¿QUE COSAS ENTRAN EN LA SUCESIÓN Y CUÁLES NO?

¿QUÉ COSAS ENTRAN EN LA SUCESIÓN Y CUÁLES NO?

Que entra en la sucesion y que no

Quienes lean habitualmente nuestras publicaciones sabrán que al fallecimiento de una persona se produce la transmisión patrimonial de sus bienes, derechos y obligaciones a sus herederos llamados por ley o instituidos por testamento, y que todo eso debe individualizarse y llevarse a cabo en un proceso judicial sucesorio.

Pero en este artículo traemos al foro esta cuestión referida en el título sobre qué cosas entran en la sucesión y cuáles no, ya que como veremos, herencia y patrimonio del causante no son necesariamente sinónimos, jurídicamente hablando. Veremos pues, que si bien el principio general en la materia es que los derechos y acciones cuya titularidad correspondía al causante se transmiten a los herederos de manera indivisa, existen derechos y obligaciones esparcidos a lo largo del Código Civil y Comercial, que no forman parte de la herencia, ya sea porque se extinguen con la muerte del titular y no se transmiten a sus herederos, o bien porque nacen como consecuencia del fallecimiento del causante pero directamente en cabeza de sus herederos.

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IMPUESTO A LA HERENCIA.

¿QUE ES EL IMPUESTO A LA HERENCIA EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES?

¿Qué es y cuánto se paga por este impuesto?

sucesiones

Impuesto a la herencia sucesiones

 ALGUNAS ACLARACIONES PREVIAS IMPORTANTES.

Primeramente debemos aclarar que en rigor de verdad no es correcto llamarlo impuesto a la herencia, ya que dicha denominación indicaría que el tributo es exclusivo de las sucesiones, lo cual como veremos no es así. En efecto, hablamos técnicamente del Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes (ITGB), y como su nombre lo indica, es más abarcativo que un mero impuesto sobre la herencia. Por lo demás, este articulo, más allá de las aclaraciones previas de los párrafos siguientes, tiene por objeto enfocarse en el ITG en transmisiones mortis causae (sucesiones por causa de muerte) Leer más

CONSTRUCCIONES HECHAS POR LOS HEREDEROS

¿QUÉ PASA CON LAS CONSTRUCCIONES HECHAS POR LOS HEREDEROS EN LOS TERRENOS DE LA HERENCIA?

Sucesiones. abogados. firma, propiedadesLas construcciones hechas por los herederos suele ser un problema muchas veces planteado en materia sucesoria. Seguimos abordando cuestiones que recurrentemente se plantean en la práctica cotidiana.

Como refiere el título del artículo, hablamos de la situación en la que alguno de los herederos hubiese construido sobre un terreno que a posteriori resultará ser un terreno perteneciente al acervo hereditario de una sucesión. Concretamente y para que se entienda, hablamos por ejemplo del caso de que un hijo construya su propia casa en la parte posterior del terreno de sus padres, o construya en la parte superior de la casa.

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