discapacidad
Tratamiento deficiente ante trastornos de conducta en niños.
Irregularidad en cobros
Irregularidades en bajas
Demoras excesivas en respuesta.
En este marco debemos decir que es importante estar informado, pues vemos que grandes empresas, como así asociaciones parecerían estar apostando al desconocimiento de muchos de la verdadera protección constitucional de la salud y mas grave aun no solo parecerían apostar a ese desconocimiento, sino que tratan de confundir, engañar a los socios haciendo creer que no corresponde lo que correspondería.-
Por ello, viendo los datos concretos, la cantidad de amparos de salud, la cantidad de consultas y causas judicializadas, sería de buen tino estar informado, y ante una posible dificultad por falta de cobertura, por demora en la prestación, por dificultad de acceso a los prestadores, o cualquiera de ella derivada en dicho contexto, indagar, cuestionar y consultar con personas idóneas en el derecho, en lo particular el derecho a la salud es importante. Frente a esto también debemos decir que en el ámbito administrativo se puede recurrir al organismo controlador del sistema, ello es la Superintendencia de servicios de salud.
En nuestro caso contamos con amplia experiencia y asesoramos a diario a socios del sistema que ven avasallados sus derechos y lo vemos cada día con mas frecuencia. También vemos con mucha frecuencia que parecería las empresas apuestan a la falta de información y/o desconocimiento del derecho del socio, por ello asesoramos y difundimos todo lo posible. El derecho es derecho si se lo conoce y hacer valer. Si no hago valer mi derecho, probablemente otro/a (empresa, asociación) se lo lleve, como podría ser en este caso en forma de beneficio económico y ello sucede en detrimento de la salud y el sistema de salud.-
Por ello ante un problema como los mencionados o en particular referente al tema tratado puede dejar su comentario aquí o contactarnos por alguno de nuestros canales de atención.–
También puede encontrar mas información en nuestro canal de youtube ingresando aquí.-
Comentario (4)
Nancy| 25 septiembre, 2023
Buenas tardes, quería consultar para realizar un amparo, en este caso por tema de fertilidad, la prepaga es Swiss. Hice 3 tratamientos de alta complejidad, pero quiero hacer otro más, pero dicen que cubren 3 de por vida. Desde ya muchas gracias. Saludos.
estudiomz| 26 septiembre, 2023
Hola Nancy, buenos días. En principio, conforme la interpretación vigente de la Corte, corresponde la cobertura integral de 3 tratamientos de alta complejidad POR AÑO (y no de por vida), con separación de tres meses entre cada uno de ellos. Saludos.
Adriana| 24 julio, 2023
Estoy teniendo problemas con la obra social Osdepym ya que mi hijo con discapacidad todavía no comenzó con las terapias correspondientes obstaculizando más la vida diaria de mi hijo de 3 años y negándole acompañante externo.Ya hice el reclamo en la superintendencia,estoy a la espera de una solución .
estudiomz| 25 julio, 2023
Hola Adriana, buenas tardes. Habiendo presentado todas las prescripciones medicas en la obra social, en caso de que no brinden de las prestaciones requeridas se pueden intimar la cobertura mediante carta documento y luego iniciar el reclamo judicial correspondiente mediante un recurso de amparo. Podes escribirnos a estudiomz@moretti-zanini.com.ar para mas información. Quedamos a disposición. Saludos.