¿CÓMO HEREDAR BIENES EN ARGENTINA? SUCESIONES.

SUCESIONES INTERNACIONALES EN ARGENTINA: UN BREVE PANORAMA.

¿Cómo heredar bienes en Argentina?

 

como recibir una herencia en argentina¿Tenés familiares en el extranjero o bienes en otro país? Las sucesiones con componentes internacionales son cada vez más comunes, a la vez que pueden ser cada vez más complejas. En Argentina, el Código Civil y Comercial establece algunas reglas claras para estos casos, mientras que otras situaciones son complicadas por su propia naturaleza. En este breve artículo vas a conocer cuándo y bajo qué condiciones corresponde la jurisdicción argentina y/o el Derecho aplicable sea el nacional.

¿QUÉ ES UNA SUCESIÓN INTERNACIONAL?

Genéricamente podemos decir que una sucesión es internacional o tiene un componente internacional cuando el fallecido (causante) tenía bienes, negocios y/o vínculos en distintos países. Esto conlleva la necesidad de determinar qué ley se debe aplicar y para qué y cuál es el juez competente para entender en cada caso. Leer más

¿COMO HEREDAN LOS PRIMOS EN ARGENTINA?

¿COMO HEREDAN LOS PRIMOS EN ARGENTINA? ANÁLISIS DE UN CASO.

En el marco del art. 2439 del C Civ Com., se rechaza el pedido de ampliación de la declaratoria de herederos, efectuados por las hijas de una prima -prefallecida- del causante.

Partes: C. A. A. s/ sucesión ab- intestato

Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mercedes

Sala/Juzgado: I

Fecha: 22-jun-2021

Cita: MJ-JU-M-133015-AR | MJJ133015 | MJJ133015

En el caso en cuestión, el causante tenía como herederos a sus primos (hijos de sus tíos), quienes fueron declarados como herederos colaterales de cuarto grado. Luego se presentaron hijos de otro primo del causante, el cual había prefallecido (es decir, había fallecido antes que el causante) y solicitaron que se amplíe la Declaratoria y se los declare también a ellos herederos, ya que heredaban (segun su parecer) representando a su padre, que tambien era primo del causante.

Pero siendo que las peticionantes son descendientes de una prima prefallecida del causante, y son parientes colaterales de aquel en quinto grado, en virtud de lo establecido por el art. 2439 del CCivCom. no resulta procedente la ampliación de la declaratoria Leer más