¿QUIEN HEREDA SI NO HAY HIJOS?

¿QUIEN HEREDA SI NO HAY HIJOS?

Quien hereda si no hay hijos.Hoy vamos a responder, como es nuestra costumbre de forma sencilla y en un leguaje claro, esta habitual inquietud de muchas personas: ¿Quién hereda si no hay hijos? Por supuesto, el artículo no tiene la pretensión de abarcar todas las variantes posibles, pues en Derecho la casuística es casi infinita, pero esperamos que pueda servir de orientación a quienes necesitan tener una noción bastante completa del tema.

Cuando una persona fallece sin descendencia la ley convoca a su sucesión a otros familiares según el escenario que se plantee. No está de más aclarar que ese llamamiento, en el caso del cónyuge también ocurre cuando existen hijos; en todos los demás casos, el llamamiento  hereditario es subsidiario según los criterios que explayaremos en el presente trabajo. Leer más

CONSTRUCCIONES HECHAS POR LOS HEREDEROS

¿QUÉ PASA CON LAS CONSTRUCCIONES HECHAS POR LOS HEREDEROS EN LOS TERRENOS DE LA HERENCIA?

Sucesiones. abogados. firma, propiedadesLas construcciones hechas por los herederos suele ser un problema muchas veces planteado en materia sucesoria. Seguimos abordando cuestiones que recurrentemente se plantean en la práctica cotidiana.

Como refiere el título del artículo, hablamos de la situación en la que alguno de los herederos hubiese construido sobre un terreno que a posteriori resultará ser un terreno perteneciente al acervo hereditario de una sucesión. Concretamente y para que se entienda, hablamos por ejemplo del caso de que un hijo construya su propia casa en la parte posterior del terreno de sus padres, o construya en la parte superior de la casa.

Leer más

¿CÓMO HEREDAN LOS COLATERALES EN ARGENTINA?

¿CÓMO HEREDAN LOS HERMANOS, LOS TÍOS, LOS SOBRINOS, LOS PRIMOS EN ARGENTINA?

Siguiendo con la temática que venimos abordando en artículos anteriores, en esta ocasión vamos a hacer algunas consideraciones referidas a cómo heredan los hermanos, los tíos, los sobrinos, los primos de un causante en nuestro país; hablaremos en definitiva de la sucesión de los “colaterales”.

sucesiones derecho sucesorio colaterales

Antes que nada, debemos tener en cuenta que la sucesión de colaterales se dará siempre y cuando el causante no tuviese parientes consanguíneos en línea recta, esto es descendientes o ascendientes, en cualquiera de sus grados.

Dejaremos para otro artículo, los derechos del cónyuge del causante; cómo hereda, con qué otros herederos concurre, si tiene derecho de representación o no y de qué manera, cómo hereda los bienes propios del causante y qué ocurre con los gananciales, etc. Es un instituto que amerita un tratamiento particular, por eso como decimos, será motivo de otro artículo. Leer más

HEREDEROS QUE NO SE PRESENTAN EN LA SUCESION.

EL HEREDERO APARENTE Y LA PETICION DE HERENCIA: ¿Qué pasa si un heredero no se presenta en la sucesión?

“Iniciamos la sucesión de nuestros padres, somos  tres hermanos pero uno de ellos no se presento ni quiere saber nada con hacer la sucesión, y dice que no va a firmar nada…”

INTRODUCCION.

Este planteo es bastante recurrente en la práctica profesional.  Para abordar la cuestión y conocer las estrategias a seguir y las consecuencias de las mismas, ya sean para el heredero que no se presenta, como para el heredero que si se presentó, debemos entender bien la figura del “heredero aparente” y la acción de petición de herencia que plantea el ordenamiento legal, ya que son las dos caras de una misma moneda.

Que pasa con los herederos que no se presentan en la sucesionAsimismo, deberemos tener en consideración un factor temporal que será de primordial importancia, pues dada la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial, el marco normativo aplicable será diferente para las sucesiones acaecidas antes o después del 1 de agosto de 2015, tal como veremos.

Primeramente debemos dejar en claro que la calidad de heredero se tiene de pleno derecho por la vocación hereditaria que se tenga respecto al causante desde su fallecimiento; siendo la declaratoria un estatus jurídico que no otorga “calidad” (no causa estado) sino que simplemente declara judicialmente algo que ya se poseía (de ahí su nombre <declaratoria>). Por supuesto que tiene Leer más

¿CUÁNTO ME CORRESPONDE EN LA SUCESIÓN?

          ¿CUÁNTO ME CORRESPONDE EN LA SUCESIÓN?

  Para responder a la inquietud planteada, esto es cuanto me corresponde en la sucesión, en un proceso sucesorio del que debería ser parte, primeramente debemos despejar algunos conceptos íntimamente vinculados con la respuesta, esto es saber que entendemos o a que nos referimos cuando hablamos de herederos forzosos y que es la porción legitima.

 Heredero FORZOSO: Se llama herederos forzosos a aquellos herederos   llamados a la sucesión y a los cuales no se puede privar de la misma en razón de la ley. Son herederos forzosos  los hijos, los padres y el cónyuge. Leer más

¿QUE PASA CUANDO UN HEREDERO NO SE PRESENTA EN LA SUCESIÓN?

¿QUE PASA CUANDO UN HEREDERO NO SE PRESENTA EN LA SUCESIÓN?

Critica a la normativa actual.

¿Que pasa cuando un heredero no se presenta en la sucesión? En este articulo vamos a hacer un abordaje a esta temática que plantea serios interrogantes a nuestro sistema jurídico, en tanto y en cuanto entendemos, debido a nuestros años de experiencia tribunalicia, que presenta graves inconsistencias que en la práctica causan problemas insoslayables no ya a nuestra labor profesional, sino mas bien a la vida de los clientes que acuden a la Justicia en busca de una solución efectiva.

La situación que traemos a análisis, como dijimos, es la de aquel heredero que no se presenta en el proceso sucesorio: ¿Que pasa cuando un heredero no se presenta en la sucesión?

Antes que nada, deberemos hacer algunas precisiones y encuadrar algunas definiciones para que podamos entender luego los problemas que se plantean y su intrincada resolución. Para eso, vamos a aclarar primeramente desde cuando se es “heredero” en nuestro sistema y también que es y que alcances tiene la declaratoria de herederos.

ARTICULO 2277.- Apertura de la sucesión. La muerte real o presunta de una persona causa la apertura de su sucesión y la transmisión de su herencia a las personas llamadas a sucederle por el testamento o por la ley. Leer más